Iniciativa de CAinfo es proyecto de ley

Iniciativa de CAinfo es proyecto de ley

La iniciativa de CAinfo para regular la producción, planificación, contratación y distribución de la publicidad oficial es proyecto de ley. Legisladores del Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado y Partido Independiente firmaron ayer, lunes 10 de agosto, para darle trámite parlamentario.

Los legisladores ya se habían mostrado favorables a la iniciativa de CAinfo el pasado mes de julio, cuando se presentó públicamente. El evento del lunes dará trámite formal y la iniciativa se convertirá en proyecto de ley.

Firmaron Alejandro Sánchez (Frente Amplio), Pablo Abdala (Partido Nacional), Ope Pasquet (Partido Colorado) e Iván Posadas (Partido Independiente). El texto ingresó con una exposición de motivos única.

Allí los legisladores establecen que “en atención a las mejores prácticas y estándares internacionales en materia de libertad de expresión y buena gobernanza, así como para promover un gasto más eficiente de los recursos públicos, resulta necesario aprobar una legislación específica que regule la distribución y asignación de publicidad oficial”.

La iniciativa de CAinfo se sustenta “en principios de publicidad y transparencia de los actos de gobierno, rendición de cuentas, no discriminación y máximo respeto a la libertad de expresión y de información”, señala la exposición de motivos.

Sobre la iniciativa

El artículo 2 considera que la publicidad oficial es una herramienta de los organismos públicos para informar, comunicar y explicar a través de los medios de comunicación social respecto a los servicios que prestan y las políticas públicas que impulsan. La información que transmita la publicidad oficial debe ser veraz, objetiva, clara, transparente, necesaria, oportuna y relevante para la población.

El artículo 4 establece una serie de prohibiciones, como el uso de la publicidad oficial para presionar y castigar o premiar y privilegiar a comunicadores o medios; el uso para fines propagandísticos de los partidos políticos; o incluir la voz, imagen o cualquier otra referencia que individualice a funcionarios políticos que ocupen cargos electivos o de particular confianza en las piezas publicitarias de los organismos públicos.

También prohíbe realizar publicidad oficial durante las campañas electorales, salvo la información emitida por las autoridades electorales en relación a la organización de las elecciones, o en caso de emergencias.

El artículo 6 señala que los organismos públicos tendrán la obligación de publicar en forma completa, permanente y actualizada en su página web diferente tipo de información, como monto presupuestal total destinado a publicidad en todas sus formas, plan de inversión publicitaria aprobado por el organismo y monto de inversión ejecutada.

También se exige transparencia del mercado. Todos los medios de comunicación que reciben publicidad oficial deberán publicar información detallada que dé debida cuenta de los montos y características de la pauta publicitaria oficial recibida, establece el artículo 7. De la misma forma, las agencias de publicidad y centrales de medios deberán publicar información detallada del destino efectivo de los dineros asignados por los organismos públicos contratantes.

El proyecto incluye los criterios y procedimientos que deben adoptarse para la asignación de la publicidad. El principio general para la asignación de publicidad oficial será el procedimiento de licitación pública (artículo 8), mientras que el artículo 9 establece que los criterios para la selección de los medios para difundir a pauta serán, en primer lugar, la relación entre información o campaña y la población objetivo, luego los medios y programas de mayor audiencia, rating, tiraje y lectoría (atendiendo especialmente a los medios de exclusiva producción local) y, finalmente, el precio.

El artículo 10 establece que deberá destinarse al menos un 30% del monto total asignado de la publicidad oficial a medios de comunicación que estén radicados en localidades del interior cuando se trate de publicidad destinada al público general. En el artículo 11 se establece un fondo para la realización de encuestas y estudios tanto a nivel nacional como departamental, para contar con información suficiente y adecuada para una correcta asignación de la pauta oficial.

Vea el anteproyecto de ley completo elaborado por CAinfo.

Senadores acuerdan mejoras al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Senadores acuerdan mejoras al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

La bancada de Senadores del Frente Amplio (FA) acordó votar el proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) con dos cambios clave: el organismo encargado de aplicar la ley será independiente del Poder Ejecutivo y las sanciones graves se resolverán en la justicia.

