Las organizaciones firmantes reiteramos nuestra preocupación al proceso parlamentario de elección que precede a las designaciones de los/as Ministros/as de la Suprema Corte de Justicia. La transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas son pilares fundamentales y confieren sustento a la representación política. Por tanto resulta inaceptable que el referido proceso se continúe realizando sin cumplir ninguno de estos estándares que hacen a la esencia del sistema republicano y que contribuyen a fortalecer la independencia judicial y la confianza en el sistema de justicia.

La actitud asumida hacia la ciudadanía desde el parlamento nacional como institución que encarna la democracia representativa es preocupante, pues se continua con la práctica de designación como producto de un acuerdo entre partidos políticos con representación parlamentaria, sobre el cual muy poco trasciende y al que se arriba con prescindencia del reiterado reclamo realizado desde el movimiento social con el propósito de que se garantice la transparencia y la rendición de cuentas en el nombramiento de los integrantes del máximo órgano judicial.

Nuestro reclamo no es nuevo. El 20 de octubre de 2014 las organizaciones presentamos una petición administrativa (Art. 30 de la Constitución Nacional) ante la Asamblea General del Poder Legislativo a efectos de posibilitar que la ciudadanía conozca cómo se adoptan las decisiones en torno a las designaciones de los ministros y ministras de la SCJ, y para promover la posibilidad de que exista un verdadero proceso de elección previo a la designación, que contemple la transparencia, la participación social y la rendición de cuentas, como pilares en el marco de las disposiciones constitucionales hoy vigentes. La petición fue archivada al inicio de esta legislatura sin que nunca fuera tratado el asunto.

El 16 de junio de 2015 las organizaciones sociales insistimos en nuestro reclamo y reiteramos la acción con la expectativa de encontrar un parlamento de puertas abiertas al movimiento social. [i] Ha transcurrido un año y medio, y el Parlamento continua sin dar respuesta a nuestra Petición.

En una actitud que mucho lamentamos, el sistema político resuelve continuar transitando por el camino de la negociación política partidaria a espaldas de la ciudadanía y adoptó la decisión de dos designaciones y en los próximos día una tercera, sin expedirse en forma previa sobre la petición y sin brindar ninguna respuesta formal como entendemos correspondía ante la seriedad y formalidad de nuestro planteo. Pese a que desde octubre de 2014 venimos insistiendo en este asunto las organizaciones sociales nos enteramos por la prensa que se redobla la práctica de secretismo, -no sólo negociando partidariamente cada cargo- con una negociación que pretende abarcar las vacantes futuras, todo lo cual nos parece una muy mala señal hacia la porción importante del movimiento social que representamos.

En este sentido, atendiendo además a que la transparencia y la rendición de cuentas son elementos que refuerzan la confianza en las instituciones democráticas, hacemos un llamado a los legisladores y legisladoras que dieron y darán su voto a las designaciones, para que abandonen una práctica que no se encuentra a la altura del desarrollo democrático del país y la sustituyan por un proceso de elección transparente, basado en criterios objetivos de evaluación establecidos con antelación, que permitan considerar los talentos y virtudes de quienes aspiren a ocupar cargos en el máximo órgano judicial. Asimismo – hasta tanto no se expidan formalmente sobre nuestra Petición – para que hagan público el fundamento de su voto y expliciten las razones, los motivos, consideraciones y el alcance de los acuerdos políticos partidarios que definen quien es Ministro/a de la Suprema Corte de Justicia, a efectos de que esta información pueda ser conocida por la ciudadanía. Nuestro reclamo se sustenta en el legítimo derecho a participar, a conocer quiénes fueron los/as candidatos/as evaluados y a saber cómo se adoptan las decisiones públicas.

