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Pronunciamiento de la sociedad civil sobre la necesidad de avanzar en esta legislatura en una ley democrática de Servicios de Comunicación Audiovisual

Pronunciamiento de la sociedad civil sobre la necesidad de avanzar en esta legislatura en una ley democrática de Servicios de Comunicación Audiovisual

La Coalición por una Comunicación Democrática, Pro Derechos, la Red de Gobierno Abierto, redes integradas por las siguientes organizaciones, entre otras: Instituto de Comunicación de la Facultad de Información y Comunicación (FIC), Sociedad Uruguaya de Actores (SUA), Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), Grupo Medios y Sociedad (GMS), Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAINFO), Cotidiano Mujer, Sociedad Uruguaya de Actores (SUA), Red Especial Uruguaya, Colectivo Ovejas Negras, Mujer y Salud en Uruguay (MYSU), Comisión Nacional de Seguimiento CNS Mujeres, Consumidores y Usuarios Asociados (CUA), Agrupación de Trabajadores de TeVe Ciudad (ATTC), Federación Uruguaya de Teatros Independiente (FUTI), Agencia de Comunicación de Niñez y Adolescencia Voz y Vos – El Abrojo, Comité de los Derechos del Niño-Uruguay, Causa Común, Asociación Mundial de Radios Comunitarias – ATABAQUE Grupo cultural afroemerindio, Instituciones Federadas Afroumbandistas IFA del Uruguay, Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), Observatorio de Políticas Públicas de Derechos Humanos en el MERCOSUR, Organización Idas y Vueltas, Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR), DATA, Instituto de Comunicación y Desarrollo (ICD), Mujer Ahora, RedCon, Asociación de Productores y Realizadores de Cine del Uruguay (ASOPROD) y Uruguay Transparente, quieren dar a conocer el siguiente posicionamiento frente al inminente tratamiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la Cámara de Senadores:

En los últimos días asistimos a un debate sobre la pertinencia de que el Parlamento apruebe la primera ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) de la democracia en el marco del presente año electoral.

Frente a las posturas que se han venido explicitando en torno al proceso de aprobación de la LSCA, actualmente en curso, reafirmamos la profunda convicción de que el Parlamento debe aprobar ya, sin más demoras, una nueva ley de comunicación bajo principios democráticos y garantistas tanto para la libertad de expresión como para los derechos de todas las personas.

La sociedad civil reivindica además, un debate razonado y fundado sobre la pertinencia y los fundamentos de esta Ley de Servicios de Comunicación, sin caer en adjetivaciones y calificativos tremendistas y descalificadores, que no aportan al debate y esconden de esa forma los verdaderos intereses que defienden.
A continuación se enumeran las razones y evidencias que explican por qué el Senado debe terminar de dar su aprobación a la LSCA:

¿Por qué el Senado debe aprobar ahora la LSCA?
– Porque los medios audiovisuales, aún pese al avance de Internet, continúan siendo las principales plataformas de acceso a la información, entretenimiento, cultura, deporte y a los contenidos más diversos para la población.
– Porque el espectro radioeléctrico es un patrimonio común de la humanidad y el Estado debe regularlo de acuerdo a principios claros y transparentes. Porque la legislación actual no garantiza criterios democráticos para la asignación de permisos y licencias, ni establece plazos, ni contraprestaciones para el sector privado/comercial.
– Porque el espacio de los medios audiovisuales sigue estando regulado por una ley anticuada y antidemocrática, aprobada durante la dictadura. El país está en deuda con la democracia. La legislación actual también viola convenciones internacionales debido a su concepción, ambigüedad y discriminación de distintos grupos frente a la comunicación.
– Porque durante décadas las frecuencias radioeléctricas se administraron en base a criterios arbitrarios, sin procesos transparentes, justos ni abiertos para todas y todos. En Uruguay vivimos de las peores prácticas entorno a la gestión de este bien común de la humanidad, más allá de que esas situaciones se han venido corrigiendo por sucesivos decretos. Siguiendo a Artigas creemos que la ley es el mejor freno a las veleidades humanas.
– Porque con la legislación actual se ha conformado un sistema de medios concentrado, desequilibrado y con predominio del sector comercial. En el área metropolitana tres actores concentran la propiedad cruzada de radio, televisión abierta y cable, con empresas colaterales que también dominan buena parte de los medios del interior. En lo departamental y regional también existe en muchas ciudades una concentración de medios inaceptable para una democracia. En lugares como Durazno, Cerro Largo, Tacuarembó, Paysandú, Salto, un solo grupo concentra medios en cable, televisión y radio.
– Porque la producción nacional audiovisual para la industria de la televisión ha sido escasa, de baja calidad y casi nula innovación. Tenemos una valiosa industria de cine nacional y no logramos realizar series o telenovelas que reflejen nuestra cultura, nuestra forma de ver el mundo. La concentración y la falta de competencia alentaron este fracaso.
– Porque los sectores específicos o grupos en situación de desventaja social, como niñas, niños y adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, población LGTB o afrodescendientes, han sufrido la discriminación de un sistema de medios que reprodujo los peores estereotipos, sin dar lugar a ninguna respuesta durante años.

