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CAinfo alerta ante impacto negativo de la limitación del derecho de reunión

CAinfo alerta ante impacto negativo de la limitación del derecho de reunión

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresa su preocupación por el alcance del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo para reglamentar el artículo 38 de la Constitución, que será considerado por el Poder Legislativo hoy viernes 18 de manera urgente.

El artículo 38 de la Constitución garantiza el derecho de reunión pacífica y sin armas. “El ejercicio de este derecho no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República sino en virtud de una ley, y solamente en cuanto se oponga a la salud, la seguridad y el orden públicos”, dice el texto.

Con el argumento de combatir el aumento de casos de Covid-19 en nuestro país, el Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley para reglamentar dicho artículo, estableciendo que: se suspenden “las aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario por el plazo de sesenta días desde la publicación de la presente Ley, entendiéndose como tales, la concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público en las que no se respeten las medidas de distanciamiento social sanitario, ni se utilicen los elementos de protección personal adecuados, tales como tapabocas, mascarillas y protectores faciales, etc. según el caso, destinados a reducir la propagación de enfermedades contagiosas”.

En el artículo segundo, se faculta al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios competentes y a los Gobiernos Departamentales, “a disponer el cese de aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario y de las reuniones que se realicen en contravención de las medidas sanitarias y protocolos dispuestos por la autoridad competente”.

Teniendo en cuenta la propia Constitución y los acuerdos internacionales suscritos por el país, cualquier reglamentación de un derecho tan importante como el de reunión, debe realizarse a la luz de tres preceptos básicos: legalidad, interés imperioso y necesidad/proporcionalidad.

En este sentido, la norma propuesta tiene una redacción ambigua y abierta, sin establecer con claridad algunas definiciones para su aplicación, y se busca su aprobación mediante un mecanismo de urgencia que impide un debate público donde puedan aportar su punto de vista todos los partidos políticos, la academia, la sociedad civil y la ciudadanía. 

Si bien la protección de la salud es un interés legítimo del Estado, debe existir una fundamentación adecuada al momento de limitar un derecho individual consagrado en la Constitución como el de reunión.

En este sentido, cabe recordar que el Grupo Asesor Científico Honorario (GACH) no identificó hasta el momento ninguna concentración en espacios públicos como foco concreto de contagio, sino las actividades en ámbitos cerrados donde se comparten espacios por períodos prolongados sin el uso de barbijos o higiene adecuada.

De hecho, en la exposición de motivos del proyecto no se menciona a ninguna aglomeración como el origen de un número significativo de casos, sino que se citan como justificativo los “nuevos brotes intrafamiliares constatados, así como aquellos surgidos en instituciones”.

El proyecto presentado por el gobierno nacional adolece de una serie de problemas que pueden afectar en los próximos meses el derecho de reunión, y por añadidura otros tan importantes como el de libertad de expresión, el de participación y el de protesta.

Resulta riesgoso el hecho de que en el texto propuesto no haya una definición clara sobre qué se considera una aglomeración que implica un riesgo sanitario. En un tema tan delicado como este, el texto de la ley debería ser mucho más preciso para no dejar librada la interpretación a quienes tengan que aplicar la norma en cada situación concreta, como por ejemplo algunos ministerios y gobiernos departamentales, o incluso los agentes de seguridad.

Además, es fundamental que se tenga en cuenta que la disolución de reuniones no podrá derivar en la detención de personas, salvo infraganti delito, o que exista semiplena prueba, con orden por escrito de un juez competente.

La aplicación de estas medidas puede ocasionar la criminalización del ejercicio de un derecho constitucional básico, limitando su vigencia de manera general, por un plazo limitado pero prorrogable a criterio del Poder Ejecutivo.

 Asimismo, no queda clara la aplicación del principio de proporcionalidad que debería existir entre la limitación del derecho de reunión y el objetivo invocado de proteger la salud pública.

Pandemia y Derechos Humanos

En su informe de abril de 2020 sobre “Pandemia y Derechos Humanos[1]”, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recordó a los estados miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA) que las medidas para contener los contagios de Covid-19 “deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos”.

Según la CIDH, los estados están obligados a “Asegurar que toda restricción o limitación que se imponga a los derechos humanos con la finalidad de protección de la salud en el marco de la pandemia COVID-19 cumpla con los requisitos establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos. En particular, dichas restricciones deben cumplir con el principio de legalidad, ser necesarias en una sociedad democrática y, por ende, resultar estrictamente proporcionales para atender la finalidad legítima de proteger la salud”.

El organismo también plantea que en caso de restringir el ejercicio de algunos de los derechos humanos, los estados deben “Asegurar la existencia de medios idóneos para el control de las disposiciones que se dicten en una situación de emergencia. Las autoridades deben evaluar permanentemente la necesidad de mantener la vigencia de cada una de las medidas temporales de suspensión o restricción adoptadas”.

