Cumplimiento del Compromiso de Lima: Uruguay registra avances y rezagos en lucha contra la corrupción

Cumplimiento del Compromiso de Lima: Uruguay registra avances y rezagos en lucha contra la corrupción

Este jueves se presentaron en Montevideo los resultados del Informe de seguimiento al  cumplimiento del Compromiso de Lima “Gobernabilidad Democrática Frente a la  Corrupción”. Ese documento fue suscrito en la VIII Cumbre de las Américas en 2018 por los gobiernos de las Américas, como forma de generar una serie de medidas a nivel regional contra la corrupción. 

El trabajo fue realizado por el Observatorio Ciudadano de Corrupción (OCC), integrado en Uruguay por el Instituto de Comunicación y Desarrollo (ICD), el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo), ColectivaMujeres, el Colectivo Trans del Uruguay (CTU) y la Comisión Uruguaya de Lucha contra la Corrupción – Uruguay Transparente (UT).

El análisis se realizó mediante la identificación de los desarrollos normativos y prácticos  para el cumplimiento del Compromiso de Lima en 19 países de la región. Se consideraron  temas asociados al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática; transparencia, acceso a la información, protección de denunciantes y derechos humanos, incluyendo la libertad de expresión; financiamiento de organizaciones políticas y campañas electorales; prevención de la corrupción en obras públicas, contrataciones y compras públicas; y cooperación jurídica internacional, combate al cohecho, al soborno internacional, al crimen  organizado y al lavado de activos; y recuperación de activos. 

Los hallazgos recogidos en el informe sobre Uruguay destacan positivamente las políticas  de gobierno abierto, orientadas a fomentar la transparencia y la rendición de cuentas de las  instituciones del Estado. Asimismo, se registran avances en las políticas de fortalecimiento  de la ciudadanía digital, como normativas y políticas públicas que han favorecido el  fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en Uruguay. 

Sin embargo, continúa pendiente el avance efectivo en normativa y políticas que garanticen la transparencia del funcionamiento de los partidos políticos, la rendición de cuentas de actores privados que manejan fondos públicos y el logro de mayor transparencia de las compras públicas, entre otras medidas. 

Algunos de los compromisos analizados registran rezagos y estancamientos en el  desarrollo e implementación de normativa que materialice lo comprometido en Lima.  Niveles de desarrollo disímiles de políticas limitan la eficacia de las acciones. y las diferencias entre el desarrollo normativo y el financiamiento de las políticas públicas de  combate a la corrupción ponen en riesgo su eficiencia y sostenibilidad. La limitada  independencia de los órganos de contralor es un elemento revelador. 

Para tener acceso al informe completo hacé click acá

Hostigamiento y estigmatización de periodistas. Situación de Uruguay y contexto regional

Hostigamiento y estigmatización de periodistas. Situación de Uruguay y contexto regional

Encuentro con el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Dr. Pedro Vaca Villarreal, y el juez de la Corte Interamericana de DDHH, Dr. Ricardo Pérez Manrique

  • Viernes 22 de octubre
  • Hora 12
  • Duración 45 minutos

Contexto local

En mayo de 2021 Cainfo presentó su Séptimo informe sobre amenazas a la libertad de expresión de periodistas, cuyo resultado puso en evidencia un aumento significativo en el número de casos respecto a los años anteriores. El informe, que abarcó desde abril de 2020 hasta marzo de 2021, registró 49 episodios de rechazo de pedidos de acceso a la información pública, denuncias judiciales, aprobación de normativa contraria a estándares internacionales, agresiones y ataques, entre otros.

El documento, además, dio cuenta de un ambiente de hostigamiento a periodistas que presentaron coberturas u opiniones críticas con el desempeño gubernamental, sin que ningún alto representante del gobierno expresara su rechazo a dichos ataques. Por el contrario, en muchos casos fueron funcionarios públicos quienes llevaron adelante estas manifestaciones, atribuyendo a periodistas y/o medios de comunicación la intención de afectar al gobierno, la afinidad con partidos políticos o la existencia de intereses particulares. 

