Ursec no sancionará a Tenfield, organizaciones recurrirán ante el TCA

Ursec no sancionará a Tenfield, organizaciones recurrirán ante el TCA

El directorio de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec) entendió que Tenfield no violó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, al no habilitar la emisión abierta de los partidos de la selección en el marco de la Eliminatoria para el Mundial de Rusia 2018, discrepando con la opinión de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

Gustavo Gómez, director del Observatorio Latinoamericano de Regulación de Medios y Convergencia, dijo que la ley dice textualmente que la gente tiene derecho a recibir gratuitamente la transmisión de los partidos de la selección jugados en «instancias clasificatorias» a torneos internacionales, como las eliminatorias a Rusia 2018. Así, sin excepciones.

Sin embargo, Ursec interpreta que la ley dice que sólo deberán transmitirse las instancias finales para esa clasificación. Es decir, «aquellos partidos que de perderlos el equipo nacional provocaría que la selección no participe del Mundial porque no quedan otras chances o aquellos que, de registrarse la victoria, aseguren la participación en el torneo».

En ese sentido, Gómez dijo a De Ocho a Diez que si el Estado omite la protección de los derechos y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, van a reclamar ante justicia y, eventualmente, a nivel internacional.

Y, adelantó, que como primer paso la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAInfo) y el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) recurrirán la decisión de la Ursec ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).

Escuche informe de Radio Uruguay:

Institución de Derechos Humanos recomienda sancionar a Tenfield por no respetar ley de comunicación audiovisual

Institución de Derechos Humanos recomienda sancionar a Tenfield por no respetar ley de comunicación audiovisual

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) pidió que se adopten medidas sancionatorias contra la empresa Tenfield por negarse a transmitir en televisión abierta los partidos de la selección uruguaya de fútbol en las Eliminatorias, tal como establece la ley de servicios de comunicación audiovisual.

En una resolución emitida este martes 10 de noviembre, la INDDHH entiende que las disposiciones del artículo 38 y 39 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ley N° 19.307) “son claros”, y, por lo tanto, los partidos de la selección uruguaya de fútbol en las eliminatorias “deben ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto, en directo y simultáneo”.


La resolución surge luego de que el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública, el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay y la Asociación de Prensa Uruguaya denunciaran ante la INDDHH que el primer partido de las Eliminatorias no fue televisado en abierto.

Tras la denuncia, el 13 de octubre la INDDHH emitió una resolución urgente pidiendo a la empresa Tenfield que habilite la transmisión en abierto del partido que se disputaba ese dìa contra Colombia, por la segunda fecha de las Eliminatorias. Sin embargo, la empresa volvió a negarse y el partido se pudo ver sólo en televisión para abonados.

En esta nueva resolución, la INDDHH reafirma que ley de servicios de comunicación audiovisual se encuentra vigente por más que el Poder Ejecutivo no la haya reglamentado. “Las leyes son obligatorias en virtud de su promulgación por el Poder Ejecutivo y por lo tanto ejecutables en el territorio nacional una vez cumplido con el requisito de promulgación”, señala la institución.

El organismo también rechaza el otro argumento ofrecido por la empresa Tenfield, respecto que la ley se encuentra a estudio de la Suprema Corte de Justicia tras la impugnación de algunas empresas. Ante esto, la INDDHH recuerda que “la existencia de acciones de inconstitucionalidad aún sin resolver no tiene ningún efecto suspensivo en la aplicación de una ley tal cual ha sido promulgada”.

En definitiva, la Institución recomienda a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) que “adopte medidas sancionatorias que corresponden en aplicación de lo previsto en la Ley N° 19.307 o las que en el marco de sus competencias considere pertinentes”.

Vea la resolución.

Sociedad Interamericana de Prensa presenta informe sobre libertad de expresión en Uruguay

Sociedad Interamericana de Prensa presenta informe sobre libertad de expresión en Uruguay

En este período la mayor preocupación para la libertad de expresión recae en el manejo bajo estricta reserva que viene haciendo el Ministerio del Interior sobre el Guardián, un sistema de vigilancia electrónica adquirido a una empresa brasileña a través de una compra directa de US$ 2 millones.

El software multiplica la capacidad de interceptación de comunicaciones que tiene la Policía. Con él se puede acceder de forma simultánea a 800 celulares y 200 teléfonos fijos; también habilita a crear cuentas espejo de hasta 100 suscripciones de e-mails y el monitoreo de hasta tres redes sociales. El sistema unificaría las escuchas telefónicas que actualmente realizan 22 dependencias del Ministerio del Interior, y permite cruzar información y reconocer automáticamente palabras clave en las conversaciones.