¿Por qué esta ley es una garantía para el ejercicio de la libertad de expresión?
– El proyecto de LSCA a estudio del Parlamento: i) no regula a la prensa escrita, ii) no afecta a los contenidos (salvo cuando refiere expresamente a la protección de los derechos de grupos específicos o en desventaja social); iii) contiene garantías expresas para ejercer la libertad de expresión en los artículos 14 a 18 (prohibición de toda forma de censura, incluso la indirecta; garantiza la independencia editorial). Por todo esto, mal podría afirmarse que la LSCA proyectada suponga censura a los medios de comunicación.
– La regulación proyectada se limita estrictamente a la violencia extrema y a la incitación al consumo de drogas, y ello sólo durante el horario de protección a la infancia. En todos los demás casos prima la libertad sin límites para informar sobre hechos de interés público. No hay nada en el texto de referencia que suponga limitaciones a la información, al análisis o a la discusión -en los programas educativos, informativos y periodísticos- sobre situaciones de violencia, sobre sus causas o sus repercusiones en materia de seguridad ciudadana, así como sobre temas de sexualidad, drogas legales e ilegales o discriminación en todas sus manifestaciones.
– El proyecto de LSCA busca garantizar la libertad de expresión de todas las personas con una serie de instrumentos incluidos en el proyecto de ley: horario de protección a la infancia, cláusula de conciencia, defensoría de las audiencias.
– Si no fuera así, las máximas instancias internacionales en materia de libertad de expresión (Relator Especial para la Libertad de Expresión de ONU y OEA, Unesco) y las más prestigiosas organizaciones de derechos humanos vinculadas a la libertad de expresión (Reporteros Sin Fronteras, Artículo 19) no hubiesen ponderado el proceso y no hubiesen afirmado, como lo hicieron, que este proyecto puede ser un modelo para toda la región.
– Por encima de las diferencias que los distintos actores tengan con la legislación, rechazamos enfáticamente las descalificaciones simplistas y burdas. Sólo aquellos que no quieren esta ley por otras razones, como mantener algunos privilegios que aún subsisten, pueden decir que su objetivo es la censura.

Saludamos las modificaciones introducidas en el Senado:
La Coalición saluda con beneplácito que en el marco de la discusión que se viene dando en la Comisión de Industria del Senado, se haya introducido nuevamente la figura de un organismo de control y aplicación fuerte de la ley (el Consejo de Comunicación Audiovisual), con autonomía del Poder Ejecutivo y un proceso democrático de designación de sus directivos, que presenta las garantías suficientes para todos los actores.
También saludamos la incorporación de garantías judiciales para la aplicación de cualquier sanción a los medios en el marco de la ley. Por otra parte, nos parece un avance la ampliación de la figura del Consejo Honorario Asesor de Servicios de Comunicación Audiovisual (CHASCA), para formalizar la participación de la sociedad civil en las políticas públicas de comunicación.
Saludamos finalmente la incorporación definitiva de la figura de la defensoría de las audiencias, en el ámbito de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