Ambos aspectos fueron reclamados tanto desde organismos internacionales como desde la sociedad civil uruguaya, especialmente la Coalición por una Comunicación Democrática (CCD). En dos comparecencias al Senado, la CCD había advertido que otorgar las tareas de control y aplicación de la ley a un organismo que depende directamente de Presidencia, como lo es la Unidad Reguladora de los Servicios en Comunicaciones (URSEC), debilita seriamente el proyecto y no cumple los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.

En diciembre del año pasado la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto incluyendo un cambio relevante al texto enviado por el Poder Ejecutivo: eliminó el órgano de aplicación independiente y derivó la tarea a este organismo tras considerar la imposibilidad constitucional de crear cargos 12 meses antes de las elecciones nacionales.

Sin embargo, tras propuesta de la sociedad civil, la bancada del FA aceptó crear el organismo y dejar en suspenso los cargos para luego que caiga la prohibición constitucional. Por lo tanto, se restituyen las tareas del Consejo de Comunicación Audiovisual tal como estaban previstas en el proyecto original.

Otro de los cambios refiere al mecanismo aplicable en caso de que los medios incurran en violaciones a la ley y deban aplicarse sanciones graves, que pueden llegar hasta lla revocación de licencia para transmitir.

El proyecto original delegaba a los cinco miembros del órgano de aplicación de la ley la facultad de decidir pero con la nueva redacción será la justicia civil quien se expida en estos casos. La modificación busca otorgar las mayores garantías ante posibles arbitrariedades o presiones a los medios.

Según trascendió en las últimas horas se prevé que el proyecto pase al plenario de la Cámara de Senadores en el mes de junio para su aprobación. Una vez aprobado deberá regresar nuevamente a Diputados y antes de julio podría recibir sanción definitiva.

La CCD celebra esta noticia y confía en que, tal como han señalado los relatores especiales para la libertad de expresión de la ONU, Frank La Rue, y de la OEA, Catalina Botero, la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se constituya en un gran avance para la democratización del sistema de medios de comunicación en el Uruguay así como una garantia para el efectivo ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Cainfo participa en el informe artículo XIII de la Alianza Regional

Cainfo participa en el informe artículo XIII de la Alianza Regional

Por: Karina Banfi
Alianza Regional por la Libre Expresión e Información
Secretaria Ejecutiva

ARTíCULO XIII es una colección de informes regionales de la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, cuyo primer documento trata sobre la regulación de medios en Latinoamérica. Un documento innovador y completo sobre el estado de situación de la libertad de expresión en las Américas que se presenta el día 3 de Mayo, «Día Mundial de la Prensa».
La Alianza Regional es una red que reúne 22 organizaciones no gubernamentales de 19 países de las Américas, cuyo objetivo principal es fortalecer las capacidades y conocimientos de las organizaciones miembros para realizar intervenciones tendientes a mejorar las condiciones de libertad de expresión y acceso a la información en sus países.
Esta red se creó como un mecanismo de interrelación entre la sociedad civil, los organismos internacionales y los gobiernos latinoamericanos. La Alianza Regional se constituyó como un foro de la sociedad civil para debatir los logros y los obstáculos en la libertad de la expresión y el acceso a la información pública. Hoy es un punto de encuentro para analizar las experiencias exitosas y las lecciones aprendidas, a fin de proponer y recomendar estrategias y metodologías comunes para investigar, defender y promover la libertad de la expresión e
información en la región.
En esta oportunidad, presentamos el resultado de un esfuerzo conjunto y coordinado, para mostrar el estado actual del acceso a la información en los países en los que actúan. Estamos convencidos de que la acción colectiva y el apoyo mutuo son una herramienta clave para avanzar en la defensa de la libertad de expresión. Este primer informe regional integra los trabajos elaborados por los miembros, Detalla situaciones específicas que experimentan las organizaciones en cada uno de sus países. Contiene la diversidad de sus opiniones en base a su experiencia y conocimiento en el ejercicio de la promoción, implementación y defensa del derecho a la libertad de expresión.
Este informe se propone proveer de datos precisos que sirvan para tomar conciencia del desarrollo del derecho en nuestros países, y de lo que aún resta recorrer. Encontrarán documentos por países que trabaja la red y se mantuvo las especialidades, contenidos y puntos de vista de cada uno de los miembros para su tratamiento.