“La investigación y elaboración de este informe se desarrolló en un marco de creciente riesgo para la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación. Ese clima de hostilidad, muchas veces se traduce en agresiones a través de redes sociales, acusaciones de intencionalidad política, atribuciones de pertenencia a partidos o grupos de interés, entre otros ataques que involucran a funcionarios públicos y miembros del gobierno”. 

Informe 2021 de Cainfo sobre amenazas a la libertad de expresión de periodistas

En ese contexto, parlamentarios promovieron y aprobaron una declaración en la Cámara de Representantes, durante cuya discusión varios legisladores nacionales realizaron imputaciones a periodistas y organizaciones de la sociedad civil, a quienes acusaron de impulsar el desprestigio del país en el exterior, mediante la difusión de informes que -en su opinión- no se correspondían con la realidad del país. 

La Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), sindicato que reúne a los trabajadores de los medios de comunicación, también advirtió en varias ocasiones sobre las amenazas y acusaciones contra periodistas que se registraron en los últimos meses en las redes sociales, atribuyéndole intenciones partidarias e intereses políticos y partidarios. 

En los últimos meses, el clima de hostilidad denunciado en el primer semestre del año comenzó a materializarse a través de la presentación de una decena de demandas judiciales -o amenazas de iniciarlas- contra periodistas por parte de legisladores y otros funcionarios estatales, empresarios, dirigentes deportivos, y sindicalistas. Diez casos llegaron a conocimiento de Cainfo entre los meses de julio y setiembre, un número inusual en un lapso tan breve desde que comenzó a realizarse el monitoreo, en 2014. 

El derecho de acceso a la información pública, componente fundamental de la libertad de expresión, también sufrió retrocesos en el período. Un gran número de casos fue registrado en el monitoreo (29 de los 49), pero además se aprobó nueva normativa que fue cuestionada incluso por la autoridad de aplicación de la ley, la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), además de la sociedad civil a través de la Red de Gobierno Abierto (RGA). 

Asimismo, se constató una notable caída en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa por parte de los sujetos obligados, según el Índice de Transparencia Activa en Línea (Itael), que elabora Cainfo junto a la Universidad Católica del Uruguay (UCU). En promedio,  disminuyó casi 20 puntos porcentuales el nivel de cumplimiento general  respecto a la medición anterior, y sólo 4% de los organismos se ubicó en el nivel Alto de transparencia activa en línea.

“La primera lectura de los datos exhibe un quiebre en la tendencia general ascendente de los últimos años respecto de la información publicada, lo que se traduce en una pérdida de información pública disponible para la ciudadanía. A 12 años de la aprobación de la LDAIP, el nivel de cumplimiento de organismos obligados por ley es bajo. Si se toma en cuenta el universo total relevado el cumplimiento general es de 36.36%, de las obligaciones de transparencia activa que plantea el índice ITAeL, lo que representa una caída de 19.64 puntos porcentuales respecto a los datos del informe anterior (56%”. 

Índice de Transparencia Activa en Línea 2021, elaborado por Cainfo y la UCU

Objetivo

En la víspera del Día del Periodista y de los Trabajadores de los Medios de Comunicación en Uruguay, Cainfo organiza un encuentro internacional virtual de asistencia abierta para abordar  la situación de libertad de expresión en el país y ubicarla en contexto con el panorama a nivel regional, gracias a la presencia de dos expertos internacionales.

La actividad contará con la prestigiosa participación del Dr. Pedro Vaca Villarreal, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y con el Dr. Ricardo Pérez Manrique, juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

El gobierno se comprometió a modificar artículo de la Rendición de Cuentas que afecta el acceso a la información

El gobierno se comprometió a modificar artículo de la Rendición de Cuentas que afecta el acceso a la información

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) destaca el anuncio realizado el pasado miércoles 8 por el secretario de la Presidencia, Álvaro Delgado, quien comprometió la voluntad oficial de modificar el artículo 35 del proyecto de Rendición de Cuentas, que en su actual redacción introduce obstáculos al acceso a la información pública.

