CAinfo manifiesta preocupación por el robo ocurrido en el domicilio de su presidente

CAinfo manifiesta preocupación por el robo ocurrido en el domicilio de su presidente

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresa su preocupación por el robo ocurrido el pasado domingo 11 de julio en el domicilio de su presidente, Fabian Werner, y el de su compañera, María Natalia Rodríguez, a quienes le fue sustraída una mochila con equipamiento informático (dos computadoras y un disco externo) y tarjetas de crédito y débito.

CAinfo manifiesta su inquietud ante el hecho y pide a las autoridades una pronta investigación a fin de esclarecer la situación, ubicar a los responsables y recuperar el equipamiento robado, que contenía información relevante para la labor de ambos periodistas y para nuestra organización. 

Es fundamental aclarar si se trató de un hecho delictivo al azar o si fue algo premeditado y dirigido contra ambas personas como consecuencia del trabajo que realizan como periodistas y miembros de una organización de la sociedad civil. 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reiterado en numerosos pronunciamientos la obligación de los Estados de investigar de manera diligente los hechos que puedan implicar una amenaza al ejercicio de la labor de periodistas y defensores y defensoras de derechos humanos, así como adoptar un marco institucional adecuado que asigne la responsabilidad de investigar y juzgar dichos delitos a las autoridades que estén en mejores condiciones para resolverlos. 

La Justicia convocó a audiencia por silencio de Presidencia ante pedido de acceso a la información pública

La Justicia convocó a audiencia por silencio de Presidencia ante pedido de acceso a la información pública

Este viernes 21 de mayo a las 15.15 horas se llevará a cabo una audiencia convocada por un Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo por una acción de acceso a la información pública promovida por un periodista del semanario Brecha, con el asesoramiento del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo). 

Según el artículo 22 de la Ley N°18.381, “Toda persona tendrá derecho a entablar una acción judicial efectiva que garantice el pleno acceso a las informaciones de su interés”. El artículo 23 establece que “La acción de acceso a la información procede contra todo sujeto obligado por la presente ley, cuando éste se negare a expedir la información solicitada o no se expidiese en los plazos fijados en la presente ley”.

El pedido de acceso fue formulado el día 24 de marzo a fin de conocer la información vinculada a los contratos para la adquisición y distribución de las vacunas contra el Covid-19 firmados por el Estado uruguayo con los laboratorios Pfizer/Biotech, Sinovac (tanto el primer contrato como el segundo anunciado en el mes de marzo 2021) y Gavi-Alliance para adquisición de vacunas mediante el sistema Covax

El plazo de 20 días hábiles establecido legalmente transcurrió sin que mediara ninguna comunicación de parte de la Presidencia de la República, configurándose de este modo lo que se conoce como “silencio positivo”. 

El artículo 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública establece que “El organismo requerido sólo podrá negar la expedición de la información solicitada mediante resolución motivada del jerarca del organismo que señale su carácter reservado o confidencial, indicando las disposiciones legales en que se funde. Vencido el plazo de veinte días hábiles desde la presentación de la solicitud, si no ha mediado prórroga o vencida la misma sin que exista resolución expresa notificada al interesado, éste podrá acceder a la información respectiva, considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario a proveérsela, de conformidad con las previsiones de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, y del artículo 31 de la presente ley”.

Asimismo, la acción presentada sostiene que si bien el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros resolvió clasificar como confidencial toda la documentación vinculada a las negociaciones mantenidas y los contratos celebrados por el Estado uruguayo para la adquisición de vacunas contra el virus SARS-CoV-2, así como sus anexos, ampliaciones y enmiendas, sin embargo dicha resolución “incumple con lo dispuesto en el artículo 30 del decreto 232/010 del 02 de agosto de 2010”.

Dicha norma establece que “Cuando los particulares entreguen a los sujetos obligados información confidencial, deberán señalar los documentos o secciones en los que se contenga tal información. También deberán presentar un “resumen no confidencial” breve y conciso. En caso que la naturaleza de la información impida elaborarlo, se explicitará tal imposibilidad ante la autoridad competente”.

La demanda plantea que “no surge de la resolución de Presidencia que se haya cumplido cabalmente con el requisito de señalar qué documentos o secciones son las que contienen dicha información. Tampoco surge que se haya cumplido con el requisito del resumen no confidencial que solicita el decreto, ni se explicitan las razones que impidieron elaborarlo”. 