Por lo tanto, en materia de regulación de medios de comunicación, la Alianza Regional cumple el rol de difundir información y retroalimentarse entre sus miembros para facilitarles los procesos de inclusión y de participación. Los medios de comunicación son instrumentos para el ejercicio de la opinión y pensamiento y difusión de ideas. En caso de regularse el funcionamiento de los medios de comunicación, no podría provocar restricciones en el debate de la diversidad de opiniones y el ejercicio del derecho a expresarse libremente. Por lo tanto, el rol que toma el Estado es de proteger el pluralismo de opiniones y circulación de información como parte de los principios necesarios para el respeto del derecho de la libre expresión. Queremos agradecer la participación de todas las organizaciones miembros que aportaron su análisis de la realidad local y su conocimiento específico sobre la materia.

Ley SCA uruguaya: un modelo para la región

Ley SCA uruguaya: un modelo para la región

RSF Américas, 12 de diciembre de 2013.

Reporteros sin Fronteras celebra que la Cámara de Representantes haya aprobado –con 50 votos a favor y 35 en contra– la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) el 10 de diciembre de 2013. La organización reafirma su apoyo a esta ley, que considera un modelo para la región.

“La LSCA ofrece garantías importantes en lo que se refiere a la desconcentración del espacio de difusión y a una distribución más equitativa de las frecuencias, sin que se pretenda controlar los contenidos o ejercer presiones en la línea editorial de los medios de comunicación públicos, privados o comunitarios. Este marco general será debatido por el Senado en marzo de 2014, según se tiene previsto”, señaló Reporteros sin Fronteras.

Reporteros sin Fronteras, el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ) y Human Rights Watch realizaron una visita conjunta a Montevideo a inicios de octubre pasado (foto exterior) en la que sugirieron algunas modificaciones al documento inicial de la ley. La mayoría de estas propuestas se incluyeron en la versión de la ley aprobada por los diputados el 10 de diciembre.

Una de las principales modificaciones tiene que ver con la prohibición a los medios de comunicación de difundir contenidos de carácter racista, discriminatorio o que inciten al odio. En nombre de la libertad de informar, este punto se aclaró con una nueva formulación que especifica la prohibición de contenidos que “hagan apología” o “inciten explícitamente” a la violencia contra un grupo de individuos o de la población debido a su origen, género, orientación sexual, edad, etc. “En ningún caso estas pautas deben interpretarse como una imposibilidad de informar, analizar y discutir, en particular durante programas educativos, informativos y periodísticos, sobre situaciones de violencia, sus causas o sus repercusiones en materia de seguridad ciudadana u otros abordajes sobre la realidad uruguaya”, precisa la ley ahora.

Siguiendo la misma lógica, se revisaron las cláusulas relativas a la protección de los derechos de los niños y la difusión de ciertos contenidos violentos, para que éstas no perjudiquen la información considerada de interés general. En este caso, se hará una advertencia previa al público. No obstante, los diputados no aprobaron que se pusiera un límite de ocho horas anuales a los mensajes difundidos en cadena nacional (cadenas), propuesto por ONG y aceptado en octubre pasado por la Presidencia de la República. Finalmente, en lo que concierne al maná de la publicidad oficial asignada a los medios de comunicación, que asciende a unos 85 millones de dólares al año, los representantes se pronunciaron por un proyecto de ley paralelo. Sin anticipar juicios sobre el método, Reporteros sin Fronteras desea que se vote una verdadera regulación sobre este punto crucial.

Consejo en suspenso

¿Quién velará por la buena aplicación de la LSCA? La ley estipula la creación de un Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), una autoridad independiente. Pero de momento esto no será posible, pues la Constitución uruguaya prohíbe crear nuevos cargos públicos un año antes de las elecciones nacionales (presidenciales y legislativas) y la primera vuelta de estos comicios tendrá lugar el 26 de octubre de 2014.

Los representantes del Frente Amplio (izquierda, partido mayoritario) finalmente decidieron que esta responsabilidad recayera en la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (Ursec), organismo técnico que depende del Poder Ejecutivo, aunque éste no está de acuerdo. Aún queda una pregunta: si la Ursec no ofrece las garantías necesarias para que se aplique la LSCA, ¿habrá que esperar el fin de las elecciones para que ésta entre al fin en vigor? ¿Cual organismo independiente asumirá la nueva regulación? El debate en el Senado deberá responder a estas cuestiónes.

El Presidente de la República se ha mostrado dispuesto a buscar una solución para el tema de la creación del CCA en el Senado.