Iniciativa de CAinfo es proyecto de ley

Iniciativa de CAinfo es proyecto de ley

La iniciativa de CAinfo para regular la producción, planificación, contratación y distribución de la publicidad oficial es proyecto de ley. Legisladores del Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado y Partido Independiente firmaron ayer, lunes 10 de agosto, para darle trámite parlamentario.

Los legisladores ya se habían mostrado favorables a la iniciativa de CAinfo el pasado mes de julio, cuando se presentó públicamente. El evento del lunes dará trámite formal y la iniciativa se convertirá en proyecto de ley.

Firmaron Alejandro Sánchez (Frente Amplio), Pablo Abdala (Partido Nacional), Ope Pasquet (Partido Colorado) e Iván Posadas (Partido Independiente). El texto ingresó con una exposición de motivos única.

Allí los legisladores establecen que “en atención a las mejores prácticas y estándares internacionales en materia de libertad de expresión y buena gobernanza, así como para promover un gasto más eficiente de los recursos públicos, resulta necesario aprobar una legislación específica que regule la distribución y asignación de publicidad oficial”.

La iniciativa de CAinfo se sustenta “en principios de publicidad y transparencia de los actos de gobierno, rendición de cuentas, no discriminación y máximo respeto a la libertad de expresión y de información”, señala la exposición de motivos.

Sobre la iniciativa

El artículo 2 considera que la publicidad oficial es una herramienta de los organismos públicos para informar, comunicar y explicar a través de los medios de comunicación social respecto a los servicios que prestan y las políticas públicas que impulsan. La información que transmita la publicidad oficial debe ser veraz, objetiva, clara, transparente, necesaria, oportuna y relevante para la población.

El artículo 4 establece una serie de prohibiciones, como el uso de la publicidad oficial para presionar y castigar o premiar y privilegiar a comunicadores o medios; el uso para fines propagandísticos de los partidos políticos; o incluir la voz, imagen o cualquier otra referencia que individualice a funcionarios políticos que ocupen cargos electivos o de particular confianza en las piezas publicitarias de los organismos públicos.

También prohíbe realizar publicidad oficial durante las campañas electorales, salvo la información emitida por las autoridades electorales en relación a la organización de las elecciones, o en caso de emergencias.

El artículo 6 señala que los organismos públicos tendrán la obligación de publicar en forma completa, permanente y actualizada en su página web diferente tipo de información, como monto presupuestal total destinado a publicidad en todas sus formas, plan de inversión publicitaria aprobado por el organismo y monto de inversión ejecutada.

También se exige transparencia del mercado. Todos los medios de comunicación que reciben publicidad oficial deberán publicar información detallada que dé debida cuenta de los montos y características de la pauta publicitaria oficial recibida, establece el artículo 7. De la misma forma, las agencias de publicidad y centrales de medios deberán publicar información detallada del destino efectivo de los dineros asignados por los organismos públicos contratantes.

El proyecto incluye los criterios y procedimientos que deben adoptarse para la asignación de la publicidad. El principio general para la asignación de publicidad oficial será el procedimiento de licitación pública (artículo 8), mientras que el artículo 9 establece que los criterios para la selección de los medios para difundir a pauta serán, en primer lugar, la relación entre información o campaña y la población objetivo, luego los medios y programas de mayor audiencia, rating, tiraje y lectoría (atendiendo especialmente a los medios de exclusiva producción local) y, finalmente, el precio.

El artículo 10 establece que deberá destinarse al menos un 30% del monto total asignado de la publicidad oficial a medios de comunicación que estén radicados en localidades del interior cuando se trate de publicidad destinada al público general. En el artículo 11 se establece un fondo para la realización de encuestas y estudios tanto a nivel nacional como departamental, para contar con información suficiente y adecuada para una correcta asignación de la pauta oficial.

Vea el anteproyecto de ley completo elaborado por CAinfo.

Legisladores dispuestos a avanzar en regulación legal de la publicidad oficial

Legisladores dispuestos a avanzar en regulación legal de la publicidad oficial

CAinfo presentó ante partidos políticos, integrantes de la sociedad civil y asociaciones empresariales un ante proyecto de ley que busca regular la producción, planificación, contratación y distribución de la publicidad oficial.