Dicha redacción ha sido cuestionada por la Red de Gobierno Abierto (RGA), un conjunto de 16 organizaciones de la sociedad civil que trabajan en temas de transparencia y rendición de cuentas, así como por la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), el órgano garante del cumplimiento de la Ley N° 18.381, y por representantes regionales de Naciones Unidas.

Ante un planteo durante la reunión de la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda que analiza el proyecto, Delgado aseguró que no es intención del gobierno “generar opacidad” y consideró que es necesario “mejorar la redacción” del artículo mencionado.

“Lo que le vamos a proponer es aplazar la consideración de este artículo para mejorar la redacción. Nosotros estamos trabajando en una propuesta alternativa que lo mejora, siempre sobre la base de la intención original y permanente, que es asegurar transparencia”, expresó Delgado.

En el proyecto de Rendición de Cuentas enviado al parlamento, el gobierno propuso incluir en el artículo 5 de la Ley N°18.381 (que regula el alcance de la información de transparencia activa que deben publicar los sujetos obligados) un párrafo que impone nuevas limitaciones al derecho.

“La información detallada en el presente artículo sólo podrá ser objeto de la acción de acceso a la información pública establecida en los artículos 13 y siguientes de esta ley, en caso de incumplimiento de lo dispuesto por parte de los organismos estatales o no estatales obligados en este artículo. La información solicitada que se publica con una periodicidad de al menos una vez al año sólo podrá ser reclamada en caso del referido incumplimiento una vez pasado el plazo para que la misma sea dada a difusión”, dice la propuesta, que ya fue aprobada por la Cámara de Representantes.

Mediante un pronunciamiento realizado el día 8 de julio, la RGA había considerado “perjudicial e innecesario” el texto incluido en el proyecto de Rendición de Cuentas e invitó a las autoridades a propiciar un diálogo para discutir el tema.

“A cambio de esta modificación que debilita el acceso y no cumple el cometido que se propone, invitamos a las autoridades a recorrer el camino del diálogo para mejorar la Ley 18.381 y generar soluciones reales a los desafíos que pueda presentar”, expresó la coalición de organizaciones.

Por su parte, la UAIP se pronunció el 9 de julio y calificó como “regresivo e innecesario” el cambio normativo planteado por el gobierno. “Esta propuesta de cambio nos tomó por sorpresa, ya que en ningún momento fuimos noticiados ni consultados sobre la misma. Tomamos conocimiento de ella una vez publicado el proyecto de ley presentado ante el Parlamento”, manifestó la unidad en una nota firmada por su presidente, Gabriel Delpiazzo.

“Por lo tanto, adoptaremos las medidas que estén a nuestro alcance para procurar que nuestra opinión como órgano especializado en la materia sea escuchada, participar en la discusión de la modificación proyectada y, en definitiva, incidir positivamente para que la misma no resulte aprobada”, añadió en una nota dirigida al Consejo Consultivo de Acceso a la Información Pública.

El texto propuesto por el gobierno también fue cuestionado por representantes en la región de Naciones Unidas, que enviaron una carta al Senado en la que plantean que la modificación “podría resultar problemática desde la perspectiva de los estándares internacionales en derechos humanos”.

Según publicó La Diaria, el representante regional para América del Sur de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, y la directora de la Oficina Regional de Ciencias de la Unesco para América Latina y el Caribe, Lidia Brito, insisten en que la propuesta es “regresiva”, entre otras cosas porque “Al incluir nuevos requisitos para que la acción de acceso a la información pública sea procedente, la modificación propuesta por el proyecto estaría limitando el derecho”, afectando especialmente a las personas en situación de mayor vulnerabilidad. 

CAinfo registró 49 casos de amenazas a la libertad de expresión en el último año

CAinfo registró 49 casos de amenazas a la libertad de expresión en el último año

En el último año se registraron 49 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas en Uruguay, según el séptimo informe de monitoreo realizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo). Se trata del número más alto de casos desde que existe el estudio, luego de los 26 registrados en el sexto informe. La mayoría de los episodios (30) tienen que ver con la restricción del acceso a la información.