Los esfuerzos del Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo), primero a través de la ley de Acceso a la Información y —tras su fracaso—, para lograr que la Justicia obligue al Ministerio del Interior a explicar el funcionamiento del programa, su alcance y, sobre todo, los controles y garantías para que las informaciones así recabadas no puedan ser usadas de manera arbitraria, chocaron con la negativa de la autoridad. Finalmente, la Justicia rechazó el pedido entendiendo que lo relativo al funcionamiento del Guardián se encuentra “claramente cubierto por el secreto”.

En cuanto a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, más conocida como Ley de Medios sancionada a fines de la pasada administración, el nuevo presidente de la República, Tabaré Vázquez, que asumió en marzo, ha cumplido con su anuncio de no proceder a reglamentarla mientras se sustancian ante la Suprema Corte de Justicia unos 18 reclamos de inconstitucionalidad.

El 9 de marzo, el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública se presentó ante la Justicia en virtud de que el Ministerio del Interior, vencidos todos los plazos, no había respondido a su pedido de información sobre el Guardián, de acuerdo a disposiciones legales. En la demanda ante la sede de primer turno del Contencioso Administrativo, a la que accedió El País, CAinfo sostiene que “las leyes deben asegurar que el público pueda acceder a información sobre los programas de vigilancia de comunicaciones privadas, su alcance y los controles existentes para garantizar que no pueden ser usados de manera arbitraria. En consecuencia, los Estados deben difundir, por lo menos, información relativa al marco regulatorio de los programas de vigilancia, los órganos encargados para implementar y supervisar dichos programas, los procedimientos de autorización, de selección de objetivos y manejo de datos, así como información técnica sobre el uso de estas técnicas, incluidos datos agregados sobre su alcance”.

Considera que no puede “admitirse” una clasificación genérica de toda la información relativa a El Guardián que impida, nada más y nada menos, que el escrutinio público sobre los sistemas de vigilancia de telecomunicaciones que empleará el Estado. Ello constituiría una violación flagrante de los derechos humanos a la información y participación ciudadana e implicaría desconocer todos los estándares y garantías en materia de clasificación de información pública”.

CAinfo advierte que la experiencia internacional indica que este tipo de plataforma tecnológica “engloba un riesgo muy alto para la privacidad de las personas y se ha prestado a abusos sobre la población”.

El Tribunal de Apelaciones, que ratificó la sentencia de primera instancia, sostuvo que la información requerida se encuentra “claramente cubierta por el secreto”, que incluso la compra del sistema se difundió incidentalmente y que su confidencialidad responde a razones de seguridad y protección de los derechos de los habitantes.

El 12 de junio, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) condenó las amenazas del empresario Carlos Bustin al semanario Búsqueda a raíz de un reportaje que involucra a la Presidencia de la República del país suramericano.

El 18 de junio, el Centro de Archivo y Acceso a la Información informó que registró 37 amenazas a la libertad de expresión, de los cuales 15 casos no fueron denunciados; 17 fueron denunciados a través de la prensa; 4 fueron objeto de denuncia policial y uno ante la justicia. Un 40% de estos casos se registró en Montevideo y el resto en el interior.

La metodología más usada para amenazar es la demanda judicial; además se registra hostigamiento físico, amenaza y obstrucción de la labor periodística.

El 1 de julio, ante la Comisión de Seguridad del Senado de la República, el Director Nacional de Policía, Julio Guarteche aseguró que en una investigación sobre un caso de secuestro de una médica ginecóloga, dispondría de la detención de periodistas porque estaban acosando y presionando a investigadores, a lo que calificó de “violencia privada”.

El 31 de julio, el diario El Telégrafo de Paysandú, con loable inquietud periodística, usó un dron para fotografiar desde el aire un galpón que se derrumbó en la planta de Alcoholes del Uruguay (Alur) vinculada a Ancap, ente monopólico de los combustibles en el Uruguay. Las fotos mostraron la gravedad del derrumbe en una construcción denunciada por sus sobre costos y que no luce demasiado sólida a pesar de lo invertido en ella.

La empresa, que no había informado oficialmente del accidente, denunció al periódico por el uso del aparato con fines periodísticos, concitando la denuncia y el apoyo de la SIP para el periódico.

CAinfo lanza web para monitoreo de situación de la salud en Uruguay

CAinfo lanza web para monitoreo de situación de la salud en Uruguay

En el marco de las distintas acciones desarrolladas por el Día del Saber, el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) lanzó una nueva página web para el monitoreo de la situación del derecho a la salud en Uruguay. El sitio se encuentra disponible en www.salud.org.uy.

