Nov 11, 2021
Este jueves se presentaron en Montevideo los resultados del Informe de seguimiento al cumplimiento del Compromiso de Lima “Gobernabilidad Democrática Frente a la Corrupción”. Ese documento fue suscrito en la VIII Cumbre de las Américas en 2018 por los gobiernos de las Américas, como forma de generar una serie de medidas a nivel regional contra la corrupción.
El trabajo fue realizado por el Observatorio Ciudadano de Corrupción (OCC), integrado en Uruguay por el Instituto de Comunicación y Desarrollo (ICD), el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo), ColectivaMujeres, el Colectivo Trans del Uruguay (CTU) y la Comisión Uruguaya de Lucha contra la Corrupción – Uruguay Transparente (UT).
El análisis se realizó mediante la identificación de los desarrollos normativos y prácticos para el cumplimiento del Compromiso de Lima en 19 países de la región. Se consideraron temas asociados al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática; transparencia, acceso a la información, protección de denunciantes y derechos humanos, incluyendo la libertad de expresión; financiamiento de organizaciones políticas y campañas electorales; prevención de la corrupción en obras públicas, contrataciones y compras públicas; y cooperación jurídica internacional, combate al cohecho, al soborno internacional, al crimen organizado y al lavado de activos; y recuperación de activos.
Los hallazgos recogidos en el informe sobre Uruguay destacan positivamente las políticas de gobierno abierto, orientadas a fomentar la transparencia y la rendición de cuentas de las instituciones del Estado. Asimismo, se registran avances en las políticas de fortalecimiento de la ciudadanía digital, como normativas y políticas públicas que han favorecido el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en Uruguay.
Sin embargo, continúa pendiente el avance efectivo en normativa y políticas que garanticen la transparencia del funcionamiento de los partidos políticos, la rendición de cuentas de actores privados que manejan fondos públicos y el logro de mayor transparencia de las compras públicas, entre otras medidas.
Algunos de los compromisos analizados registran rezagos y estancamientos en el desarrollo e implementación de normativa que materialice lo comprometido en Lima. Niveles de desarrollo disímiles de políticas limitan la eficacia de las acciones. y las diferencias entre el desarrollo normativo y el financiamiento de las políticas públicas de combate a la corrupción ponen en riesgo su eficiencia y sostenibilidad. La limitada independencia de los órganos de contralor es un elemento revelador.
Para tener acceso al informe completo hacé click acá.
Abr 8, 2020
Durante 2019, 27 periodistas y trabajadores de la prensa fueron asesinados en las Américas por motivos presuntamente vinculados con el ejercicio periodístico. Esta cifra se mantiene dentro de la tendencia de la última década en relación con los ataques graves a comunicadores, según surge del Informe Anual 2019 de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En el informe, divulgado este martes 7de abril, la Relatoría Especial llamó la atención en relación con la generalización en la región de una narrativa que “estigmatiza a periodistas y medios de comunicación, dirigida por altas autoridades públicas de modo intencional y que es seguida de ataques coordinados en redes sociales”. Esta práctica, presente en una diversidad de Estados – incluso con gobiernos democráticamente electos-, incrementa el riesgo y la vulnerabilidad de los y las periodistas a sufrir represalias, hostigamiento físico y acoso en línea.
En el caso de Uruguay, la Relatoría Especial observó que, en el marco de las elecciones presidenciales y parlamentarias en Uruguay se realizaron denuncias sobre difusión de campañas de desinformación deliberada. Destacó que alrededor de 70 medios de comunicación, instituciones y organizaciones de la sociedad civil pusieron en marcha un programa de verificación de información denominado Verificado.uy, que jugó un rol destacado en la verificación de información.
Asimismo, la Relatoría Especial resaltó la aprobación del decreto que aprueba el Plan de Acción de Gobierno Abierto, que propondría realizar reformas a la Ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública (UAIP) para actualizar las obligaciones de transparencia de los organismos públicos gubernamentales y no estatales.
También, la oficina destacó avances respecto a varias decisiones judiciales que protegieron la libertad de expresión y ordenaron archivar denuncias penales solicitado por actores políticos contra varios medios de comunicación en el marco de un debate sobre la participación de esos dirigentes en la dictadura militar (1973-1985).