La iniciativa, que se presentó este lunes 8 de junio en el foro “Regulación de la publicidad oficial”, fue valorada positivamente por los distintos panelistas. Los participantes coincidieron en destacar la necesidad de avanzar en una regulación legal y la oportunidad política que existe de hacerlo en esta legislatura.

Presentaron la inciativa Martín Prats (presidente CAinfo) y Gustavo Gómez (consultor). Participaron del foro Tania da Rosa (directora de CAinfo), Simone Reperger (directora FESUR, institución que co-organizó el evento), representantes de APU (Asociación de la Prensa del Uruguay), la Coalición por una Comunicación Democrática, así como de RAMI, CORI y OPI, organizaciones de medios del Interior.

Por parte de los partidos políticos, intervinieron los diputados Alejandro Sánchez (Frente Amplio), Pablo Abdala (Partido Nacional), Fitzgerald Cantero (Partido Colorado) e Iván Posadas (Partido Independiente).

A nivel general los legisladores marcaron su coincidencia con el ante proyecto de CAinfo y se comprometieron a trabajar internamente en sus bancadas con miras a habilitar el tratamiento parlamentario.

A su turno, las gremiales de medios del interior destacaron que son poco tenidos en cuenta a la hora de asignar publicidad oficial. Juan Brañas, representante de RAMI señaló que en 2012 los tres canales privados de televisión de Montevideo se llevaron más del 50% de la publicidad oficial.

Sobre el proyecto

El artículo 2 considera que la publicidad oficial es una herramienta de los organismos públicos para informar, comunicar y explicar a través de los medios de comunicación social respecto a los servicios que prestan y las políticas públicas que impulsan. La información que transmita la publicidad oficial debe ser veraz, objetiva, clara, transparente, necesaria, oportuna y relevante para la población.

El artículo 4 establece una serie de prohibiciones, como el uso de la publicidad oficial para presionar y castigar o premiar y privilegiar a comunicadores o medios; el uso para fines propagandísticos de los partidos políticos; o incluir la voz, imagen o cualquier otra referencia que individualice a funcionarios políticos que ocupen cargos electivos o de particular confianza en las piezas publicitarias de los organismos públicos.

También prohíbe realizar publicidad oficial durante las campañas electorales, salvo la información emitida por las autoridades electorales en relación a la organización de las elecciones, o en caso de emergencias.

El artículo 6 señala que los organismos públicos tendrán la obligación de publicar en forma completa, permanente y actualizada en su página web diferente tipo de información, como monto presupuestal total destinado a publicidad en todas sus formas, plan de inversión publicitaria aprobado por el organismo y monto de inversión ejecutada.

También se exige transparencia del mercado. Todos los medios de comunicación que reciben publicidad oficial deberán publicar información detallada que dé debida cuenta de los montos y características de la pauta publicitaria oficial recibida, establece el artículo 7. De la misma forma, las agencias de publicidad y centrales de medios deberán publicar información detallada del destino efectivo de los dineros asignados por los organismos públicos contratantes.

El proyecto incluye los criterios y procedimientos que deben adoptarse para la asignación de la publicidad. El principio general para la asignación de publicidad oficial será el procedimiento de licitación pública (artículo 8), mientras que el artículo 9 establece que los criterios para la selección de los medios para difundir a pauta serán, en primer lugar, la relación entre información o campaña y la población objetivo, luego los medios y programas de mayor audiencia, rating, tiraje y lectoría (atendiendo especialmente a los medios de exclusiva producción local) y, finalmente, el precio.

El artículo 10 establece que deberá destinarse al menos un 30% del monto total asignado de la publicidad oficial a medios de comunicación que estén radicados en localidades del interior cuando se trate de publicidad destinada al público general. En el artículo 11 se establece un fondo para la realización de encuestas y estudios tanto a nivel nacional como departamental, para contar con información suficiente y adecuada para una correcta asignación de la pauta oficial.

Vea el anteproyecto de ley completo elaborado por CAinfo.

¿Cuáles son los estándares internacionales para regular la Publicidad Oficial?

¿Cuáles son los estándares internacionales para regular la Publicidad Oficial?