Este 28 de setiembre se festejó el Día Internacional del Derecho a Saber. Esta fecha se celebra con el propósito de reconocer la importancia del derecho de acceso a la información pública como elemento esencial de la vida democrática.

Nueva web de monitoreo en salud Uruguay

La web es una herramienta que sistematizará datos sobre salud en posesión de organismos públicos y los informes y recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos en tres áreas concretas: política de atención a la salud mental, acceso a la atención a la salud de las personas con discapacidad, y salud sexual y reproductiva de las mujeres.

Además, el sitio funcionará como repositorio del marco legal vigente y permitirá visualizar las solicitudes de información pública realizada por diversas organizaciones de la sociedad civil con las que se está trabajando en el marco del proyecto y las respuestas de los organismos públicos para cada una de las áreas.

La iniciativa forma parte del proyecto regional “Información para la Acción” que busca avanzar en la exigibilidad del derecho a la salud a través del derecho de acceso a la información pública. El proyecto se viene implementando simultáneamente en Argentina  y Uruguay y es coordinado por CAinfo y ACIJ con el apoyo del programa Human Rights Initiative de Open Society Foundations.

Se trabaja sobre tres ejes de intervención o áreas dentro del monitoreo en salud:

En Política Pública para la atención de la Salud mental. CAinfo desarrolla un trabajo conjunto con el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) y la Asamblea Instituyente por salud mental, desmanicomialización y vida digna. Esta alianza busca recabar información que permita conocer y documentar la situación de las personas con padecimientos psiquiátricos que están internadas en los distintos centros y colonias. Además, se busca profundizar en algunos aspectos tales como la atención primaria, el derecho a la atención integral y el derecho a la integración en la comunidad.

En Salud sexual y reproductiva de las mujeres en Uruguay. CAinfo trabaja junto a Mujer y Salud en Uruguay (MYSU) para mejorar el acceso a la información pública sobre salud sexual y reproductiva. En el marco de esta iniciativa MYSU presentó solicitudes de acceso a la información a diversos organismos con el objetivo de mapear la información disponible, e identificar vacíos de información.

En Acceso a la atención a la salud de las Personas con discapacidad. CAinfo trabaja junto al Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo (iiDi) en la generación de un diagnóstico sobre el acceso de las personas con discapacidad a la información sobre salud. En este marco diversas organizaciones que trabajan en la temática de la discapacidad participaron de un taller de formación en acceso a la información pública, luego del cual, realizaron solicitudes a distintos organismos.

En el marco de esta iniciativa se han requerido más de 200 datos a través de 13 solicitudes de acceso a la información pública al amparo de la ley 18.381. Las respuestas que han sido entregadas se están sistematizando y serán disponibilizadas en el sitio en las próximas semanas.

El acceso a la información requerida resulta fundamental para habilitar condiciones de monitoreo social sobre las diversas temáticas que el proyecto aborda, en tanto, la información es un prerrequisito para el ejercicio y la exigibilidad de otros derechos y la participación ciudadana.

Cadenas Nacionales en radio y televisión: cómo es la regulación en América Latina

Cadenas Nacionales en radio y televisión: cómo es la regulación en América Latina

Las cadenas nacionales es una herramienta comunicacional que permite a los gobiernos usar los medios de comunicación para transmitir a la población información de trascendencia pública. Sin embargo, la posibilidad de que éstos hagan uso abusivo de esta herramienta pone de manifiesto la necesidad de que haya regulación clara al respecto. ¿Cómo es la situación en América Latina?

El informe “Cadenas Nacionales” de la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, una coalición de organizaciones de la sociedad civil de las Américas que integra CAinfo, aborda temas claves para entender este fenómeno. ¿Cuántos países tienen reguladas las cadenas de radiodifusión? ¿La regulación es de rango constitucional, legal o sublegal? ¿Cuántas cadenas se han implementado en el último tiempo? ¿Existe la necesidad de justificar las cadenas? ¿Qué medios están obligados a transmitir? ¿Está regulado cuánto tiempo tiene que durar?

En el caso de América del Sur, se observa que Argentina, Uruguay, Bolivia, Ecuador, Colombia y Venezuela tienen legislación que regula las cadenas nacionales; Brasil, Paraguay y Chile regulación en casos específicos (campañas electorales, catástrofes, seguridad nacional, etc); en tanto, Perú no tiene ningún tipo de regulación en este sentido.

Cadenas Nacionales(2)

Vea el informe.