Operadores del sistema judicial y periodistas debatieron sobre libertad de expresión

Operadores del sistema judicial y periodistas debatieron sobre libertad de expresión

Periodistas y actores del sistema judicial se reunieron en un seminario organizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y Unesco para intercambiar y debatir sobre los derechos de libertad expresión y acceso a la información pública.

La actividad fue apoyada y se desarrolló en el Centro de Formación de la Cooperación Española en Montevideo, los días 11 y 12 de mayo.

La mesa de apertura contó con la participación del Sr. Embajador de España en Uruguay, Roberto Varela; el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique; el fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Jorge Díaz; el consejero de comunicación e información de la Unesco para el Mercosur, Guilherme Canela; y el Presidente del Consejo Directivo de CAinfo, Martín Prats.

El Embajador de España en Uruguay, Roberto Varela, abrió el seminario dando la bienvenida a los asistentes: “para el Centro de Formación es un honor acompañarles en el desafío de contribuir a la formación de operadores y operadoras del sistema judicial en materia de estándares relacionados con la libertad de expresión y el derecho a la información pública”.

Por su parte, Guilherme Canela de Unesco señaló la importancia del seminario en una realidad donde dos actores claves de la democracia, como el Poder Judicial y el periodismo, “no tienen la costumbre de dialogar entre ellos”.

En este sentido, Canela recordó que en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas se proponen un conjunto de metas que ponen en el mismo espacio al Poder Judicial y el acceso a la información pública y la protección de periodistas.

“Con este espíritu nosotros desde la Unesco queremos cooperar con los sistemas de justicia para que haya un acercamiento con la prensa, pero también que haya un acercamiento con la temática de la libertad de expresión y el acceso a la información pública”, señaló Canela.

Por su parte, el fiscal de Corte Jorge Díaz hizo hincapié en la importancia de trabajar en cómo se relacionan los operadores del sistema judicial con los periodistas. Díaz aseguró que “los medios masivos llegaron hace tiempo a la puerta de los juzgados para quedarse. Y quien no acepte esa realidad está negando la existencia de algo que es así”.

Díaz destacó el valor de realizar un seminario de estas características en la medida que los operadores del sistema de justicia tienen que relacionarse con los medios de comunicación para que la información se transmita correctamente al ciudadano, «que es en última instancia el destinatario del mensaje».

El Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique, se manifestó en el mismo sentido: “Creo que estos encuentros son importantes y esenciales porque tenemos que entendernos quienes estamos en la peripecia judicial con quienes están en la peripecia de los medios y de la información”.

Por último, el ministro Pérez Manrique alentó a seguir trabajando en estos temas: “No cabe ninguna duda que independencia e imparcialidad de los Poderes Judiciales; e independencia y autonomía de los medios de comunicación para asegurar la libertad de expresión e información de todos los ciudadanos, son dos elementos imprescindibles para la vigencia del estado de derecho, democrático y social como lo queremos”.

Las dos jornadas continuaron con un talleres de acceso a la información pública, privacidad y datos personales, libertad de prensa y ley penal, y libertad de expresión e internet (a cargo de Moises Sánchez de la Alianza para la Libertad de Expresión e Información).

Centro de Acceso

El seminario también sirvió de marco para la presentación del sitio web Centro de Acceso (www.centrodeacceso.org.uy). La nueva plataforma ofrece una amplia base de datos con documentos relativos a la libertad de expresión y prensa, radiodifusión, internet y acceso a la Información pública.

El Presidente del Consejo Directivo de CAinfo, Martín Prats, señaló que la página está pensada para que sea un instrumento de trabajo y de consulta útil para todos los actores del sistema judicial. “Buscamos que utilicen la página y que nos proporcionen información para que esté incluída allí”, señaló Prats ante jueces y fiscales presentes.

Matías Jackson de CAinfo destacó que en la base de datos se puede encontrar doctrina, informes internacionales, sentencias de tribunales nacionales e internacionales, entre otros materiales.

“El uso de la base se buscó hacer lo más simple posible de manera que desde una tablet, celular o una computadora se puede navegar por el sitio y encontrar los documentos”, señaló Matías Jackson.

El Centro de Acceso es una iniciativa de CAinfo con el apoyo de Unesco.

