Sobre la cobertura periodística de una violación y la afectación a la libertad de expresión

Sobre la cobertura periodística de una violación y la afectación a la libertad de expresión

El ejercicio del derecho a la libertad de expresión en el país volvió a la discusión pública en las últimas semanas luego de la cobertura periodística de la violación grupal que sufrió una mujer en Montevideo.  

La forma en que se publicó la noticia en distintos medios de comunicación, el desconocimiento de principios éticos de la profesión periodística -y la presunta vulneración del artículo 92 de la ley de violencia de género N° 19.580- al difundir audios sin la autorización de la víctima, así como las consecuencias judiciales de dichas prácticas, tuvieron una amplia repercusión a nivel social.  

Por ese motivo, Cainfo considera pertinente y necesario realizar algunas consideraciones, de forma de enriquecer una discusión sobre el cumplimiento de las garantías del derecho a la  libertad de expresión y la mejora de las prácticas periodísticas. 

La medida solicitada por la fiscal Mariana Alfaro, y aceptada por la jueza Patricia Rodríguez, de acceder a los dispositivos móviles y equipamiento informático de los integrantes del programa radial La Pecera de Azul FM, afecta la libertad de expresión del periodista y su equipo, y establece un peligroso antecedente para el ejercicio de la profesión periodística que puede generar un efecto inhibitorio en todo el colectivo a nivel nacional.

Si bien el derecho a la libertad de información no es absoluto, y la medida se dispuso en el marco de una indagatoria penal, la medida resulta desproporcionada porque sus efectos exceden el caso concreto e implica un riesgo para las fuentes informativas, cuya identidad puede revelarse a terceros mediante el acceso de los equipos informáticos de los periodistas. Este episodio puede, además, inhibir a cualquier potencial fuente que en el futuro esté en condiciones de aportar información en casos de interés público, ante el riesgo de que su identidad sea revelada. Esto empobrece el debate democrático y afecta el derecho a la información pública de toda la población. 

Reserva de las fuentes 

Uruguay ha adherido a normativa internacional que garantiza la libertad de expresión de periodistas, la reserva de sus fuentes de información y la independencia en el ejercicio profesional. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos considera que la libertad de expresión es “un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”. 

En este sentido, es oportuno recordar que el Principio 8 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión establece que “Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”, y la posterior interpretación de dicho principio consagra “el derecho de todo comunicador social a negarse a revelar las fuentes de información como así también el producto de sus investigaciones a entidades privadas, terceros, autoridades públicas o judiciales”.  

“Se considera que el secreto profesional es el derecho del comunicador social de no revelar información y documentación que ha recibido en confianza o como parte de su labor de investigación. Vale destacar que dicho derecho no se constituye como deber, ya que el comunicador social no está obligado a guardar el secreto de sus fuentes de información, sino por razones de profesionalismo y de ética profesional”, indica la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en ese mismo documento.  

Por el alcance de estas garantías, que además están amparadas por legislación a nivel nacional, Cainfo considera que la medida judicial dispuesta en este caso implica una nueva afectación del ejercicio de la libertad de expresión periodística en el país, que se suma a retrocesos normativos y de aplicación legal que la organización ha venido señalando en reiteradas alertas e informes de monitoreo en el pasado reciente.  

No obstante, resultan oportunas y saludables las manifestaciones del Fiscal de Corte subrogante, Juan Gómez, quien descartó la intención de “vulnerar fuentes, derechos consagrados internacionalmente y también legalmente en nuestro país” para el periodismo. 

La ética periodística 

En el caso concreto de la cobertura periodística que dio origen a la solicitud judicial, a juicio de Cainfo se incurrió en una práctica que vulnera principios éticos de la profesión contenidos en manuales, guías y códigos a nivel internacional, incluso en el que la organización contribuyó a redactar en 2013 y fue adoptado en ese año por la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU).  