La investigación y elaboración de este informe se desarrolló en un marco de creciente riesgo para la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación. Ese clima de hostilidad, muchas veces se traduce en agresiones a través de redes sociales, acusaciones de intencionalidad política, atribuciones de pertenencia a partidos o grupos de interés, entre otros ataques que involucran a funcionarios públicos y miembros del gobierno.

El reporte abarca entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021 y se enmarca en el proyecto “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay. Monitoreo de amenazas” de CAinfo, que impulsa la promoción y defensa de la libertad de expresión en el país a partir del desarrollo de una metodología de relevamiento y sistematización de información sobre la materia.

El trabajo realizado este último año muestra la existencia de, al menos, 49 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas en Uruguay en seis de los 12 indicadores analizados: agresiones y ataques, discurso estigmatizante, restricción al acceso a la información, procesos civiles y/o penales, uso abusivo del poder estatal y marco jurídico contrario a estándares internacionales de libertad de expresión y prensa.

La restricción al acceso a la información fue la categoría que reunió más casos y entre ellos 29 correspondientes a pedidos de acceso rechazados, no contestados o respondidos de manera incompleta o parcial. Esto también confirma un deterioro en el cumplimiento de este derecho que ya se venía registrando en informes anteriores, pero que tiene una confirmación cuantitativa en el año 2020.

Además de los pedidos de acceso que no fueron respondidos también se registró un retroceso normativo, que se refleja en algunas disposiciones de la Ley de Urgente Consideración aprobada con los votos de la coalición de gobierno, según consignó CAinfo en su informe ante el parlamento en mayo de 2020.

La categoría Agresiones y ataques tuvo 8 episodios y le siguen el Marco jurídico contrario a estándares con 4, los procesos judiciales con 3, el uso abusivo del poder estatal con 2 y el Discurso estigmatizante con 2.

De las personas que sufrieron las amenazas, en 4 casos se afectó a periodistas mujeres (en dos casos los ataques tuvieron claros componentes de violencia de género), en 30 a varones y en 15 ocasiones el episodio tuvo impacto en equipos periodísticos o medios de comunicación. Los responsables de las amenazas fueron organismos o funcionarios del Estado en 39 ocasiones, en 6 fueron personas no estatales y en 5 no se identificó a los responsables.

CAinfo ve particularmente preocupante el aumento de casos de rechazo de solicitudes de acceso a la información pública amparándose en cláusulas de confidencialidad, como ocurrió en los casos de los contratos para la compra de vacunas contra la Covid-19, el proceso de litigio internacional contra el Estado uruguayo por parte de la minera Aratirí, y otros casos puntuales como el acuerdo con la empresa PepsiCo y el caso del sumario al exsecretario de la Presidencia de la República, Miguel Ángel Toma.

También se constató una tendencia de los organismos públicos, tanto a nivel nacional como departamental, a restringir el acceso a la información vinculada a la pandemia de Covid-19, en una línea contraria a las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana (CIDH). En este sentido, a CAinfo le resulta alarmante el criterio aplicado por algunas direcciones departamentales de salud que se niegan a informar sobre los casos de Covid-19 por localidad, con el argumento de no “estigmatizar” a la población, mientras hay otras que lo hacen en tiempo y forma.

El problema motivó a CAinfo y un grupo de organizaciones preocupadas por la situación a emitir una declaración en defensa de la transparencia de la información sobre la pandemia, a fin de exhortar a las autoridades nacionales y departamentales a cumplir con su obligación de garantizar el cumplimiento de un derecho fundamental en tiempo de crisis sanitaria.

Descargá el Séptimo Informe de Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión en este enlace.

CAinfo reclama que se retome la discusión del proyecto de ley sobre publicidad oficial

CAinfo reclama que se retome la discusión del proyecto de ley sobre publicidad oficial

La Cámara de Senadores se apresta a aprobar un artículo del proyecto de presupuesto nacional en el que se establece que el 20% de la publicidad oficial de alcance nacional deberá destinarse a medios de comunicación del interior del país.