Violencia contra mujeres: OEA pide garantizar acceso a la información

Violencia contra mujeres: OEA pide garantizar acceso a la información

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA emitió un informe adviertiendo que existen «deficiencias en la disponibilidad» por parte de los Estados en el acceso a la información pública respecto a la violencia y discriminación contra las mujeres.

El informe “Acceso a la información, violencia contra las mujeres y la administración de justicia en las Américas” advierte que el incumplimiento por parte de los Estados de las obligaciones de respeto y garantía del derecho acceso a la información para las mujeres puede ocasionar diversas vulneraciones a sus derechos a vivir libres de violencia y discriminación.

La CIDH recuerda que el derecho de acceso a la información pública recae sobre la información que está bajo poder del Estado, pero también sobre aquella información que el Estado está obligado a producir.

El acceso a la información pública debe regirse por el principio de máxima divulgación, recuerda el informe. Según este principio, la transparencia y el acceso a la información son la regla general, y las restricciones deben ser la excepción.

Respecto al tema del informe, la Comisión establece que «el acceso a la información es un requisito esencial para que las mujeres que se encuentran bajo el riesgo de sufrir actos inminentes de violencia puedan acceder a los mecanismos de protección»».

Sin embargo, la CIDH ha constatado en diversas oportunidades la existencia de «deficiencias en la disponibilidad, calidad e integridad de la información pública sobre violencia y discriminación contra las mujeres». Incluso, en aquellos Estados que cuentan con mecanismos institucionalizados para la recopilación, procesamiento y producción de información sobre este tema, muchas veces la difusión de dicha información resulta insuficiente.

Ante esta situación, el organismo de la OEA puntualiza que los Estados deben recopilar datos y producir estadísticas como mecanismo fundamental para el diseño y evaluación de las políticas públicas y programas de prevención, atención y protección frente a la violencia y la discriminación.

Vea el informe.

CIDH advierte por situación dispar en la región de organismos encargados de controlar acceso a la información

CIDH advierte por situación dispar en la región de organismos encargados de controlar acceso a la información

Ya son más de 20 los países de la región que han aprobado leyes de acceso a la información pública. Sin embargo, no todas las instituciones encargadas de implementar y hacer cumplir estas leyes respetan los estándares interamericanos, advierte en su último informe la Relatoría para la Libertad Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En la última década 22 países del hemisferio han adoptado leyes para garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Para implementar y aplicar las leyes de acceso a la información de manera eficiente, idónea y adecuada, varios países de la región han creado mecanismos institucionales de supervisión.

La existencia de este tipo de mecanismos es clave tanto para hacer efectiva la implementación de las leyes de acceso a la información, asi como para satisfacer el derecho que tienen las personas de contar con un recurso de revisión sencillo, expedito y efectivo, ante la negativa a entregar información.

Las instituciones que se han creado en la región para garantizar la implementación y cumplimiento del derecho de acceso a la información tienen diseños institucionales y características poco uniformes y no todos cumplen con los estándares interamericanos en cuanto a su independencia, autonomía y poder para resolver controversias.

Una serie de países han creado organismos especializados en el cumplimiento del derecho a la información dotados de autonomía e independencia. En otros casos, se han nombrado comisionados o creado unidades especializadas en acceso a la información que fueron ubicados dentro de organismos ya existentes. Un tercer grupo de Estados ha optado por establecer autoridades o comisiones expertas en el derecho a la información, pero bajo la dependencia del Poder Ejecutivo o de alguna entidad controlada por éste.

Un asunto crítico en los diseños institucionales radica en las facultades atribuidas por ley a estos organismos para resolver controversias y si tienen el poder para ordenar a los sujetos obligados que liberen el acceso a informaciones que pretenden mantener en reserva.

Solo una minoría de los casos estudiados tienen el poder de emitir resoluciones vinculantes para las autoridades obligadas, como lo aconsejan los estándares internacionales.

En los casos de Canadá, Estados Unidos y Uruguay los órganos de supervisión del acceso a la información sólo pueden emitir recomendaciones destinadas a que los organismos públicos que se niegan a entregar información revisen sus decisiones. En estos casos, los solicitantes que quieran hacer cumplir su derecho a la información deberán acudir al Poder Judicial, con el costo transaccional que ello supone.

