Estado uruguayo reacio a entregar información pública

United Press International, 11 de julio de 2011

El Estado incumplió en el 58% de los casos en los cuales se le pidió acceso a información pública, según un estudio de Centro de Archivos y Acceso a la Información (Cainfo).

El diario El País consignó hoy que el trabajo detectó, además, que hay «resistencia» de los funcionarios para cumplir con las solicitudes. Uruguay cuenta desde 2008 con una ley de Acceso a la Información Pública que garantiza el derecho de cualquier persona física o jurídica a reclamar información estatal sin necesidad de justificar su interés en ella.

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El Estado incumple la ley de acceso a información

El País, 11 de julio de 2011 – Pablo Meléndrez

El Estado incumplió en el 58% de los casos en los cuales se le pidió acceso a información pública, según un estudio de una ONG. El trabajo detectó, además, que hay «resistencia» de los funcionarios para cumplir con las solicitudes.

Uruguay cuenta desde 2008 con una ley de Acceso a la Información Pública que garantiza el derecho de cualquier persona física o jurídica a reclamar información estatal sin necesidad de justificar su interés en ella.

La ley, que se aprobó junto a otras dos normas complementarias (las leyes de Protección de Datos Personales y el Sistema Nacional de Archivos), rige para los tres poderes del Estado. Uruguay es el único país del Mercosur que por vía legal asegura el acceso a la información pública.

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Ursec niega información sobre abonados al cable

Portal 180, 09 de julio de 2011

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec) negó al sindicato de trabajadores de la comunicación la información acerca de cuántos abonados tiene cada operador de televisión cable del interior. El sindicato pretende proponer un sistema en el que se les pague una prima por productividad a los empleados, para solucionar el problema de los bajos salarios que reciben. Frente al rechazo de la Ursec, se iniciarán acciones ante el poder judicial.

La ley de Acceso a la Información se creó en 2008 y obliga a los organismos públicos a dar la información requerida por cualquier ciudadano, sin que se justifique la razón del pedido, en un máximo de 20 días, salvo que la información pueda comprometer la seguridad o defensa nacional, o que dañe la estabilidad financiera, económica o monetaria del país. Si el organismo se niega a dar la información, sin una justificación razonable, el paso siguiente es acudir con el pedido al Poder Judicial.

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La Ursec se niega a revelar la cantidad de abonados que declaran empresas de TV cable del interior

 

La Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) y el Centro de Archivos y Acceso a la Información (CAInfo), quieren hacer pública su preocupación por una reciente decisión de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) que negó al sindicato de los trabajadores de la comunicación la información relativa a la cantidad de abonados a la televisión cable que declaran distintas empresas en varias localidades del interior del país.

La URSEC alega que dicha información es confidencial en virtud de que se trata de datos personales amparados por la Ley de  Protección de Datos (18.331), ya que fue recabada con una finalidad distinta a la de hacerla pública.

APU requiere esa información para calcular una prima por productividad que se pagaría a los trabajadores a partir de la cantidad de abonados de cada empresa. Esta informción también debe ser pública, porque se trata de la base de cálculo para el pago del canon por parte de las empresas de televisión para abonados.

 

Ambas organizaciones iniciaran una Acción de Acceso a la Información Pública ante el Poder Judicial ya que no comparten el criterio establecido por el Consejo Directivo de la Ursec. La cantidad de abonados que declara cada empresa no es un dato sensible que afecte la privacidad de ninguna persona, ya que ni siquiera se solicita el nombre de los afiliados.

Se trata simplemente de una información en poder de un organismo del Estado, y este tiene la obligación de hacerlo público cuando se lo solicita cualquier persona física o jurídica, al amparo de la Ley del Derecho de Acceso a la Información Pública.

Es preocupante que el organismo encargado de regular a las empresas de comunicación y proteger a los consumidores, no tenga una política pública de transparencia y obligue a los ciudadanos a acudir a un costoso proceso judicial para acceder a información pública.

 

Por más información por favor contactar a Mariana Mas (cainfo@cainfo.org.uy) o Edison Lanza (edison.lanza@gmail.com)

 

 

07 de julio de 2011