CAinfo planteó en su último informe de monitoreo de amenazas a la libertad de expresión que en el último año se registró un aumento significativo de casos de restricción al acceso a la información pública, destacando los casos vinculados a requerimientos periodísticos sobre la política estatal para combatir la pandemia de Covid-19. 

En este contexto, junto a 16 organizaciones de la sociedad civil CAinfo emitió una Declaración por la transparencia en el manejo de la información sobre la pandemia en la que se plantea la preocupación por las “las dificultades persistentes para acceder a información de calidad a más de un año del inicio de la pandemia de Covid-19 en el país y exhortan a las autoridades nacionales y departamentales a dar cumplimiento a la legislación nacional y los compromisos internacionales asumidos por el país en materia de Acceso a la Información Pública”. 

Declaración por la transparencia en el manejo de la información sobre la pandemia

Declaración por la transparencia en el manejo de la información sobre la pandemia

Un grupo de 17 organizaciones de la sociedad civil suscribieron una declaración por la transparencia en el manejo de la información sobre la pandemia, en el marco del Día Internacional de la Libertad de Prensa.

«Las organizaciones firmantes de esta declaración expresan su preocupación por las dificultades persistentes para acceder a información de calidad a más de un año del inicio de la pandemia de Covid-19 en el país y exhortan a las autoridades nacionales y departamentales a dar cumplimiento a la legislación nacional y los compromisos internacionales asumidos por el país en materia de Acceso a la Información Pública», señala el pronunciamiento.

El siguiente es el texto completo:

El acceso a la información pública es un derecho fundamental que garantiza la transparencia del Estado y proporciona los elementos necesarios para estimular el debate democrático y la participación ciudadana.

Existen estándares claros en el ámbito internacional en materia de acceso a la información que el Estado uruguayo no está cumpliendo y, por lo tanto, no está ejerciendo su rol de garante del ejercicio pleno de este derecho. Este incumplimiento se debe en buena medida a decisiones gubernamentales que impiden conocer información esencial sobre el avance de la pandemia en el país, y sobre la forma en que el Estado la enfrenta.

El acceso a la información pública es un derecho tan relevante que la Organización de las Naciones Unidas lo definió como una de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (16.10.2) conminando a los Estados a “Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales”.

En abril de 2020, cuando apenas estaba comenzando la pandemia en el país, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó un informe temático titulado “Pandemia y Derechos Humanos”, donde establece recomendaciones a los estados miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA) en materia de acceso a la información sobre la Covid-19. En este informe, llamaba a los estados a “Asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por la Covid-19 y no establecer limitaciones generales basadas en razones de seguridad u orden público”.

A pesar de estos claros lineamientos, el Estado uruguayo, desde sus tres poderes, no garantiza de manera plena el ejercicio de este derecho, basándose en la urgencia e impidiendo conocer información esencial sobre el impacto de la pandemia en el país y las medidas que el Estado toma para mitigarlo.

Uruguay atraviesa un momento crítico, que afecta especialmente a las personas que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad. Para enfrentarlo, la población necesita un Estado que proporcione información completa, pertinente, actualizada y veraz, sobre las políticas públicas que se impulsan para combatir la pandemia de Covid-19. De lo contrario, es imposible mantener un debate público enriquecedor, y que las personas tengan elementos suficientes para tomar decisiones informadas para proteger su derecho a la salud y a la vida digna.

En este 3 de mayo, Día Mundial de la Libertad de Prensa, las organizaciones firmantes de esta declaración expresan su preocupación por las dificultades persistentes para acceder a información de calidad a más de un año del inicio de la pandemia de Covid-19 en el país y exhortan a las autoridades nacionales y departamentales a dar cumplimiento a la legislación nacional y los compromisos internacionales asumidos por el país en materia de Acceso a la Información Pública.

Organizaciones firmantes: 

Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública | Agencia Voz y Vos – El Abrojo | Amnistía Internacional Uruguay | Casa Bertolt Brecht | C.i.e.en.p.re Juntos | CIVICO | Colectiva Mujeres | Cotidiano Mujer | DATA | Datysoc | Grupo de Trabajo por Educación Inclusiva | Hermandad Pro Derechos – Uruguay | Instituto Comunicación y Desarrollo (ICD) | Grupo de Trabajo por Educación Inclusiva | PODER | Red Pro Cuidados | Uruguay Transparente | OBSERVACOM

Si querés descargar la declaración entrá en este enlace.