Los países de la región deben continuar avanzando en su obligación de implementar una cultura de la transparencia y garantizar el derecho de acceso a la información. Para ello es fundamental persistir en la construcción de entidades de supervisión robustas y con poder suficiente para darle vida y sentido a los mandatos de transparencia de las respectivas leyes de acceso a la información y adaptar la jurisprudencia internacional a las prácticas estatales.

Extracto del informe temático «El derecho al acceso a la información pública en las Américas: entidades especializadas para la supervisión y cumplimiento«).

“El Guardián” seguirá siendo secreto

“El Guardián” seguirá siendo secreto

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5to Turno confirmó ayer la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, la que rechazó la demanda presentada por la directora del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) para acceder a una copia del protocolo elaborado por el Ministerio del Interior dirigido a las empresas de telecomunicaciones para la implementación del sistema de vigilancia electrónica “El Guardián”.

En su fallo, el Tribunal sostuvo que la información requerida se encuentra “claramente cubierta por el secreto”. Según la Sala “parece obvio que el secreto de la operación de adquisición del sistema operativo “guardián”, avalado por el Tribunal de Cuentas, radica no solamente en la compra en sí misma (que, incidentalmente, no fue oculta) sino que también alcanza a las características técnicas del producto adquirido, por simples razones de seguridad y protección de los derechos de todos los habitantes que se busca tutelar mediante la prevención y represión de ilícitos, a través del empleo de instrumentos como el adquirido”. Agregó: “Se trata de un instrumento para el combate del delito y la difusión pública de sus fortalezas y debilidades podría frustrar el empleo de esa tarea, dejándola librada a la actividad de “hackers” y/o personas que ilegítimamente pretendan obstaculizar o impedir investigaciones o represiones sometidas a control jurisdiccional…”.

Ante este nuevo pronunciamiento judicial, CAinfo y el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) desean expresar su preocupación por cuanto se confirma el rechazo a la demanda y con ello a la posibilidad de que el Protocolo solicitado tome estado público, sin que el Tribunal haya realizado un análisis de fondo respecto al carácter público o no de la copia del documento que fue peticionado a la luz del régimen estricto de excepciones de la ley 18.381 Derecho de acceso a la información pública.

De ningún modo es admisible trasladar y extender el mecanismo de compra directa por excepción para mantener el secreto de la operación (Art. 8 del TOCAF) a la implementación de todo el sistema.

La petición presentada en vía administrativa y la demanda judicial tuvieron como pretensión acceder al referido documento elaborado por el Ministerio del Interior: se pidió copia del documento. No se fue variando la pretensión de información como interpreta erróneamente el tribunal. A efectos de ilustrar respecto a cuál es la importancia de acceder al Protocolo tanto en la demanda, como en la audiencia y en la apelación, se expusieron una serie de razones que reflejan la relevancia de que el documento se haga público. Se plantearon allí una serie de asuntos y preguntas sobre los cuales se entiende que es importante saber “qué se ha previsto en el protocolo respecto a estos temas”. Así fue explicitado en los diferentes escritos, por lo cual, de ningún modo se comparte la afirmación del Tribunal1

Nos permitimos retomar algunas de esas preguntas, las que más allá del fallo judicial que avala la posición sostenida por el Ministerio del Interior respecto a que el documento reclamado debe permanecer en secreto, entendemos requieren una respuesta por parte de la Secretaría de Estado antes de la puesta en funcionamiento del nuevo sistema:

¿Qué obligaciones se han impuesto en el Protocolo a las empresas de telecomunicaciones que son las que poseen los datos sobre las comunicaciones de toda la población? ¿Qué naturaleza jurídica tiene el documento, es un decreto, es una resolución ministerial? ¿Qué se ha previsto en el protocolo respecto a la custodia de la información que disponen las empresas de telecomunicaciones? ¿Se regula en el Protocolo la necesidad de conservar o retener datos de flujo de comunicaciones? ¿Se regula quiénes tendrán acceso a las comunicaciones?

Como hemos expresado antes, este litigio no busca de ninguna manera frustrar la implementación del sistema y no se pretende que el Ministerio del Interior brinde detalles técnicos que puedan tornarlo vulnerable.

La solicitud de información fue presentada luego que el diario El Observador publicara en el mes de octubre del año pasado que El Guardián estaría próximo a ser empleado y que para ello el Ministerio del Interior había elaborado un Protocolo en el que se impusieron obligaciones a las empresas de telecomunicaciones.