El periodista Fabián Werner, encargado del área de libertad de expresión de CAinfo, reafirmó la necesidad de regular la publicidad oficial de acuerdo a los estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Entrevistado en el programa «El tiempo no para» de Radio Nacional, Werner expresó que el país debe avanzar hacia una legislación que regule la asignación justa y transparente de la publicidad oficial, de forma tal de evitar que el manejo discrecional de la pauta se convierta en una amenaza al ejercicio pleno del derecho a la libertad de expresión.

En ese sentido recordó que el Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión que CAinfo lanzó en el mes de setiembre, incluye como uno de sus indicadores la asignación arbitraria de publicidad oficial. El primer informe del monitoreo estará disponible en el próximo mes de mayo.

Escuche la entrevista con Fabián Werner.

Entrevista al Periodista Fabián Werner, Encargado del Área de Libertad de Expresión de CAinfo by Radionacional on Mixcloud

Iniciativa de CAinfo para regular publicidad oficial fue bien recibida por legisladores

La publicidad oficial y la libertad de expresión

Lo que está en juego en la polémica por el manejo de la publicidad oficial.

Manejo de la publicidad oficial: “Desde la sociedad civil exhortamos al nuevo gobierno y al nuevo parlamento que surgirán de las próximas elecciones nacionales a abordar el tema a fin de adecuar la legislación nacional a los estándares internacionales como surge de la Convención Americana de Derechos Humanos”, expresa CAinfo (Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública). En un comunicado de prensa que a continuación compartimos CAinfo recuerda que en el año 2009 el Grupo Medios y Sociedad elaboró un anteproyecto de ley, intentando que se regulara esta situación, pero hasta el momento no ha sido aprobado.

Comunicado

La polémica en torno a la política del gobierno en el manejo de la publicidad oficial irrumpió en los últimos días en la agenda pública en el marco de la campaña electoral. Varios candidatos a la Presidencia de la República han cuestionado al gobierno por lo que – afirman- constituye un manejo ilegítimo de la pauta publicitaria estatal con criterio de propaganda electoral. Mientras, desde el oficialismo se ha defendido la gestión de la actual Administración en esta materia, planteando que es legítimo que el gobierno quiera exhibir sus logros en materia de políticas públicas.

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) en conjunto con otras organizaciones sociales ha venido planteando en los últimos años la necesidad de que el país avance en una legislación que regule la asignación justa y transparente de la publicidad oficial, en particular teniendo en cuenta que este recurso público incide fuertemente en el debate público, el sistema de medios y en definitiva en la libertad de expresión.

La adopción de un marco normativo en Uruguay que recoja los estándares internacionales es una materia pendiente en relación a la libertad de expresión. Desde la sociedad civil, en el año 2009 el Grupo Medios y Sociedad elaboró un anteproyecto de ley que pasó por el parlamento sin que fuera aprobado.

De acuerdo a una investigación publicada en 2012 por FESUR, el Estado en su conjunto concentra el 25 por ciento del total de inversión publicitaria a nivel nacional, lo que lo constituye en “el principal inversor publicitario a escala nacional” (Buquet, Lanza y Rabinovich; 2012). De acuerdo a este estudio, la inversión total en publicidad por el Estado Central en el año 2010, incluyendo los gastos generados en la contratación de agencias (un 20%) superaría los 50 millones de dólares.

Es oportuno señalar que dentro del gasto de publicidad oficial también debe tenerse en cuenta el que realizan los gobiernos departamentales, que muchas veces implica una amenaza mayor para la libertad de expresión de medios de comunicación locales que dependen mucho más de esta pauta para su supervivencia. Por esa razón, el posible manejo discrecional de estos dineros públicos puede tener una incidencia mucho mayor en los contenidos periodísticos de medios más vulnerables, particularmente en el interior del país.

Desde la sociedad civil exhortamos al nuevo gobierno y al nuevo parlamento que surgirán de las próximas elecciones nacionales a abordar el tema a fin de adecuar la legislación nacional a los estándares internacionales como surge de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Dado que el manejo discrecional de la pauta publicitaria oficial es considerado como una amenaza al ejercicio pleno del derecho a la libertad de expresión, este es uno de los indicadores incluidos en el Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión que CAinfo lanzó en el mes de setiembre y cuyo primer informe de relatoría se culminará en el próximo mes de mayo.