CAinfo registró 49 casos de amenazas a la libertad de expresión en el último año

CAinfo registró 49 casos de amenazas a la libertad de expresión en el último año

En el último año se registraron 49 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas en Uruguay, según el séptimo informe de monitoreo realizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo). Se trata del número más alto de casos desde que existe el estudio, luego de los 26 registrados en el sexto informe. La mayoría de los episodios (30) tienen que ver con la restricción del acceso a la información.

La investigación y elaboración de este informe se desarrolló en un marco de creciente riesgo para la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación. Ese clima de hostilidad, muchas veces se traduce en agresiones a través de redes sociales, acusaciones de intencionalidad política, atribuciones de pertenencia a partidos o grupos de interés, entre otros ataques que involucran a funcionarios públicos y miembros del gobierno.

El reporte abarca entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021 y se enmarca en el proyecto “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay. Monitoreo de amenazas” de CAinfo, que impulsa la promoción y defensa de la libertad de expresión en el país a partir del desarrollo de una metodología de relevamiento y sistematización de información sobre la materia.

El trabajo realizado este último año muestra la existencia de, al menos, 49 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas en Uruguay en seis de los 12 indicadores analizados: agresiones y ataques, discurso estigmatizante, restricción al acceso a la información, procesos civiles y/o penales, uso abusivo del poder estatal y marco jurídico contrario a estándares internacionales de libertad de expresión y prensa.

La restricción al acceso a la información fue la categoría que reunió más casos y entre ellos 29 correspondientes a pedidos de acceso rechazados, no contestados o respondidos de manera incompleta o parcial. Esto también confirma un deterioro en el cumplimiento de este derecho que ya se venía registrando en informes anteriores, pero que tiene una confirmación cuantitativa en el año 2020.

Además de los pedidos de acceso que no fueron respondidos también se registró un retroceso normativo, que se refleja en algunas disposiciones de la Ley de Urgente Consideración aprobada con los votos de la coalición de gobierno, según consignó CAinfo en su informe ante el parlamento en mayo de 2020.

La categoría Agresiones y ataques tuvo 8 episodios y le siguen el Marco jurídico contrario a estándares con 4, los procesos judiciales con 3, el uso abusivo del poder estatal con 2 y el Discurso estigmatizante con 2.

De las personas que sufrieron las amenazas, en 4 casos se afectó a periodistas mujeres (en dos casos los ataques tuvieron claros componentes de violencia de género), en 30 a varones y en 15 ocasiones el episodio tuvo impacto en equipos periodísticos o medios de comunicación. Los responsables de las amenazas fueron organismos o funcionarios del Estado en 39 ocasiones, en 6 fueron personas no estatales y en 5 no se identificó a los responsables.

CAinfo ve particularmente preocupante el aumento de casos de rechazo de solicitudes de acceso a la información pública amparándose en cláusulas de confidencialidad, como ocurrió en los casos de los contratos para la compra de vacunas contra la Covid-19, el proceso de litigio internacional contra el Estado uruguayo por parte de la minera Aratirí, y otros casos puntuales como el acuerdo con la empresa PepsiCo y el caso del sumario al exsecretario de la Presidencia de la República, Miguel Ángel Toma.

También se constató una tendencia de los organismos públicos, tanto a nivel nacional como departamental, a restringir el acceso a la información vinculada a la pandemia de Covid-19, en una línea contraria a las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana (CIDH). En este sentido, a CAinfo le resulta alarmante el criterio aplicado por algunas direcciones departamentales de salud que se niegan a informar sobre los casos de Covid-19 por localidad, con el argumento de no “estigmatizar” a la población, mientras hay otras que lo hacen en tiempo y forma.

El problema motivó a CAinfo y un grupo de organizaciones preocupadas por la situación a emitir una declaración en defensa de la transparencia de la información sobre la pandemia, a fin de exhortar a las autoridades nacionales y departamentales a cumplir con su obligación de garantizar el cumplimiento de un derecho fundamental en tiempo de crisis sanitaria.

Descargá el Séptimo Informe de Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión en este enlace.

La movilización del 8M y las obligaciones del Estado

La movilización del 8M y las obligaciones del Estado

CAinfo exhorta a las autoridades a garantizar el derecho a la protesta pacífica

Este lunes se conmemora el Día Internacional de la Mujer y se desarrollarán movilizaciones en todo el país. Por primera vez el día coincidirá con la pandemia de Covid-19.