En el siguiente link, se puede acceder al documento completo.
http://www.oas.org/es/cidh/expresion/informes/ESPIA2019.pdf
Ene 15, 2020
Se realizó el lanzamiento la plataforma regional de monitoreo en línea Voces del Sur integrada por organizaciones de nueve países. Mediante esta plataforma se busca aumentar la capacidad de las redes de la sociedad civil, salvaguardar las libertades de expresión y prensa, y establecer mecanismos nuevos de coordinación y colaboración junto a los sistemas de Derechos Humanos interamericanos y de las Naciones Unidas. Aquí pueden acceder a la conferencia completa realizada hoy miércoles 15 de enero en la que se explicó el objetivo de esta plataforma de la que CAinfo es parte.
En el link le dejamos el Lanzamiento de la plataforma regional de monitoreo en línea Voces del Sur.
https://www.facebook.com/VDSorg/videos/751132298705992/
Oct 1, 2019
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresa su preocupación por la decisión de la jueza Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 42 Turno, Dolores Sánchez, de amparar el derecho de respuesta reclamado por Antonio Romanelli y obligar a tres medios de comunicación a publicar una carta del ex-militar e integrante de Cabildo Abierto.
El militar retirado accionó contra el diario La República, Montevideo
Portal y Radio Uruguay porque publicaron una carta de ex presos en la que acusaron
a Romanelli, asesor de seguridad del candidato a presidente Guido Manini Ríos,
de ser responsable por la aplicación de tortura sicológica cuando se
desempeñaba como guardia en el Penal de Libertad entre los años 1978 y 1979.
Romanelli pretende que se publique una carta en la que rechaza las
acusaciones y asegura que las requisas que se hacían a los reclusos durante la
dictadura se realizaban “con respeto”. Agregó que la conducta de los
funcionarios era “firme” pero “rígida”.
Los tres medios rechazaron publicar esta carta y en su lugar se ofreció
hacer una entrevista a Romanelli, quien se negó ya que considera que no
debe haber “debate”.
En su sentencia, la jueza Sánchez sostuvo que, si los medios de
comunicación demandados ofrecen una entrevista, deben aceptar el derecho de
respuesta. “No logro comprender el fundamento de la negativa a publicar la
respuesta del actor, pero sí efectuarle una entrevista o haberlo intentado
comunicándose con allegados para que lo hiciera. Por eso, reitero no hay
diferencia conceptual entre las partes sobre el derecho de respuesta para que
el accionante dé a conocer su versión de los hechos públicamente en los medios
que dieron a conocer la versión de los ex presos políticos en hecho que lo
tienen como actor”, sostiene Sánchez.
Cainfo expresa su preocupación por esta conclusión de la jueza Sánchez.
Es claro que una entrevista y publicar una carta por derecho de respuesta no
son lo mismo. El fundamento de este argumento lo explicó el relator especial
para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, Edison Lanza.
En una entrevista con Sudestada, Lanza dijo que en este caso Romanelli
decidió “buscar una vía judicial oblicua para utilizar el derecho de respuesta
como sanción” a los medios de comunicación, que es el aspecto “más riesgoso del
fallo» de la jueza Dolores Sánchez.
Según el especialista, el derecho de respuesta «es un instrumento
que afecta el derecho a la libertad de expresión porque ésta incluye tanto el
derecho a expresarse como a permanecer en silencio y en este caso se obliga a
los medios a publicar».
En opinión de CAinfo, con esta sentencia, la jueza Sánchez impone el
discurso de una persona pública a los medios sin la posibilidad de un debate
sobre un tema de notorio interés público, lo que es un pésimo antecedente y
afecta la libertad de expresión.
CAinfo respalda la decisión de los tres medios de comunicación de apelar la decisión y espera que el Tribunal de Apelaciones revoque la decisión de Sánchez.
Ago 27, 2019
La
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), aprobó en julio pasado una
resolución en la que destaca que el Estado uruguayo cumplió con el acuerdo de
solución amistosa aprobado en octubre de 2017 entre el gobierno y el periodista
David Rabinovich quien realizó una petición debido a que vio afectado su
derecho al acceso de información pública.