Cadenas Nacionales en radio y televisión: cómo es la regulación en América Latina

Cadenas Nacionales en radio y televisión: cómo es la regulación en América Latina

Las cadenas nacionales es una herramienta comunicacional que permite a los gobiernos usar los medios de comunicación para transmitir a la población información de trascendencia pública. Sin embargo, la posibilidad de que éstos hagan uso abusivo de esta herramienta pone de manifiesto la necesidad de que haya regulación clara al respecto. ¿Cómo es la situación en América Latina?

El informe “Cadenas Nacionales” de la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, una coalición de organizaciones de la sociedad civil de las Américas que integra CAinfo, aborda temas claves para entender este fenómeno. ¿Cuántos países tienen reguladas las cadenas de radiodifusión? ¿La regulación es de rango constitucional, legal o sublegal? ¿Cuántas cadenas se han implementado en el último tiempo? ¿Existe la necesidad de justificar las cadenas? ¿Qué medios están obligados a transmitir? ¿Está regulado cuánto tiempo tiene que durar?

En el caso de América del Sur, se observa que Argentina, Uruguay, Bolivia, Ecuador, Colombia y Venezuela tienen legislación que regula las cadenas nacionales; Brasil, Paraguay y Chile regulación en casos específicos (campañas electorales, catástrofes, seguridad nacional, etc); en tanto, Perú no tiene ningún tipo de regulación en este sentido.

Cadenas Nacionales(2)

Vea el informe.

Senadores acuerdan mejoras al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Senadores acuerdan mejoras al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

La bancada de Senadores del Frente Amplio (FA) acordó votar el proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) con dos cambios clave: el organismo encargado de aplicar la ley será independiente del Poder Ejecutivo y las sanciones graves se resolverán en la justicia.

Ambos aspectos fueron reclamados tanto desde organismos internacionales como desde la sociedad civil uruguaya, especialmente la Coalición por una Comunicación Democrática (CCD). En dos comparecencias al Senado, la CCD había advertido que otorgar las tareas de control y aplicación de la ley a un organismo que depende directamente de Presidencia, como lo es la Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones (URSEC), debilita seriamente el proyecto y no cumple los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.

En diciembre del año pasado la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto incluyendo un cambio relevante al texto enviado por el Poder Ejecutivo: eliminó el órgano de aplicación independiente y derivó la tarea a este organismo tras considerar la imposibilidad constitucional de crear cargos 12 meses antes de las elecciones nacionales.

Sin embargo, tras propuesta de la sociedad civil, la bancada del FA aceptó crear el organismo y dejar en suspenso los cargos para luego que caiga la prohibición constitucional. Por lo tanto, se restituyen las tareas del Consejo de Comunicación Audiovisual tal como estaban previstas en el proyecto original.

Otro de los cambios refiere al mecanismo aplicable en caso de que los medios incurran en violaciones a la ley y deban aplicarse sanciones graves, que pueden llegar hasta lla revocación de licencia para transmitir.

El proyecto original delegaba a los cinco miembros del órgano de aplicación de la ley la facultad de decidir pero con la nueva redacción será la justicia civil quien se expida en estos casos. La modificación busca otorgar las mayores garantías ante posibles arbitrariedades o presiones a los medios.

Según trascendió en las últimas horas se prevé que el proyecto pase al plenario de la Cámara de Senadores en el mes de junio para su aprobación. Una vez aprobado deberá regresar nuevamente a Diputados y antes de julio podría recibir sanción definitiva.

La CCD celebra esta noticia y confía en que, tal como han señalado los relatores especiales para la libertad de expresión de la ONU, Frank La Rue, y de la OEA, Catalina Botero, la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se constituya en un gran avance para la democratización del sistema de medios de comunicación en el Uruguay así como una garantia para el efectivo ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

La Alianza Regional manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos  en Honduras.

La Alianza Regional manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos en Honduras.