En esta oportunidad, las organizaciones que convocan a la movilización han manifestado su compromiso con el cumplimiento de protocolos adecuados a la situación sanitaria, a fin de mantener el distanciamiento físico y garantizar el uso del tapaboca entre las personas que participen de la convocatoria.

El 8M se ha constituido en los últimos años como una de las demostraciones populares más numerosas, en las que la población hace uso de manera pacífica de su derecho a la libertad de expresión, lo cual implica ejercer al mismo tiempo sus derechos de reunión, de asociación, de participación y de protesta.

En este contexto, CAinfo expresa su preocupación ante la existencia de un marco legal que puede limitar el pleno ejercicio de estos derechos durante esta jornada de reflexión y lucha por los derechos de las mujeres y disidencias.

En el transcurso de 2020 en Uruguay se produjo un retroceso legislativo en esta materia, con la aprobación primero de la Ley de Urgente Consideración (LUC)[1], y luego con la reglamentación del artículo 38 de la Constitución de la República[2], que afectó el derecho de reunión.

Como ya manifestó CAinfo en su oportunidad[3], la LUC implica la violación de la obligación del Estado de garantizar la protesta pacífica y, además de implicar una limitación a su ejercicio legítimo, en algunas circunstancias incurre en una penalización que incumple los estándares universales e interamericanos de derechos humanos.

Asimismo, otorga a los agentes de seguridad del Estado una amplia discrecionalidad para impedir, disolver y reprimir protestas y manifestaciones de cualquier índole, utilizando criterios vagos y atribuyendo intencionalidad delictiva a los participantes.

Por otra parte, la reglamentación constitucional[4] mencionada se aprobó aludiendo a la necesidad de impedir “aglomeraciones” que pongan en peligro la situación sanitaria, argumento que se podría utilizar en este caso para establecer límites arbitrarios a la realización de la protesta por el 8M.

Como ha señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe sobre “Pandemia y Derechos Humanos”[5] de abril de 2020, a los estados miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA), las medidas para contener los contagios de Covid-19 “deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos”.

Según la CIDH, los estados están obligados a “Asegurar que toda restricción o limitación que se imponga a los derechos humanos con la finalidad de protección de la salud en el marco de la pandemia Covid-19 cumpla con los requisitos establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos. En particular, dichas restricciones deben cumplir con el principio de legalidad, ser necesarias en una sociedad democrática y, por ende, resultar estrictamente proporcionales para atender la finalidad legítima de proteger la salud”.

Ante esta situación, CAinfo exhorta a las autoridades a garantizar el derecho a la protesta pacífica en el marco del 8M, cumpliendo con las obligaciones asumidas por el Estado en cuanto al respeto de los derechos humanos de las manifestantes.


[1] Ley N° 19.889.

[2] Ley N° 19.932.

[3] CAinfo en comisión de Diputados por proyecto de ley de urgente consideración.

[4] CAinfo alerta ante impacto negativo de la limitación del derecho de reunión.

[5] Informe “Pandemia y Derechos Humanos” de la CIDH. 10 de abril de 2020.

Falta de transparencia afecta el acceso a la información sobre la pandemia

Falta de transparencia afecta el acceso a la información sobre la pandemia

El acceso y la libre circulación de la información constituyen dos pilares fundamentales para la protección de la salud pública. Por esa razón se debe proporcionar información clara, precisa y oportuna sobre el avance y naturaleza de esta pandemia, las medidas de protección y atención, así como todo lo referido a los recursos invertidos. Por todo esto es que se debe dar respuesta en tiempo y forma a todo pedido de acceso a la información pública que se reciba[1].

En este marco, Cainfo plantea la necesidad de que distintos estamentos de la administración pública -sea esta nacional, departamental o municipal- tengan una actitud de mayor transparencia sobre la información vinculada a la pandemia.

Cainfo realizó un relevamiento en las últimas semanas de 2020 sobre el acceso a la información respecto a la pandemia en varios departamentos del interior con periodistas locales. Varios periodistas coincidieron en señalar que falta información sobre la situación generada por el Covid-19 en cada localidad, lo cual genera inquietud en la población y provoca la circulación de datos sin confirmar, que en muchos casos resultan inexactos. Asimismo, las autoridades de la salud en algunos departamentos se remiten a los datos generales que entrega el Sistema Nacional de Emergencias, sin una desagregación territorial, y luego no están disponibles para ampliar la información a los trabajadores de los medios.

