CAinfo y APU solicitan a URSEC que revea su posición

CAinfo y APU solicitan a URSEC que revea su posición

Con motivo de los partidos de la selección de Uruguay ante Argentina y Paraguay por las Eliminatorias para el Mundial 2018, CAinfo y la gremial de trabajadores de la prensa APU, se reunirán hoy con el presidente de URSEC, Ing. Gabriel Lombide, para reclamar un cambio en la posición del organismo en relación a la transmisión de estos eventos, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Como se recordará, ante denuncia presentada por la no transmisión del partido de Uruguay contra Bolivia, la Institución Nacional de Derechos Humanos concluyó que hubo una violación a la LSCA, pero la URSEC quien tiene potestad de sancionar a los infractores, discrepó con esas posición desestimando el reclamo.

Para URSEC los artículos 38, 39 y 40, que reconoce el derecho de la población a recibir en TV abierta y gratuita, determinados eventos de interés general eran inconstitucionales, compartiendo las impugnaciones que varias empresas realizaron ante la Suprema Corte de Justicia. Esta decisión fue tomada en febrero de 2016, antes del primero de los fallos de nuestro máximo Tribunal al respecto.

Justamente el escrito que CAinfo y APU presentarán hoy, reclama un cambio en esa posición a la luz de las diversas sentencias ya emitidas por la Suprema Corte, que han desechado expresamente la inconstitucionalidad de tales artículos (salvo el inciso referido a la definición de eventos no establecidos expresamente en la norma), que incluyen los partidos de la selección uruguaya de fútbol en instancias clasificatorias y la obligación de entregar la señal a TNU para su retransmisión a todo el país, en el caso de que no haya otro operador de TV abierta que lo trasmita.

Despejada la duda sobre la constitucionalidad de la transmisión en abierto de los partidos de la selección uruguaya, en instancias clasificatorias como en este caso, corresponde que URSEC instrumente todas las medidas para que no se viole el derecho de la población ante la realización de los partidos de Uruguay ante Argentina (previsto para mañana jueves 1° de setiembre) y ante Paraguay (el 6 de setiembre).

Nuevos elementos en denuncia ante URSEC por compra irregular de radios en Colonia

Nuevos elementos en denuncia ante URSEC por compra irregular de radios en Colonia

Nuevos elementos en relación a la denuncia presentada el 24 de marzo de este año sobre la grave, manifiesta y continuada ilegalidad en que se encuentran las emisoras Radios Colonia y FM Mágica del departamento de Colonia.

Estamos en conocimiento que el Sr. Hadad ha solicitado a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) suspender el trámite de transferencia de Radio Colonia que esta persona había iniciado en enero de 2015.

Más allá de la notoria situación irregular de la emisora, esta decisión ha puesto en evidencia que el Sr. Hadad aún no ha acreditado ante el organismo regulador que cumple con los requisitos mínimos para ser titular de esta o cualquier otro servicio de comunicación audiovisual en el territorio nacional.

URSEC ha constatado la ausencia de documentación que compruebe que el Sr. Hadad tiene ciudadanía uruguaya vigente o que vive permanentemente en Uruguay algo que, por otra parte, es de pública notoriedad. Por esta razón se le otorgó un plazo de 10 días hábiles para subsanar esta irregularidad, el cual se ha vencido sin que el interesado o sus representantes comparecieran a agregar la información requerida.

Los requisitos establecidos en nuestra legislación incluyen “ser ciudadanos naturales o legales, en ejercicio de la ciudadanía” y “estar domiciliados real y permanentemente en la República y preferentemente en la localidad donde se prestará el servicio. Las ausencias reiteradas o prolongadas del país constituirán salvo justificación adecuada al respecto- presunción de carencia de domicilio real y permanente en la República, lo que dará mérito a que el Consejo de Comunicación Audiovisual gestione ante el Poder Ejecutivo la revocación de las autorizaciones o licencias concedidas”, según surge literalmente de los artículos 104 (lit. A y B) y 106 (lit. C) de la Ley N°19.307 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Sin perjuicio de la necesidad de aplicar sanciones a los actuales titulares por las razones esgrimidas en la denuncia presentada, corresponde a la URSEC rechazar la solicitud de transferencia, por incumplimiento de la normativa vigente.