(Atención: texto actualiza versión anterior del comunicado)

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) tomó conocimiento de una supuesta decisión del Ministerio de Salud Pública (MSP) de declarar “confidencial” la información referente al supuesto avance de la enfermedad conocida como «coronavirus» (Covid-19) en el país. 

Según informó un periodista del diario El País, el MSP negó información sobre cuáles son los modelos matemáticos que utiliza la autoridad sanitaria para calcular cuál será el progreso de los contagios en el territorio nacional. 

El MSP se comunicó con CAinfo para informar que no han declarado formalmente la información solicitada como «confidencial». Se nos comunicó que en el caso que así lo ameritara, se haría de acuerdo a la ley y con fundamentos.

En un momento de emergencia sanitaria como el actual, en el que el país atraviesa una pandemia, es bueno señalar que resulta indispensable que la información de interés público se maneje con absoluta transparencia. Asimismo, cabe recordar que la declaración como «confidencial» o “secreta” de una información en poder del Estado debe estar debidamente fundamentada, mediante una resolución de la autoridad competente, según lo establece la ley 18.381 en sus artículos 8 a 12 (1). 

«Los gobiernos de todo el mundo están obligados, en virtud de las normas de los derechos humanos, a proporcionar información fidedigna en formatos accesibles a todos, prestando especial atención a garantizar el acceso a la información por parte de las personas con acceso limitado a Internet o a aquellas personas en condición de discapacidad a las cuales se les dificulte el acceso», dice una declaración emitida este jueves 19 por los relatores especiales de libertad de expresión de las Naciones Unidas, David Kaye, y de la OEA, Edison Lanza, y el representante para la libertad de los medios de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, Harlem Désir.

«El derecho de acceso a la información significa que los gobiernos deben hacer esfuerzos excepcionales para proteger el trabajo de los periodistas. El periodismo cumple una función crucial en un momento de emergencia de salud pública, en particular cuando tiene por objeto informar al público sobre información crítica y monitorear las acciones del gobierno», agrega la declaración (2).

1- http://www.impo.com.uy/bases/leyes/18381-2008

2- http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=1170&lID=2