La Alianza Regional por la Libre Expresión e Información manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia en Honduras de la “Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 9 de Marzo, por las graves contradicciones que tiene con los estándares internacionales de acceso a la información pública, sus impactos en el derecho de libertad de expresión, y su carácter regresivo respecto de la normativa que sobre esta materia que ya existía en el país.
La Ley para la Clasificación de Documentos Públicos establece un catálogo amplio de excepciones que no son compatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y además otorga facultades al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad para clasificar información de manera previa, en base a su sola decisión discrecional.

Esto está en evidente contradicción con el principio de máxima divulgación, que impone que toda la información que está en posesión del Estado es por principio de acceso público, y sólo se puede limitar su acceso en el caso concreto en base a un régimen limitado de excepciones legales, las que deben ser claras y limitadas. Además, conforme a los estándares internacionales, los órganos públicos tienen la obligación de justificar la aplicación de una excepción mediante una “prueba de daño”, en la cual demuestren que el eventual perjuicio por la entrega de información es mayor que el interés público de su divulgación, en base a una interpretación restrictiva de las excepciones legales frente a una solicitud de información concreta. En este caso, la aplicación de estas excepciones se basa en la sola decisión discrecional de la autoridad, con lo que se coarta el derecho de los ciudadanos de solicitar información y tener respuesta oportuna, y de conocer las razones específicas por las cuales se les está negando información en caso de una negativa, lo que es esencial para el control social de los actos públicos.

Dichos estándares se encuentran sistematizados en la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la Información Pública de la Organización de los Estados Americanos de 2011, y fueron sentados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo Claude Reyes y otros vs. Chile de 2006, donde se reconoció al derecho de acceso a la información como un derecho humano fundamental. Todos estos estándares han sido recogidos en todas las legislaciones modernas de la región.
Asimismo, la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos contiene disposiciones que impiden a los medios de comunicación difundir información clasificada conforme a esta norma, lo que le entrega al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad de herramientas para impedir su difusión en base a su sola decisión. Esto puede constituirse en una forma de censura previa que puede vulnerar el derecho de libertad de expresión, y podría convertir a esta norma en una verdadera “Ley Mordaza”, para los ciudadanos, los periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación.
La Ley para la Clasificación de Documentos Públicos implica un grave retroceso respecto de los avances que se habían tenido en el país con la ley de Transparencia y Acceso a la Información de 2006, coarta gravemente las facultades del Instituto de Acceso a la Información Pública, y pone en riesgo la libertad de expresión en Honduras, lo cual atenta contra la consolidación de una democracia con instituciones fuertes y ciudadanos empoderados para participar en los asuntos públicos.
La Alianza Regional agrupa a 23 organizaciones no gubernamentales de 19 países de Las Américas, cuyo principal objetivo es el fortalecimiento del pleno ejercicio de la libertad de expresión y el acceso a la información pública. Manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia en Honduras de la “Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional”, y acompaña a sus miembros locales Fundación Democracia sin Fronteras (FDSF) y Comité por la Libre Expresión (C-Libre), en su llamado a dejar sin efecto esta ley, y que no se den retrocesos en la garantía del derecho humano de acceso a la información pública y libertad de expresión.

Alianza Regional por la Libre Expresión e Información

Las organizaciones firmantes:
· Asociación Nacional de la Prensa (ANP) – Bolivia
· Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) – El Salvador
· Artículo XIX- Brasil
· Asociación por los Derechos Civiles (ADC)-Argentina
· Acción Ciudadana – Guatemala
· Comité por la Libre Expresión (CLibre)- Honduras
· Consejo Nacional de Periodismo (CNP). Panamá
· Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) – Uruguay
· Espacio Público – Venezuela
· Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) – El Salvador
· FUNDAR Centro de Análisis e Investigación – México
· Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH) – Nicaragua
· Fundación Pro Acceso – Chile
· Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) – Colombia
· Fundamedios – Ecuador
· Fundación Democracia Sin Fronteras (FDSF)- Honduras
· Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) – Paraguay
· Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) – Costa Rica
· Transparencia por Colombia – Colombia
· Transparencia Venezuela – Venezuela