Desde hace muchos años, el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) viene reclamando que los medios del interior del país sean contemplados en mayor grado al momento de otorgar publicidad oficial. 

Sin embargo, CAinfo entiende que el artículo impulsado en el Senado no contempla aspectos básicos sobre cómo se debe proceder en el otorgamiento de la publicidad oficial.

CAinfo propuso a comienzos de la legislatura pasada un proyecto de ley sobre el tema que fue ingresado a la Cámara de Diputados por representantes de varios partidos. La iniciativa fue aprobada en la Cámara de Representantes en julio de 2018 casi por unanimidad. Sin embargo, en el Senado no hubo acuerdo y el proyecto quedó por el camino. 

La iniciativa establecía mecanismos claros y transparentes para la Publicidad Oficial, hasta ahora asignada discrecionalmente. 

El proyecto indicaba que la publicidad oficial no podrá utilizar mensajes discriminatorios, ni ser un subsidio indirecto a los medios de comunicación, ni utilizarse para fines propagandísticos de los partidos políticos. Respecto a este último punto, se indicaba que no se podía realizar publicidad oficial durante el período electoral.

El principio general para la contratación de la publicidad oficial debería ser la licitación pública. La asignación debería realizarse bajo resolución fundada del jerarca del organismo.

Además, se establecieron mecanismos de transparencia activa tanto para los organismos públicos como para los medios que reciban publicidad oficial, quienes deberán rendir cuentas en sus sitios web.

El proyecto preveía la reserva de un 30% del monto de la publicidad oficial para los medios del interior. Este punto busca superar una inequidad histórica que se da entre los medios del interior y Montevideo. Según datos manejados por los diputados, actualmente los medios del interior reciben solamente un 5% de la pauta oficial.

Dado que el tema vuelve a estar en la discusión parlamentaria, CAinfo vuelve a reclamar que los partidos analicen nuevamente el proyecto aprobado en Diputados y se dé una discusión de fondo sobre el tema. 

Descargar proyecto aprobado por Diputados.

CAinfo y Observacom expresan su preocupación ante riesgos de afectar la libertad de expresión por disposiciones en proyecto de Ley de Urgente Consideración

CAinfo y Observacom expresan su preocupación ante riesgos de afectar la libertad de expresión por disposiciones en proyecto de Ley de Urgente Consideración

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y Observacom, alertan a la opinión pública ante el contenido de algunas disposiciones del proyecto de Ley de Urgente Consideración divulgado en los últimos días por representantes del gobierno electo que asumirá el próximo 1 de marzo.

En particular, resulta preocupante el contenido del artículo 214, literal G, que incluye el Derecho al Olvido en “búsquedas de Internet, en servicios de redes sociales y medios digitales equivalentes”.

La libertad de expresión implica el derecho a buscar, recibir y difundir información. Entendemos que esta iniciativa de crear un nuevo derecho, el Derecho al Olvido, de manera tan amplia y vaga como está expresado en el proyecto de ley puede afectar la libertad de expresión.

Siguiendo los estándares de la La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), contenidos en el informe “Estándares para una Internet Libre, Abierta e Incluyente” la adopción de medidas para consagrar el derecho al olvido debe ser excepcional. La legislación debe ser diseñada de “manera específica, clara y limitada para proteger los derechos a la privacidad y la dignidad de las personas respetando los derechos a la libertad de expresión y acceso a la información.

El solicitante de la remoción del contenido debe demostrar -ante la Justicia- que ha sufrido un daño sustantivo a su privacidad y dignidad.

Actualmente existen mecanismos en nuestro sistema jurídico que permiten que una persona pueda reclamar que se reparen los daños ocasionados por la posible difusión de información considerada falsa, agraviante o inexacta.

Este punto del anteproyecto, por tanto, debería ser objeto de un análisis profundo, con más tiempo -no el establecido mediante una ley de urgencia-, en el que se escuchen diferentes opiniones.