Ante esta situación, y a la luz de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado uruguayo, CAinfo exhorta al Poder Legislativo a realizar los esfuerzos necesarios para mejorar la redacción del proyecto enviado por el gobierno a fin de que cumpla con los mencionados criterios de legalidad, razonabilidad y necesidad/proporcionalidad, y de esta manera evitar las consecuencias negativas que puede acarrear la limitación de un derecho humano consagrado por la Constitución de la República.

Montevideo, 18 de diciembre de 2020


[1] Informe “Pandemia y Derechos Humanos” de la CIDH. 10 de abril de 2020. Disponible en: http://oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf

CAinfo reclama que se retome la discusión del proyecto de ley sobre publicidad oficial

CAinfo reclama que se retome la discusión del proyecto de ley sobre publicidad oficial

La Cámara de Senadores se apresta a aprobar un artículo del proyecto de presupuesto nacional en el que se establece que el 20% de la publicidad oficial de alcance nacional deberá destinarse a medios de comunicación del interior del país.

Desde hace muchos años, el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) viene reclamando que los medios del interior del país sean contemplados en mayor grado al momento de otorgar publicidad oficial. 

Sin embargo, CAinfo entiende que el artículo impulsado en el Senado no contempla aspectos básicos sobre cómo se debe proceder en el otorgamiento de la publicidad oficial.

CAinfo propuso a comienzos de la legislatura pasada un proyecto de ley sobre el tema que fue ingresado a la Cámara de Diputados por representantes de varios partidos. La iniciativa fue aprobada en la Cámara de Representantes en julio de 2018 casi por unanimidad. Sin embargo, en el Senado no hubo acuerdo y el proyecto quedó por el camino. 

La iniciativa establecía mecanismos claros y transparentes para la Publicidad Oficial, hasta ahora asignada discrecionalmente. 

El proyecto indicaba que la publicidad oficial no podrá utilizar mensajes discriminatorios, ni ser un subsidio indirecto a los medios de comunicación, ni utilizarse para fines propagandísticos de los partidos políticos. Respecto a este último punto, se indicaba que no se podía realizar publicidad oficial durante el período electoral.

El principio general para la contratación de la publicidad oficial debería ser la licitación pública. La asignación debería realizarse bajo resolución fundada del jerarca del organismo.

Además, se establecieron mecanismos de transparencia activa tanto para los organismos públicos como para los medios que reciban publicidad oficial, quienes deberán rendir cuentas en sus sitios web.

El proyecto preveía la reserva de un 30% del monto de la publicidad oficial para los medios del interior. Este punto busca superar una inequidad histórica que se da entre los medios del interior y Montevideo. Según datos manejados por los diputados, actualmente los medios del interior reciben solamente un 5% de la pauta oficial.

Dado que el tema vuelve a estar en la discusión parlamentaria, CAinfo vuelve a reclamar que los partidos analicen nuevamente el proyecto aprobado en Diputados y se dé una discusión de fondo sobre el tema. 

Descargar proyecto aprobado por Diputados.

Voces del Sur presenta Informe Sombra 2019 que detalla las agresiones a la prensa en la región

Voces del Sur presenta Informe Sombra 2019 que detalla las agresiones a la prensa en la región

La red Voces del Sur (VDS) presentó este 9 de septiembre el INFORME SOMBRA 2019 que recopila las alertas relacionadas con violaciones a la libertad de expresión, libertad de prensa y acceso a la información ocurridas en 10 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú, Uruguay y Venezuela.

Por segundo año, el reporte documenta y analiza de manera independiente la situación del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16.10.1 para garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales  así como el número de casos verificados de asesinatos, secuestros, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y torturas a periodistas, trabajadores de medios comunicación, sindicalistas y defensores de Derechos Humanos. La evaluación está basada en información identificada como alertas que son recolectadas, registradas y reportadas por la red VDS utilizando un grupo de 12 indicadores regionales.

El INFORME SOMBRA señala que el periodismo latinoamericano se encuentra en una encrucijada en 2019. Las amenazas contra la libertad de expresión, de prensa y el acceso a la información aumentaron debido a un contexto restrictivo creciente. Las investigaciones periodísticas revelaron corrupción, tráfico de influencias, de drogas y lavado de dinero, frecuentemente en complicidad con actores del Estado. 

Además, las élites tradicionales han reaccionado a la defensiva al enfrentar un periodismo crítico que mantiene al poder responsable de sus acciones, incluyendo figuras a lo largo de todo el espectro político. Esto ha cultivado un ambiente hostil y tenso para el periodismo, poniendo en riesgo a la libertad de expresión, la libertad de prensa y el acceso a la información.

Los resultados regionales del INFORME SOMBRA reflejan que entre enero y diciembre del 2019 se reportaron 2.521 alertas en 10 países siendo el uso abusivo del poder estatal el indicador con más peso. En 2018 se reportaron 734 alertas de los mismos 8 países lo que refleja un incremento de 243% en las alertas reportadas. En este conteo general se excluye Brasil, ya que en 2018 no se incluyó el monitoreo en ese país.