Se ha afirmado por parte del Ministerio del Interior que la utilización de El Guardián requerirá autorización judicial y que será empelado en el caso de una indagatoria. Se debe concluir entonces que sólo serán vigiladas las comunicaciones en caso de que exista una autorización judicial. Sin embargo se impone saber qué garantías tendremos todos los ciudadanos/as respecto a la privacidad de nuestras comunicaciones, por cuanto no se ha explicitado qué ocurrirá con todas las personas que interactúen, que se comuniquen, con las personas indagadas. ¿Cómo se prevé proteger su derecho a la privacidad? ¿Podrán saber en algún momento que en el marco de una indagatoria han sido interceptadas sus comunicaciones?

El Guardián aumentará exponencialmente la capacidad de vigilancia del Estado sobre las personas. En el marco de un Estado de Democrático de Derecho estos asuntos deben ser objeto de un amplio debate público y de marcos regulatorios robustos para prevenir arbitrariedades y la vulneración de derechos.

Estos temas vienen siendo debatidos ampliamente en el mundo y la región. Reclamamos en Uruguay un debate informado. Para ello es necesario reducir las asimetrías naturales de información entre el Estado y los particulares. Leyes como la 18.381 contribuyen a democratizar la sociedad y a facilitar el acceso a la ciudadanía a información en poder del Estado. El documento cuya copia se ha solicitado es claramente un documento público. Si en él hubiera algún dato o informaciones que debieran ser “reservadas” por alguna causa legítima, entonces corresponde que el Ministerio del Interior realice una versión pública del mismo, pero de ningún modo es ajustado a derecho que se impida conocer todo el documento y con ello se evite que se conozcan y se puedan verificar las regulaciones y las garantías que se prevén para la protección de los derechos de todas las personas. Con esta convicción, CAinfo y el IELSUR analizarán todas las alternativas posibles para darle continuidad a este reclamo.


1- Esto puede ser corroborado en los Punto 1.3.7 de la demanda; párr. 15, 17, 18, 19, 20, 26 entre otros de la apelación, documentos que quedan a disposición de los interesados a través del correo: info@cainfo.org.uy

Acceda al fallo

Justicia ratificó fallo de primera instancia: gobierno deberá entregar información sobre Aratirí

Justicia ratificó fallo de primera instancia: gobierno deberá entregar información sobre Aratirí

El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y ratificó el fallo de primera instancia que lo obligó a entregar información ambiental sobre el proyecto Aratirí. Las organizaciones CAinfo y Uruguay Libre convocaron una conferencia para este lunes 8 de diciembre.

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil falló este viernes a favor del periodista Victor Bacchetta, integrante del movimiento Uruguay Libre. Con el patrocinio de CAinfo, Bacchetta había instaurado una acción de acceso a la información pública (prevista en la ley N° 18.381) contra el MIEM para conocer información ambiental clave sobre sobre sobre el proyecto Aratirí, como por ejemplo el cronograma de cierre de las minas.

El Juez Alejandro Martínez de las Heras falló el 10 de noviembre haciendo lugar a la acción y ordenó al ministerio a entregar la información. Sin embargo, el MIEM apeló la decisión, por lo que la acción pasó al Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 4to Turno, que ahora dictó su sentencia. En 15 días el MIEM deberá entregar la información solicitada.

Paralelamente al proceso en la Justicia, la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), órgano autónomo creado por la Ley 18.381 para vigilar su aplicación, ya se había pronunciado el pasado 27 de noviembre a favor de Bacchetta señalando que la información debía ser entregada.

Uruguay Libre y CAinfo convocan a una conferencia de prensa para informar de la sentencia del Tribunal de Apelaciones y evaluar las implicaciones de esta decisión para el futuro de los proyectos de inversión planteados en el país desde el ángulo de las evaluaciones ambientales, la transparencia de los procedimientos de la administración pública y la participación de la sociedad en las decisiones que le atañen.

Conferencia de prensa de URUGUAY LIBRE y CAinfo
Día: Lunes 8 de diciembre de 2014
Hora: 10 y 30’
Lugar: 18 de julio 965 – 1er. Piso (sede de Federación Rural), Montevideo.