Una delegación de Cainfo fue recibida al mediodía de hoy martes 23 para dar su opinión sobre algunos artículos del proyecto de ley de urgente consideración, los que generan preocupación ya que pueden afectar la libertad de expresión y el acceso a la información pública.
Pese a algunos cambios aprobados en el Senado, Cainfo mantiene sus críticas a varios artículos.
Los Artículos 11,14, 45, 465, 466 y 467 implican una violación de la obligación del Estado de garantizar la protesta pacífica y, además de implicar una limitación a su ejercicio legítimo, incurre en una penalización que incumple los estándares universales e interamericanos de derechos humanos.
En tanto, los Artículos 125 y 126 que refieren a la información reservada, secreta y restringida en el ámbito del Sistema Nacional de Inteligencia del Estado son regresivos en materia de Acceso a la Información Pública y afectan la protección de datos personales.
La actual redacción implica carencias en materia del diseño institucional de dicha Secretaría, ya que otorga más potestades a la Presidencia de la República al habilitar un manejo absolutamente discrecional de esos datos eludiendo el contralor de otros organismos del Estado y de los poderes Legislativo y Judicial.
En el siguiente enlace puede acceder al documento completo presentado.
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo) se encuentra en alerta ante varias denuncias de personas que, en el marco de una investigación policial, han sido citadas a declarar a Fiscalía porque compartieron determinados mensajes en las redes sociales. A esto se suma el rechazo a la decisión de un grupo de personas de Rivera que entablaron una acción penal contra los integrantes de un programa de radio debido a que se sintieron ofendidos por los dichos de un personaje humorístico.
Denuncia Raffo
Respecto al primer caso, varias personas denunciaron que fueron citadas por la Fiscalía, donde debieron dar las claves de acceso a sus redes sociales y sus teléfonos móviles para realizar una investigación.
Todo surge a partir de una denuncia que presentó el 24 de mayo de este año la candidata a intendenta de Montevideo, Laura Raffo. La dirigente informó que había presentado una denuncia penal debido a que fue “víctima” en redes sociales y WhatsApp de una “campaña sucia con la clara intención” de perjudicarla.
“Se afirma que uno de los presuntos involucrados en el caso de la llamada ‘Operación Océano’ (sobre explotación sexual de adolescentes) era o es mi pareja. Eso es una mentira”, escribió Raffo en el comunicado con el que anunció la presentación de la denuncia en el Departamento de Delitos Informáticos de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado de la Policía Nacional.
La Fiscalía inició la investigación y citó a una decena de personas, cuyos nombres fueron aportados por la denunciante. En ese marco, un juez autorizó que se procediera a solicitar a las personas convocadas sus claves para ingresar a sus cuentas en redes sociales o a sus celulares. Desde Fiscalía se explicó que el procedimiento es el que se realiza en este tipo de casos.
El derecho al honor está protegido en la normativa y se establecen mecanismos para su defensa. En este caso, llaman la atención las denuncias realizadas por usuarios de las redes sociales, ya que afirman que compartieron imágenes públicas que involucran a la candidata a la Intendencia pero no realizaron ningún tipo de acusación.
Preocupa, además, que este tipo de acciones pueden tener un efecto inhibitorio para el futuro en los casos de aquellos ciudadanos que quieran expresarse y criticar a figuras públicas, como lo son los candidatos a un cargo electivo.
Caso Rivera
El segundo caso tiene que ver con la polémica que se generó por la intervención de un personaje humorístico de ficción en FM Del Sol, que se burló de los ciudadanos del departamento de Rivera.
Esto llevó a que el exdiputado de Rivera por el Partido Nacional Fernando Araujo, en conjunto con los comerciantes Roberto Araujo, Holger Vildozola y el abogado Mariano Camacho, de ese departamento realizan una denuncia penal.