Por ejemplo, el código de ética señala en su artículo 16 que “Los periodistas deben respetar la privacidad de las personas. El derecho a la información de los ciudadanos prevalecerá sólo cuando se viera afectado un bien de la comunidad o el interés público por un aspecto relacionado con la intimidad de una persona involucrada de manera directa en el asunto que es objeto de la cobertura”. 

El artículo 21 establece que “Los periodistas cuidarán especialmente el uso de la imagen en las coberturas de hechos violentos, a fin de no abundar en detalles escabrosos como la exposición de caras y cuerpos con claros signos de violencia ni criminalizar a las personas involucradas cuando se utilizan recursos de ocultación”. 

El artículo 22 señala que “los periodistas deben ser respetuosos del dolor ajeno, evitando testimonios que re victimicen a las personas en situación de vulnerabilidad. Tampoco deben obtener de modo inconsulto imágenes o audio de las personas involucradas en hechos violentos”. En este caso además, los audios obtenidos fueron difundidos junto con consideraciones y comentarios que afectaban especialmente a la víctima. 

En materia de género y discriminación, el artículo 34 del código sugiere que “Las coberturas periodísticas deben ser equilibradas en el tratamiento de género, utilizando lenguaje neutro y no sexista que evite estereotipos y contemple la diversidad. Esto debe regir tanto para la cobertura de información como en la producción y presentación de las noticias”. 

Más adelante, el artículo 36 complementa que “Los periodistas identificarán la violencia de género con exactitud, utilizarán lenguaje preciso y no estereotipado, de acuerdo a la definición internacional incluida en la Declaración de las Naciones Unidas de 1993”. 

En consideración de todos estos hechos, Cainfo expresa su preocupación por una medida judicial que, por el solo hecho de haber sido ordenada y aunque no haya tenido un pleno cumplimiento, afecta la libertad de expresión y sienta un antecedente negativo que puede afectar el ejercicio de la profesión periodística. Por esa razón, considera que este episodio debe tomarse como una oportunidad para profundizar el compromiso del Estado en las garantías para una prensa libre e independiente, y en las prácticas periodísticas ajustadas a los principios éticos que guían esta profesión. 

Organizaciones expresan preocupación por censura privada en plataformas digitales que afecta libertad de expresión en Uruguay

Organizaciones expresan preocupación por censura privada en plataformas digitales que afecta libertad de expresión en Uruguay

Montevideo, 25 de Noviembre de 2021

Organizaciones de la sociedad civil expresan su preocupación por el uso abusivo de los mecanismos de censura privada en plataformas digitales violentando la libertad de expresión de medios de prensa en Uruguay

Las abajo firmantes, organizaciones de la sociedad civil, dedicadas al estudio de políticas públicas de Internet y a la defensa de derechos fundamentales resaltamos el papel decisivo que desempeñan los motores de búsqueda de internet en la difusión global de la información periodística, por lo cual expresamos nuestra preocupación por el retiro de los resultados de búsqueda de Google de dos investigaciones publicadas por el medio digital uruguayo Sudestada, sin garantías de una defensa previa, apelación y debido proceso. 

Se trata de dos reclamos activados con fundamentos diferentes: una de las investigaciones periodísticas es desindexada por presunta violación de los derechos de autor de acuerdo con la ley de Estados Unidos (DCMA) y la otra nota se desindexa del motor de búsqueda por una presunta violación del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (GDPR).

Si bien los fundamentos son diferentes, ambas decisiones tienen varias cuestiones en común: (1) las denuncias de terceros tratan de ocultar información de alto interés público sobre la participación de estudios jurídicos uruguayos en casos de corrupción, (2) las notificaciones de Google no cuentan con una descripción o fundamentos suficientes que den cuenta sobre los supuestos ilícitos, (3) los denunciantes son anónimos y (4) las formas de apelación son inadecuadas y/o abusivas, ya que el simple reclamo obliga al periodista y al medio a aceptar que el juicio se realizaría en una jurisdicción fuera de Uruguay. Esta pauta establecida en el marco legal de los EEUU y de la UE se impone a otras jurisdicciones y constituye un fuerte desincentivo al reclamo. La plataforma no ofrece ninguna alternativa adaptada a usuarios y usuarias que no residen en esos territorios y por lo tanto tienen otros marcos legales y jurídicos de resguardo de sus derechos.