El
caso de Rabinovich fue clave en el proceso de aprobar una ley de Acceso a la
Información Pública. En octubre de 2007, la CIDH recibió una petición
presentada por Rabinovich, con el patrocinio de la Asociación de la Prensa
Uruguaya (APU) y el Instituto de Estudios Legales del Uruguay (IELSUR),
alegando que se había violado su libertad expresión y el acceso a la
información pública. Rabinovich había solicitado, en su calidad de periodista,
el acceso a las actas, transcripción de grabaciones de una sesión de la
Comisión de Presupuesto de la Junta Departamental de San José. La información no
fue proporcionada.
En
octubre de 2015, las partes iniciaron una negociación de una solución amistosa
que se firmó el 25 de octubre de 2017.
A
través del acuerdo, el Estado uruguayo adoptó el compromiso de facilitar la
difusión del acuerdo poniendo énfasis en la difusión de la normativa vigente en
materia de acceso a la información pública. Además, el Estado reconoció que la
negativa de la Junta Departamental de San José a brindar información pública,
se tradujo en una “limitación al ejercicio de su derecho de buscar, recibir y
difundir información e ideas de toda índole.
El
3 de mayo de este año, las partes suscribieron un Acta de Entendimiento. El 11
de junio de 2019, el Estado uruguayo remitió información sobre el cumplimiento
de acuerdo y la homologación por parte de la CIDH. La aprobación se dio el 16
de julio pasado.
A
continuación, el documento con el informe final de la CIDH.
http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/2019/URSA1224-07ES.pdf
Ago 26, 2019
Fue lanzada semana pasada, durante el Foro de Gobernanza de Internet Latinoamericano, LACIGF, la propuesta de regulación de plataformas “Aportes para una regulación democrática de grandes plataformas que garantice la libertad de expresión en Internet”. El documento estará disponible para consulta pública hasta 15 de octubre, y tiene versiones en español, inglés y portugués.
La iniciativa fue elaborada por OBSERVACOM (Uruguay), IDEC (Brasil), Intervozes (Brasil) y Desarrollo Digital (Argentina), y cuenta con el apoyo de TEDIC (Paraguay), CAInfo (Uruguay), PROLEDI (Costa Rica) y Usuarios Digitales (Ecuador). La formulación del texto contó con los aportes (a título personal) de Javier Pallero, Coordinador de Políticas Públicas para América Latina de Access Now; Joan Barata, Miembro de la Plataforma de Defensa de la Libertad de Información; Valeria Betancourt, de la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC); el consultor Andrés Piazza; los profesores de la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ) y Universidad de Buenos Aires (UBA), Guillermo Mastrini y Martín Becerra; y Juan Ortíz Freuler, investigador afiliado al Berkman Klein Center.
El documento postula una regulación “progresiva y asimétrica” que alcanza a “plataformas de contenidos”, es decir, redes sociales, motores de búsqueda y plataformas de intercambio de contenidos de terceros). En cambio, no incluye a servicios de mensajería.
Dentro de las plataformas de contenidos, se propone que haya mayores exigencias para aquellas con posición dominante (por su incidencia en el debate público, fuente de información, etc.) pero mínimas para start-up, sin fines de lucro o específicas para no bloquear innovación y otras.
En base a los estándares de derechos humanos, la propuesta de las organizaciones sociales para regular plataformas retoma el criterio de proporcionalidad. El estándar de proporcionalidad aplica no sólo a las sanciones que pudieran aplicar sino también a los procedimientos y debido proceso para ajustarse a los derechos humanos en línea.
En materia de transparencia y rendición de cuentas y derecho de apelación, la propuesta de regulación recoge las propuestas de organismos multilaterales y organizaciones sociales tales como Principios de Santa Clara o Principios de Manila o los Relatores, pero las transforma en obligaciones y no en sólo en recomendaciones que las plataformas pueden adoptar si quieren.
La propuesta está abierta a consulta pública hasta el 15 de octubre y se puede dejar los comentarios aquí.
El documento también está abierto a firmas de organizaciones que actúen sobre el tema en América Latina. Para firmar, envía un correo a: contacto@observacom.org
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