En Honduras, Venezuela y Nicaragua el abuso sistemático de las instituciones públicas impone un estado (no) oficial de censura, incluyendo el encarcelamiento de periodistas, la creación de leyes para limitar la libertad de expresión y restricciones para acceder a recursos clave. En Bolivia, Ecuador y Guatemala la inestabilidad social y política resultante de las protestas masivas donde los Derechos Humanos básicos —incluyendo la seguridad y protección a periodistas y el acceso a información pública— fueron vulnerados.

En Brasil y Argentina la violencia contra periodistas y medios de comunicación no se ha materializado en ataques sistemáticos, pero se manifiesta en una violencia discursiva, acoso, intimidación y amenazas, las cuales también imponen miedo y autocensura. En Perú y Uruguay, a pesar de tener los niveles más bajos de violencia, los retos para acceder a la información persisten a través de ataques y agresiones aislados y procesos judiciales ocasionales por calumnias y difamación

Entre las recomendaciones el Informe destaca que la protección de la libertad de expresión, prensa y acceso a la información requiere de un trabajo multinivel pues la impunidad es uno de los mayores obstáculos. Estados y gobiernos deben implementar medidas específicamente diseñadas para garantizar la seguridad del periodista, quien necesita trabajar en un ambiente libre de violencia e intimidación.

En esta dirección se puede acceder al documento completo: http://www.vocesdelsurunidas.org/wp-content/uploads/2020/09/INFORME-SOMBRA-FINAL.pdf

Voces del Sur (VDS) es un proyecto integrado por 10 Organizaciones de la sociedad civil: Asociación Brasilera de Periodismo Investigativo (ABRAJI, Brasil), Asociación Nacional de Prensa (ANP, Bolivia), Centro de Archivos e Información Pública (CAINFO, Uruguay), Comité por la Libre Expresión (C-LIBRE, Honduras), Instituto Centroamericano de Estudios para la Democracia Social (DEMOS, Guatemala); Foro de Periodismo Argentino (FOPEA, Argentina), Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (FUNDAMEDIOS, Ecuador); Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH, Nicaragua); Instituto Prensa y Sociedad (IPYS, Perú), Instituto Prensa y Sociedad (IPYS, Venezuela). Este 2020 se sumaron ARTICLE (México) y el Instituto Cubano de Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP).

Cainfo repudia amenaza de muerte a Gabriel Pereyra y acoso en línea a Iliana da Silva

Cainfo repudia amenaza de muerte a Gabriel Pereyra y acoso en línea a Iliana da Silva

En el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo) recibimos con preocupación la noticia de que el periodista Gabriel Pereyra (VTV, radio Sarandí y semanario Búsqueda), fue amenazado de muerte.

Desde Cainfo expresamos nuestra solidaridad al periodista por la situación que atraviesa y manifestamos nuestra condena a este tipo de hechos que afectan no solo al periodista sino a toda la sociedad porque es una afrenta al derecho a la comunicación, libre expresión e información.

Exhortamos a las autoridades a realizar los máximos esfuerzos para aclarar la amenaza denunciada, establecer de inmediato quiénes son los responsables y, mientras tanto, dar las garantías necesarias para preservar la integridad física de Pereyra. 

Asimismo repudiamos el acoso en línea sufrido en las últimas horas por la periodista de Canal 12 Iliana da Silva, luego de haber sido objeto de una agresión durante una cobertura realizada el día martes en las inmediaciones del Palacio Legislativo. 

A través de la red social Twitter, Da Silva ha recibido insultos, amenazas y acusaciones por realizar su trabajo (incluyendo pedidos para que sea despedida), en una serie de ataques con un claro componente de violencia de género. 

Además de afectar personal y profesionalmente a los periodistas, este tipo de amenazas buscan amedrentar el trabajo de los medios, acallar las voces críticas, reducir la información de calidad disponible para la opinión pública e imponer una mordaza a las posibles denuncias que la población quiera realizar.

Como señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el “asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada». 

En CAinfo realizamos desde el año 2014 un monitoreo de amenazas a la libertad de expresión, que ya lleva registrados más de 150 episodios que afectan al colectivo de periodistas y trabajadores de medios de comunicación. En estos años de trabajo hemos reiterado la necesidad de aprobar un protocolo de seguridad para periodistas, en el entendido de que es imprescindible contar con mecanismos consensuados que garanticen la integridad de las personas víctimas de estas amenazas. 

El episodio que vive el periodista Gabriel Pereyra, así como el acoso en línea que está sufriendo la periodista Iliana da Silva, dejan en claro una vez más que es imprescindible acordar mecanismos que permitan dar mayor seguridad a quienes ejercen el periodismo, en tiempos de violencia y amedrentamiento en toda América Latina.