Estas formas de moderación de contenidos de Google llevan a la indefensión del medio denunciado ya que las peticiones de restricción de contenidos deben ser claras, inequívocas y respetar el debido proceso, además de brindar la posibilidad de acceder a un recurso judicial efectivo en el lugar donde residen. De esta forma, para que sus normas sean compatibles con estándares de derechos humanos, las plataformas digitales deberían:

  • Expresar claramente las razones por las que el contenido en cuestión incumple las políticas de restricción de contenido de la plataforma de internet brindando una descripción sucinta de los hechos y contexto.
  • Brindar los datos de contacto del denunciante o su representante o, si la ley no lo permite, el identificador de Internet de la información relacionada al reclamo.
  • Brindar al denunciado la posibilidad de un proceso de apelación efectivo y rápido, en su propio idioma, y dirimir el conflicto en tribunales nacionales.
  • Establecer y aplicar mecanismos de revisión, castigo y reparación para aquellos casos de uso abusivo de los mecanismos de reclamo de terceros que buscan cercenar la libertad de información en línea.

Por estas razones, las organizaciones firmantes apoyamos el reclamo de Sudestada comprendiendo que, si bien el derecho a la libertad de expresión no es absoluto,  es inadmisible e intolerable el uso abusivo de los mecanismos de denuncia, enmarcados ya sea en supuestas violaciones al derecho de autor o en el denominado “derecho al olvido”, como estrategia de silenciamiento de expresiones de interés público.

Access Now

Alianza Regional por la Libre Expresión e Información

Asociación de la Prensa Uruguaya

Asociación TEDIC (Paraguay)

Associação Brasileira de Jornalismo Investigativo (Abraji)

CAInfo (Uruguay)

Cieenpre Juntos (Uruguay)

Cotidiano Mujer (Uruguay)

Creative Commons Uruguay

Data Uruguay

Datysoc (Uruguay)

El Abrojo (Uruguay)

Fundación Karisma (Colombia)

Fundación Vía Libre (Argentina)

Hermandad Pro Derechos Uruguay

IFEX-ALC

Instituto Brasileiro de Defesa do Consumidor

Instituto de Comunicación y Desarrollo (ICD), Uruguay

Intervozes – Coletivo Brasil de Comunicação Social

ISICRI (Perú)

OBSERVACOM

ONG Acción Constitucional (Chile)

Open Knowledge Foundation

Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP)

Uruguay Transparente

Usuarios Digitales (Ecuador)

Descargá la declaración completa acá.

Auge de juicios penales a periodistas amenaza la libertad de expresión

Auge de juicios penales a periodistas amenaza la libertad de expresión

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresa preocupación por una serie de demandas judiciales contra periodistas presentadas en las últimas semanas, que atentan contra la libertad de expresión y la libre circulación de información. 

La mayoría de las denuncias presentadas, o anunciadas públicamente, entre los meses de julio, agosto y setiembre refieren a demandas penales por difamación e injurias a raíz de publicaciones periodísticas. La mayoría de ellas provienen de altos funcionarios estatales o legisladores. 

En tres meses suman siete los juicios presentados más dos amenazas de inicio de demandas, cuando el último informe de monitoreo registró tres casos en todo un año.

En base a estándares internacionales de libertad de expresión, CAinfo entiende que estas acciones procuran afectar el derecho de los periodistas y generan un ambiente de hostigamiento utilizando el sistema judicial. Además, desconocen los avances acumulados en los últimos años en la materia, que permiten recurrir a mecanismos previos o alternativos, como el derecho a réplica.

Los casos que llegaron a conocimiento de CAinfo son los siguientes:

– Director departamental de Salud de Tacuarembó, Juan Miguel Motta, contra José Morales Brum de semanario Tacuarembó Ahora

A fines de julio de 2021 Juan Miguel Motta, inició una demanda penal por difamación contra José Morales Brum, director del semanario Tacuarembó Ahora.