Actualizan información sobre violencia doméstica disponible en el observatorio www.infoviolenciadomestica.org.uy

Actualizan información sobre violencia doméstica disponible en el observatorio www.infoviolenciadomestica.org.uy

En el marco del Día Internacional de la Mujer, el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y la Red Uruguaya Contra la Violencia Doméstica y Sexual (RUCVDYS) ponen a disposición del público toda la información sobre violencia doméstica recabada a través de solicitudes de acceso a la información presentadas ante todos los organismos estatales que tienen obligaciones vinculadas a la lucha y prevención de la violencia doméstica.
La información actualizada puede ser consultada www.infoviolenciadomestica.org.uy, un observatorio en línea sobre la violencia doméstica y de género en Uruguay, creado en el año 2011 por CAinfo y la RUCVDYS, a partir del proyecto “Más información, mejor prevención” que utiliza el derecho de acceso a la información pública para proteger los derechos humanos de grupos vulnerables. El proyecto tiene el objetivo de presentar la información producida por los organismos del Estado sobre violencia doméstica en un único sitio web y en formatos reusables.
Con este objetivo se seleccionaron una serie de Indicadores que dan cuenta de la actuación y estado de situación de la problemática. Los datos puestos a disposición permitirán a periodistas, activistas, operadores y académicos, extraer importantes conclusiones sobre la problemática y la actuación del Estado.
Si bien algunos de los datos son conocidos, como la evolución anual de los feminicidios, la cantidad de información y la sistematización de la misma permitirá realizar nuevas lecturas del fenómeno. De este modo, la información proporcionada por el Ministerio del Interior al año 2012 arroja 23.988 denuncias por violencia doméstica en todo el país, un incremento prácticamente del 50% respecto al año anterior.
CAinfo y a RUCVDYS también recibieron información del Poder Judicial, que informó el inicio de 16.495 procesos por la ley de violencia doméstica en los juzgados especializados de todo el país durante 2012, el guarismo más alto desde el 2004 (primer año del que se disponen datos). En la página infoviolencia.org.uy también podrán encontrar la evolución de este indicador por departamento, dentro de lo cual destaca un aumento de este tipo de procesos superiores al 20% en varios departamentos (Artigas, Cerro Largo, Paysandú, Rivera y Tacuarembó).
Del mismo modo se cuenta con información actualizada sobre los procesos iniciados por maltrato o negligencia contra niños, niñas y adolescentes que los jueces los tratan por separado, en general aplicando el Código de la Niñez y la Adolescencia. En este indicador también se registró en 2012 el nivel más alto de procesos iniciados (9.519).
CAinfo y RUCVDYS seguirán trabajando en una serie de informes que profundizarán en el análisis de la información proporcionada por los organismos estatales y en la evolución de la metodología para registrar el fenómeno de la violencia doméstica.

Acceso a la información y derechos humanos
Durante el 2013, Cainfo y la RUCVDYS, realizaron nuevas solicitudes de acceso a la información con el objetivo de actualizar los datos en relación al Poder Judicial, Ministerio del Interior y Ministerio de Desarrollo Social. El trabajo partió de la premisa de que los Estados tienen obligaciones específicas en lo que respecta a la producción de información sobre derechos humanos, con el objetivo de definir, implementar y evaluar correctamente las políticas públicas en esta materia, y los ciudadanos y ciudadanas el derecho a saber sobre cómo se tutelan o desconocen sus derechos.
Las solicitudes de información fueron presentadas durante el segundo semestre de 2013. Las respuestas en los últimos meses del año. En este sentido CAinfo y la RED lamentan que que salvo el MIDES, los organismos no hayan cumplido con los plazos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública para entregar la información relativa a este fenómeno.
Asimismo persisten dificultades en materia de transparencia activa (publicación de datos por parte de los organismos sin que medie una solicitud de acceso a la información) , se mantienen desafíos vinculados a la actualización y reusabilidad de la información a efectos de facilitar el monitoreo y seguimiento del abordaje realizado. La modalidad de presentación de la información que se difunde proactivamente debería ser mejorada a efectos de facilitar su apropiación por todos los ciudadanos y ciudadanas. No obstante las dificultades reseñadas se detectaron algunos avances importantes en el sistema de recolección de datos.
En el caso del Ministerio del Interior la implementación de un nuevo sistema de información ha permitido mejorar el registro de la cantidad de denuncias de violencia doméstica. Por su parte el Poder Judicial ha iniciado un proceso de mejora de su sistema implementando un formulario electrónico que podrá ser extendido a las sedes del Interior del país.