Asimismo queremos advertir ante las consecuencias de la aprobación de otros artículos que afectan el derecho a la protesta pacífica y, por lo tanto, a la libertad de expresión, consagrados en convenciones internacionales suscritas por el Estado uruguayo[1]. En este sentido, los artículos 11, 349, 448, 449 y 450 implican una violación de la obligación del Estado de garantizar el cumplimiento de estos derechos especialmente protegidos por el sistema interamericano y el universal de derechos humanos.

La RELE publicó en el mes de diciembre un informe temático titulado “Protesta y Derechos Humanos” en el que manifiesta que el derecho a la libre manifestación y a la protesta pacífica son “elementos esenciales del funcionamiento y la existencia misma del sistema democrático, así como un canal que permite a las personas y a distintos grupos de la sociedad expresar sus demandas, disentir y reclamar respecto al gobierno, a su situación particular, así como por el acceso y cumplimiento a los derechos políticos y los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales”.

Según manifestó la RELE, los Estados “deben asegurar el disfrute de los derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación a todas las personas y a todos los tipos de organizaciones y asociaciones sin necesidad de autorización”. Además plantea la necesidad de “establecer por ley, de forma clara y explícita, la presunción a favor de la licitud de las manifestaciones y protesta pacífica, lo que implica que las fuerzas de seguridad no deben actuar bajo el supuesto de que constituyen una amenaza al orden público”.

“La protesta suele ser un importante medio de acción y de prosecución de objetivos legítimos por parte organizaciones y colectivos, y como tal también puede encontrarse protegida por el derecho a la libertad de asociación, que incluye los derechos sindicales y de huelga, aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su último período de audiencias.

Basándose en las disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos, la RELE recuerda que las eventuales restricciones a la protesta pacífica “deben estar basadas en la ley y en la medida que sean necesarias para asegurar los derechos a quienes no participan de la protesta, la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud o moral pública. Por lo tanto, las limitaciones deben ser la excepción. Las alteraciones en la rutina de funcionamiento cotidiano debido a una protesta son parte de la mecánica de una sociedad plural, donde conviven intereses diversos. Por eso las restricciones deben ser proporcionales, interfiriendo lo menos posible con el ejercicio legítimo del derecho a la protesta”, agrega el informe.

“El Estado tiene una obligación general de respetar el ejercicio del derecho a la protesta basado en estándares internacionales de derechos humanos, lo cual implica abstenerse de impedir u obstaculizar la protesta social”, indica el documento elaborado por el relator Edison Lanza.

En esta misma línea, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas está desarrollando una observación general sobre el Artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) sobre el derecho de reunión pacífica, considerando que es clave en sociedades libres y democráticas, porque habilita la expresión de creencias y manifestaciones culturales, especialmente porque dan voz a demandas de sectores marginados, vulnerables y menos visibilizados.

Los Estados y sus agentes deben facilitar y crear un entorno propicio para el ejercicio de los derechos de reunión. Por lo tanto tienen obligaciones positivas de prestar asistencia a los participantes para que logren sus objetivos legítimos. Incluso puede ser necesario bloquear las calles, desviar el tráfico o proporcionar seguridad a los participantes de las protestas.

Esas obligaciones positivas también entrañan el establecimiento de un marco jurídico en el que se puedan ejercer eficazmente esos derechos y la protección de  los participantes contra posibles vulneraciones de agentes no estatales, como la injerencia o la violencia por parte del resto de  la población.

En CAinfo y Observacom entendemos que el Estado uruguayo debe evitar la aprobación de legislación regresiva, contraria a los estándares internacionales de derechos humanos y que desconoce los avances registrados en los últimos años, por los cuales el país ha sido reconocido internacionalmente.


[1] Este derecho ya había sido afectado por el decreto del Poder Ejecutivo del 20 de marzo de 2017, que fue cuestionado por un comunicado de CAinfo emitido el 24 de marzo del mismo año.