El motivo de la denuncia es la publicación de varios artículos periodísticos en los que se da cuenta de la gestión de Motta al frente del organismo que depende del Ministerio de Salud Pública. Entre ellas, se menciona la gestión de la pandemia de Covid-19 a nivel local y la falta de controles sobre la actividad de un hogar de adultos mayores, que funcionaba en situación irregular. 

Después de varias instancias judiciales, se llegó a un acuerdo para dar por terminado el proceso, sin consecuencias para el periodista. 

– Exedil colorado de Maldonado, Pablo Gallo, contra La diaria, Canal 10, La República, Caras y Caretas, FM Gente, Radio Piriápolis.

En febrero de este año, los medios citados difundieron la noticia de que el exedil del Partido Colorado, Pablo Gallo, fue enviado a prisión por una estafa con terrenos. Gallo ya había sido procesado en 1997 por un delito de contrabando y en 1999 por un delito de violencia doméstica. La demanda es por daño moral y lucro cesante, y reclama una indemnización de 300 mil dólares. 

– Exasesora de OFI, Andrea Valiente, contra Eduardo Mérica de Diario Uruguay

El 6 de agosto, el periodista Eduardo Mérica de Diario Uruguay, debió presentarse ante la Fiscalía de Rivera por una denuncia penal por difamación e injurias que presentó la exasesora jurídica de la Organización del Fútbol del Interior (OFI), Andrea Valiente. El periodista había informado sobre la desvinculación de Valiente de la OFI. Finalmente, el caso se archivó luego que el periodista acordara un derecho a réplica.

– Diputado César Vega contra Leandro Grille de Legítima Defensa.

El diputado del Partido Ecologista Radical Intransigente (PERI), César Vega, presentó una demanda penal contra el periodista Leandro Guille. El 29 de julio Vega realizó una conferencia de prensa en el Palacio Legislativo y mostró ante cámaras a  mujeres con elementos de metal adheridos a su cuerpo, atribuyendo el fenómeno a la vacunación contra la Covid-19. Pocos días después trascendió que esas personas no habían sido vacunadas.

Durante una de las ediciones del programa televisivo, Grille cuestionó la conducta del legislador, quien consideró que el periodista realizó una serie de “conceptualizaciones difamatorias e injuriosas”. La demanda de Vega fue rechazada en primera instancia, aunque el legislador anunció su intención de apelar, lo cual no ha concretado.

– Científico Gonzalo Moratorio contra Esteban Queimada de Radio Nacional

El 12 de agosto, el virólogo Gonzalo Moratorio presentó una denuncia ante la Fiscalía contra el conductor radial Esteban Queimada. El abogado de Moratorio dijo que Queimada, en su programa, realizó una serie de comentarios agraviantes por su apoyo a la vacunación contra la Covid-19, por lo cual buscan una retractación del denunciado por la vía judicial. 

Expresidente del Defensor Sporting Club, Daniel Jablonka, contra Nicolás Musetti de Control Orientado

Daniel Jablonka presentó una denuncia penal por difamación contra el periodista deportivo Nicolás Musetti, a raíz de informaciones publicadas hace más de un año sobre una asamblea de la institución en la que se discutieron detalles de su gestión financiera. El exdirectivo incluyó a otras cuatro personas en la denuncia, y presentó como prueba sus publicaciones en redes sociales; en el caso de Musetti, en ninguna de ellas aparece mencionado el denunciante. 

La primera audiencia se realizó el pasado jueves 9 de setiembre. Hasta la publicación del presente comunicado no se realizaron nuevas actuaciones.

– Integrante de Cabildo Abierto, Pilar Silvestre contra La Diaria y Caras y Caretas

Pilar Silvestre presentó una demanda judicial contra los medios Caras y Caretas y La Diaria por las informaciones publicadas en marzo de 2020 luego de su frustrada designación como Directora Nacional de Economía Social e Integración Laboral del Ministerio de Desarrollo Social. La primera audiencia fue fijada para este jueves 16 de setiembre.