Lucha contra la violencia doméstica
En materia de cobertura, los tres organismos a los que se les requirió información registran un incremento en el periodo 2010-2011: se instalaron nuevas Unidades Especializadas de Violencia Doméstica, se crearon nuevos Juzgados Especializados de Violencia Doméstica y se abrieron Servicios Públicos de Atención a Mujeres en situación de Violencia basada en Género.
En el caso del MIDES se informó que además de los servicios estables “en el año 2011, se dio comienzo a un proceso de incorporación a los Servicios Públicos de atención a Mujeres en situación de Violencia basada en Género de dispositivos móviles conformados por tres operadores/as en violencia doméstica. Se han incorporado hasta el momento 7 dispositivos móviles en los departamentos de Artigas, Canelones, Colonia, Maldonado, Paysandú, Rivera y Salto”.
Este incremento de los servicios también se ve reflejado en el aumento de la demanda: la cantidad de consultas, denuncias y procesos judiciales se mantiene en aumento.
En relación a las denuncias registradas por el Ministerio del Interior es significativo, lo que en parte puede ser explicado por la mejora en los registros.
A pesar de estos esfuerzos los homicidios de mujeres no han registrado una disminución significativa, lo que demuestra que se deben continuar con el esfuerzo para consolidar políticas públicas que permitan garantizar el derecho a vivir una vida libre de violencia y erradicar los feminicidios.

Campaña visibiliza escaso acceso a educación inclusiva en Uruguay

Campaña visibiliza escaso acceso a educación inclusiva en Uruguay

La campaña “La educación inclusiva es un derecho” busca visibilizar, a través de una serie de spots audiovisuales, el derecho a la educación de las personas con discapacidad y sensibilizar a la población sobre la importancia de la inclusión de los niños con algún tipo de discapacidad en escuelas “comunes” y con disponibilidad de recursos para aprender.

La campaña es una iniciativa del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y la Federación Uruguaya de Asociaciones de Padres de Personas con Discapacidad Intelectual (FUAP), y cuenta con el apoyo de Open Society Foundation.

En ese marco CAinfo y FUAP realizaron un monitoreo sobre la situación del derecho a la educación inclusiva en Uruguay. La información recabada permite afirmar que la mayoría de los niños y niñas con discapacidad en Uruguay no acceden a una educación inclusiva.

Para visibilizar esta situación se lanzó un spot que aborda algunos conceptos básicos sobre la educación inclusiva, que compartimos con ustedes en ocasión del inicio de un nuevo año curricular para los niños y niñas de todo el país.

Próximamente se dará a conocer una segunda pieza audiovisual complementaria con datos estadísticos sobre la realidad de la educación inclusiva en Uruguay.

De acuerdo a un primer relevamiento de datos realizado en el sector público por la ANEP en 2013, en las escuelas comunes de todo el país hay 5821 niños/as con discapacidad diagnosticada. Sin embargo la mayor parte permanece en las Escuelas Especiales (57% del total). A ello se suma la existencia de un déficit importante de docentes con formación adecuada para trabajar con personas con discapacidad. Puede ver los resultados completos del informe aquí.

Según los estándares internacionales la educación inclusiva no se limita al acceso de los niños/as con discapacidad a las escuelas “comunes”. Implica la existencia de una política pública que garantice la disponibilidad de docentes y de otros recursos humanos con formación adecuada, la flexibilización curricular, la accesibilidad física y comunicacional, entre otros requisitos.