Cainfo reitera su rechazo a que se utilice la vía penal para solucionar este tipo de situaciones ya que afecta el derecho a la libertad de expresión, y genera un ambiente hostil que puede derivar en la intimidación de las personas que pretenden manifestar sus opiniones y difundir informaciones.
Como señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el derecho penal es el medio más restrictivo y severo para establecer responsabilidades respecto de una conducta legalmente reprochable.
Cabe recordar que la vigente ley 19.307, de servicios de comunicación audiovisual, establece un capítulo de Defensoría del Público a través de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo que permitiría una instancia de conciliación entre las partes. En el artículo 85, literal E), se establece que la Institución podrá recibir y tramitar denuncias sobre el eventual apartamiento de los servicios de comunicación audiovisual regulados por la ley, respecto de las disposiciones que reconocen y garantizar el derecho de la personas.
Damos a conocer el documento elaborado por la Coalición por una Comunicación Democrática que se presentó hoy martes 9 de junio en la Comisión de Industria de la Cámara de Diputados.
En el texto se plantea nuestra preocupación por el alcance de las medidas proyectas y como la iniciativa afectará la transparencia, la participación ciudadana, diversos derechos adquiridos, el pluralismo, la diversidad y la producción nacional. Acceda aquí al documento.
IFEX-ALC -de la cual CAinfo es integrante- rechazó mediante un comunicado el contenido del proyecto de Ley de Urgente Consideración impulsado por el gobierno de Uruguay que, en caso de resultar aprobado, implicará un grave retroceso en materia de derechos humanos para el país y una violación de convenios internacionales a los que Uruguay adhirió a través de su ratificación parlamentaria.
La iniciativa legal conlleva una regresión en varios derechos especialmente protegidos por el sistema interamericano de derechos humanos y que se encuentran estrechamente interrelacionados. En particular, la iniciativa legal afecta los derechos a la libertad de expresión, al acceso a la información pública, a la privacidad y a la protesta social pacífica, y además implica un serio riesgo de restricción del espacio cívico, ya que impone penas de prisión en caso de que las autoridades policiales se sientan agraviadas o amenazadas por participantes de una movilización, dice el comunicado.
Ifex es una red de más de 100 organizaciones que están unidas por el compromiso compartido de defender y promover la libertad de expresión como derecho humano fundamental.
Desde CAinfo difundimos el comunicado de la Coalición por una Comunicación Democrática (de la que somos parte) marcando posición respecto al contenido del proyecto de ley que viene a sustituir la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Una delegación del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo) se reunió este viernes 8 de mayo con integrantes de la Comisión Especial del Senado que analiza el proyecto de ley de urgente consideración.
Pilar Teijeiro y Fabián Werner, plantearon en nombre de Cainfo la preocupación que generan algunos artículos del proyecto de ley ya que pueden afectar la libertad de expresión, el derecho de protesta y el acceso a la información pública.
Desde Cainfo se entiende que aprobar estos artículos implicaría un claro retroceso en materia de derechos humanos para el país y una violación de convenios internacionales a los que Uruguay adhirió a través de su ratificación parlamentaria.
Los artículos cuestionados son el 11,14, 45, 491, 492 y 493 porque implican una violación de la obligación del Estado de garantizar la protesta pacífica y además de implicar una limitación a su ejercicio legítimo, incurre en una penalización que incumple los estándares universales e interamericanos de derechos humanos.
Generan preocupación también los artículos 128 y 129 sobre la información reservada, secreta y restringida en el ámbito del Sistema Nacional de Inteligencia del Estado. Cainfo sostiene que estos artículos son regresivos en materia de Acceso a la Información Pública y afectan la protección de datos personales.
Por último, el artículo 105, brinda una total discrecionalidad al Ministerio del Interior para solicitar a las empresas de telecomunicaciones “información detallada de la localización geográfica de la terminal de llamadas, sin necesidad de que exista una orden judicial”, impidiendo una vez más el imprescindible contralor entre los poderes de un Estado democrático.
Aquí puede acceder al documento completo presentado hoy.