A estos juicios presentados se suma la amenaza realizada por la senadora Graciela Bianchi a través de la red social Twitter el 16 de julio al coordinador de informativos de Canal 4, Gonzalo Terra, a quién advirtió que presentaría ante Fiscalía una demanda por difamación e injurias si no reproducía textualmente sus tuits respecto a la formalización de dos agentes de policía por el homicidio de un joven. La presentación judicial todavía no se produjo.

A su vez, el periodista del semanario Crónicas del Este, Sergio Secinaro, denunció el 20 de agosto que recibió la llamada del ministro de Trabajo Pablo Mieres, y de uno de sus asesores, reclamando el retiro de una publicación para evitar la presentación de una demanda judicial. La noticia refería a que el entonces ministro de Turismo, Germán Cardoso, había contratado a una empresa que hasta diciembre de 2019 integró la hija del secretario de Estado. Pocos días después de ese episodio, Mieres dijo en una entrevista en televisión que había desistido de la demanda porque el periodista aclaró la situación.

CAinfo reitera su preocupación ante este ambiente de hostigamiento hacia periodistas y medios de comunicación, que configura una amenaza a la libertad de expresión y la instalación de un clima de amedrentamiento hacia todo el colectivo que reduce la calidad de la información que llega a la población. 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, ha reiterado que “el ejercicio periodístico sólo puede efectuarse libremente cuando las personas que lo realizan no son víctimas de amenazas ni de agresiones físicas, psíquicas o morales u otros actos de hostigamiento”. Y que “las agresiones cometidas en contra de los periodistas tienen el objetivo de silenciarlos, por lo que constituyen igualmente violaciones al derecho que tiene una sociedad a acceder libremente a la información. Una prensa independiente y crítica constituye un elemento fundamental para la vigencia de las demás libertades que integran el sistema democrático y el estado de derecho”. 

ACTUALIZACIÓN: Luego de ser publicado este comunicado, CAinfo tuvo noticia de otro juicio que está en curso.

En mayo de este año, el secretario general de la Confederación de Funcionarios del Estado (COFE), José Lorenzo López, presentó una denuncia por difamación e injurias contra la periodista Ana Laura Pérez.

Al participar en el programa En Perspectiva, la periodista hizo referencia al hecho ocurrido en 2015 cuando un grupo de funcionarios del INAU agredió a adolescentes privados de libertad, en presencia de López. El dirigente sindical solicitó un derecho a réplica por los dichos de Pérez, el que fue concedido el 21 de mayo de este año. Sin embargo, López presentó una denuncia penal que aún está abierta.

CAinfo manifiesta preocupación por el robo ocurrido en el domicilio de su presidente

CAinfo manifiesta preocupación por el robo ocurrido en el domicilio de su presidente

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresa su preocupación por el robo ocurrido el pasado domingo 11 de julio en el domicilio de su presidente, Fabian Werner, y el de su compañera, María Natalia Rodríguez, a quienes le fue sustraída una mochila con equipamiento informático (dos computadoras y un disco externo) y tarjetas de crédito y débito.

CAinfo manifiesta su inquietud ante el hecho y pide a las autoridades una pronta investigación a fin de esclarecer la situación, ubicar a los responsables y recuperar el equipamiento robado, que contenía información relevante para la labor de ambos periodistas y para nuestra organización. 

Es fundamental aclarar si se trató de un hecho delictivo al azar o si fue algo premeditado y dirigido contra ambas personas como consecuencia del trabajo que realizan como periodistas y miembros de una organización de la sociedad civil. 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reiterado en numerosos pronunciamientos la obligación de los Estados de investigar de manera diligente los hechos que puedan implicar una amenaza al ejercicio de la labor de periodistas y defensores y defensoras de derechos humanos, así como adoptar un marco institucional adecuado que asigne la responsabilidad de investigar y juzgar dichos delitos a las autoridades que estén en mejores condiciones para resolverlos. 

CAinfo registró 49 casos de amenazas a la libertad de expresión en el último año

CAinfo registró 49 casos de amenazas a la libertad de expresión en el último año

En el último año se registraron 49 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas en Uruguay, según el séptimo informe de monitoreo realizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo). Se trata del número más alto de casos desde que existe el estudio, luego de los 26 registrados en el sexto informe. La mayoría de los episodios (30) tienen que ver con la restricción del acceso a la información.

La investigación y elaboración de este informe se desarrolló en un marco de creciente riesgo para la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación. Ese clima de hostilidad, muchas veces se traduce en agresiones a través de redes sociales, acusaciones de intencionalidad política, atribuciones de pertenencia a partidos o grupos de interés, entre otros ataques que involucran a funcionarios públicos y miembros del gobierno.

El reporte abarca entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021 y se enmarca en el proyecto “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay. Monitoreo de amenazas” de CAinfo, que impulsa la promoción y defensa de la libertad de expresión en el país a partir del desarrollo de una metodología de relevamiento y sistematización de información sobre la materia.

El trabajo realizado este último año muestra la existencia de, al menos, 49 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas en Uruguay en seis de los 12 indicadores analizados: agresiones y ataques, discurso estigmatizante, restricción al acceso a la información, procesos civiles y/o penales, uso abusivo del poder estatal y marco jurídico contrario a estándares internacionales de libertad de expresión y prensa.

La restricción al acceso a la información fue la categoría que reunió más casos y entre ellos 29 correspondientes a pedidos de acceso rechazados, no contestados o respondidos de manera incompleta o parcial. Esto también confirma un deterioro en el cumplimiento de este derecho que ya se venía registrando en informes anteriores, pero que tiene una confirmación cuantitativa en el año 2020.

Además de los pedidos de acceso que no fueron respondidos también se registró un retroceso normativo, que se refleja en algunas disposiciones de la Ley de Urgente Consideración aprobada con los votos de la coalición de gobierno, según consignó CAinfo en su informe ante el parlamento en mayo de 2020.

La categoría Agresiones y ataques tuvo 8 episodios y le siguen el Marco jurídico contrario a estándares con 4, los procesos judiciales con 3, el uso abusivo del poder estatal con 2 y el Discurso estigmatizante con 2.

De las personas que sufrieron las amenazas, en 4 casos se afectó a periodistas mujeres (en dos casos los ataques tuvieron claros componentes de violencia de género), en 30 a varones y en 15 ocasiones el episodio tuvo impacto en equipos periodísticos o medios de comunicación. Los responsables de las amenazas fueron organismos o funcionarios del Estado en 39 ocasiones, en 6 fueron personas no estatales y en 5 no se identificó a los responsables.

CAinfo ve particularmente preocupante el aumento de casos de rechazo de solicitudes de acceso a la información pública amparándose en cláusulas de confidencialidad, como ocurrió en los casos de los contratos para la compra de vacunas contra la Covid-19, el proceso de litigio internacional contra el Estado uruguayo por parte de la minera Aratirí, y otros casos puntuales como el acuerdo con la empresa PepsiCo y el caso del sumario al exsecretario de la Presidencia de la República, Miguel Ángel Toma.

También se constató una tendencia de los organismos públicos, tanto a nivel nacional como departamental, a restringir el acceso a la información vinculada a la pandemia de Covid-19, en una línea contraria a las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana (CIDH). En este sentido, a CAinfo le resulta alarmante el criterio aplicado por algunas direcciones departamentales de salud que se niegan a informar sobre los casos de Covid-19 por localidad, con el argumento de no “estigmatizar” a la población, mientras hay otras que lo hacen en tiempo y forma.

El problema motivó a CAinfo y un grupo de organizaciones preocupadas por la situación a emitir una declaración en defensa de la transparencia de la información sobre la pandemia, a fin de exhortar a las autoridades nacionales y departamentales a cumplir con su obligación de garantizar el cumplimiento de un derecho fundamental en tiempo de crisis sanitaria.

Descargá el Séptimo Informe de Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión en este enlace.