El procedimiento seguido por el Parlamento Nacional desconoce los estándares y recomendaciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido claramente que los Estados deben promover que los “procedimientos sean abiertos al escrutinio de los sectores sociales, lo cual reduce significativamente el grado de discrecionalidad de las autoridades encargadas de la selección y nombramiento y la consecuente posibilidad de injerencia de otros poderes, facilitando la identificación del mérito y capacidades profesionales de las y los candidatos”.[ii]

Asimismo ha recomendado que “para fortalecer la independencia de las y los operadores de justicia que integrarán los más altos puestos dentro del poder judicial, fiscalía o defensoría pública, resulta conveniente incluir la celebración de audiencias o de entrevistas públicas, adecuadamente preparadas, en las que la ciudadanía, las organizaciones no gubernamentales y otros interesados tuvieran la posibilidad de conocer los criterios de selección, así como a impugnar a las candidatas y candidatos y expresar sus inquietudes o su apoyo”.[iii]

Consideramos de suma importancia que el Parlamento Nacional se expida formalmente sobre nuestra Acción de Petición, para así poner fin a una práctica de más de 110 años en el país, o en su defecto poder conocer los argumentos mediante los cuales el sistema político partidario continua defendiéndola.

CAinfo
Cooperativa Mujer Ahora
IELSUR
Instituto Sexur
Fundación Mario Benedetti
Grupo Derecho y Género de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República
Mujeres de Paz Uruguay-
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de la Mujer CLADEM- Uruguay
Colectivo Mujeres en el Horno
Comisión Nacional de Seguimiento. Mujeres por Democracia, Equidad y Ciudadanía
Red Uruguaya Contra la Violencia Doméstica y Sexual
Red Canarias en Movimiento
Cotidiano Mujer (Centro de Comunicación Virginia Woolf)
Infancia Adolescencia Ciudadana (IACI )
Serpaj- Uruguay
Centro Interdisciplinario de Estudios sobre el Desarrollo – Uruguay (CIEDUR)
Centro Interdisciplinario Aire.uy
Codof (Cooperativa de Trabajo Docentes para una Formación Integral)
Asociación Civil COLECTIVAMUJERES
Amnistía Internacional – Uruguay
M​UJER Y SALUD EN URUGUAY – MYSU
Movimiento Sindical PITCNT
Crysol
Colectivo Mujeres de Negro- Uruguay
Datos Abiertos, Transparencia y Acceso a la Información Pública
Proderechos
Observatorio de Políticas Públicas de Derechos Humanos en el Mercosur

[i] ACCIÓN DE PETICIÓN presentada ante la Asamblea General:

1- Se proceda a la creación de una Comisión Especial Bicameral con las siguientes competencias:

a.- Recepción de las propuestas de personas que aspiran a ocupar el cargo de Ministro/a de la Suprema Corte de Justicia, acompañadas del currículum vitae de cada una y su constancia de conformidad a la probable designación.

b.- Recepción del listado de magistrado/as del Poder Judicial y Ministerio Público y Fiscal que accederían al cargo vacante en virtud de su antigüedad para el caso de no obtenerse la mayoría constitucionalmente exigida para la designación del cargo. Dicho listado adjuntará el currículum vitae de las mencionadas personas y su constancia de conformidad al probable nombramiento.

c.- Poner a disposición de la ciudadanía la información referente a las personas incluidas en los listados a) y b) antes mencionados, a través de los medios que se consideren más adecuados (página web del Parlamento y/u otros).

d.- Estudiar y evaluar los méritos de todas las propuestas recibidas de personas aspirantes a ocupar el cargo así como de quienes integran el listado indicativo de antigüedad. Para dicha evaluación la Comisión Especial recibirá la opinión fundada de integrantes del Poder Judicial y del Ministerio Público y Fiscal, operadores jurídicos calificados y de la sociedad civil organizada.

e.- Elaborar –en base a los elementos recabados- los informes de síntesis y conclusiones a que se arribe y elevarlos a la Asamblea General, en el plazo que ésta haya fijado para su producción.

2) Que toda la información, datos y documentos que se manejen durante el proceso de elección, incluidas las versiones taquigráficas de la Comisión Especial Bicameral, sean de fácil acceso a la ciudadanía, para su conocimiento.

[ii] CIDH, Garantías para la independencia de las y los operadores del sistema de justicia, OEA 2013. pár. 80

[iii] Ibidem; pár. 81