Otro punto clave es la situación con el fondo Covid-19 para atender la emergencia sanitaria.

El Parlamento aprobó en abril de 2020, la ley 19.874 por la que creó el Fondo Solidario Covid-19. El fondo se integra con el aporte del Banco República, la Corporación Nacional para el Desarrollo, el Impuesto de Emergencia Sanitaria -que gravó durante dos meses las remuneraciones de algunos funcionarios públicos-, el adicional -también por dos meses- al Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social para jubilaciones superiores a los 120 mil pesos; préstamos de organismos internacionales y donaciones.

El artículo 11 de la ley establece que el Poder Ejecutivo deberá “rendir cuentas de lo actuado a la Asamblea General, dentro de los noventa días posteriores al vencimiento de la vigencia del Fondo Solidario Covid-19. Si este plazo venciera dentro del período de elaboración de cualquier instancia presupuestal, el Poder Ejecutivo podrá prorrogar dicho plazo por 90 días más, a partir del vencimiento del período de elaboración citado”.

Hasta ahora, el gobierno negó información sobre el volumen de las donaciones y los donantes que contribuyeron al fondo, y anunció que no divulgará esa información hasta que pase la pandemia[2].[2]

Por otra parte, también preocupa la resolución de la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, del 23 de diciembre, en la que declara como “información reservada”, todo dato que surja del informe producido por el Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable referido al relevamiento de datos en las unidades de transporte colectivo de pasajeros, en el marco de las medidas tomadas para enfrentar la crisis sanitaria.

La justificación de esta decisión se basa en que los informes del Instituto contienen “datos sensibles para las empresas” de transporte colectivo de pasajeros del departamento.  De esta manera se protege a un conjunto de empresas, pero se afecta el derecho a estar informado de toda la población del departamento sobre lo que suceda en el transporte de pasajeros.

El último episodio que afecta el derecho de la población a una información clara y oportuna sobre el manejo de la pandemia ocurrió este martes 5, cuando la Comisión de Salud del Senado que recibió al ministro Daniel Salinas y al secretario de la Presidencia Álvaro Delgado, sesionó en forma “secreta” al momento de hablar sobre las gestiones para la compra de vacunas contra el Covid-19.

Recomendaciones internacionales sobre transparencia

El 10 de abril de 2020 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó la Resolución 1/20 sobre Pandemia y Derechos Humanos[3] en las Américas, donde realiza una serie de recomendaciones a los estados miembro de la OEA sobre cómo manejar la información sobre el Covid-19.

En el documento, la CIDH destaca “el rol crítico de la prensa” así como la importancia de “la transparencia y el acceso a la información pública respecto de la pandemia”. 

En el texto la comisión llamó a los estados a “Asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por el Covid-19 y no establecer limitaciones generales basadas en razones de seguridad u orden público”.

También consideró que los organismos públicos especializados “deben otorgar prioridad a las solicitudes de acceso a la información relacionadas con la emergencia de salud pública, así como informar proactivamente, en formatos abiertos y de manera accesible a todos los grupos en situación de vulnerabilidad, de forma desagregada sobre los impactos de la pandemia y los gastos de emergencia, desagregados de acuerdo con las mejores prácticas internacionales”.

Cainfo exhorta a las autoridades a seguir estas recomendaciones, y realizar los mayores esfuerzos a fin de dar transparencia a las gestiones realizadas para combatir la pandemia, proporcionando información clara, precisa y oportuna, que permita a la población de todo el país tener conocimiento de la situación sanitaria en su lugar de residencia. En ese sentido, resulta relevante responder a los requerimientos de los y las periodistas para acceder a informaciones de notorio interés público.


[1] Comunicado de la Alianza Regional. Disponible en: https://www.alianzaregional.net/blog/2020/03/25/covid-19-comunicado-de-la-alianza-regional/

[2] Gobierno no rendirá cuentas del fondo Covid-19 hasta después de pasada la pandemia. Nota de La Diaria disponible en: https://ladiaria.com.uy/politica/articulo/2020/12/gobierno-no-rendira-cuentas-del-fondo-covid-19-hasta-despues-de-pasada-la-emergencia/

[3] Resolución 1/20 sobre Pandemia y Derechos Humanos de la CIDH. Disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf