En este período la mayor preocupación para la libertad de expresión recae en el manejo bajo estricta reserva que viene haciendo el Ministerio del Interior sobre el Guardián, un sistema de vigilancia electrónica adquirido a una empresa brasileña a través de una compra directa de US$ 2 millones.

El software multiplica la capacidad de interceptación de comunicaciones que tiene la Policía. Con él se puede acceder de forma simultánea a 800 celulares y 200 teléfonos fijos; también habilita a crear cuentas espejo de hasta 100 suscripciones de e-mails y el monitoreo de hasta tres redes sociales. El sistema unificaría las escuchas telefónicas que actualmente realizan 22 dependencias del Ministerio del Interior, y permite cruzar información y reconocer automáticamente palabras clave en las conversaciones.

Los esfuerzos del Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo), primero a través de la ley de Acceso a la Información y —tras su fracaso—, para lograr que la Justicia obligue al Ministerio del Interior a explicar el funcionamiento del programa, su alcance y, sobre todo, los controles y garantías para que las informaciones así recabadas no puedan ser usadas de manera arbitraria, chocaron con la negativa de la autoridad. Finalmente, la Justicia rechazó el pedido entendiendo que lo relativo al funcionamiento del Guardián se encuentra “claramente cubierto por el secreto”.

En cuanto a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, más conocida como Ley de Medios sancionada a fines de la pasada administración, el nuevo presidente de la República, Tabaré Vázquez, que asumió en marzo, ha cumplido con su anuncio de no proceder a reglamentarla mientras se sustancian ante la Suprema Corte de Justicia unos 18 reclamos de inconstitucionalidad.

El 9 de marzo, el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública se presentó ante la Justicia en virtud de que el Ministerio del Interior, vencidos todos los plazos, no había respondido a su pedido de información sobre el Guardián, de acuerdo a disposiciones legales. En la demanda ante la sede de primer turno del Contencioso Administrativo, a la que accedió El País, CAinfo sostiene que “las leyes deben asegurar que el público pueda acceder a información sobre los programas de vigilancia de comunicaciones privadas, su alcance y los controles existentes para garantizar que no pueden ser usados de manera arbitraria. En consecuencia, los Estados deben difundir, por lo menos, información relativa al marco regulatorio de los programas de vigilancia, los órganos encargados para implementar y supervisar dichos programas, los procedimientos de autorización, de selección de objetivos y manejo de datos, así como información técnica sobre el uso de estas técnicas, incluidos datos agregados sobre su alcance”.

Considera que no puede “admitirse” una clasificación genérica de toda la información relativa a El Guardián que impida, nada más y nada menos, que el escrutinio público sobre los sistemas de vigilancia de telecomunicaciones que empleará el Estado. Ello constituiría una violación flagrante de los derechos humanos a la información y participación ciudadana e implicaría desconocer todos los estándares y garantías en materia de clasificación de información pública”.

CAinfo advierte que la experiencia internacional indica que este tipo de plataforma tecnológica “engloba un riesgo muy alto para la privacidad de las personas y se ha prestado a abusos sobre la población”.

El Tribunal de Apelaciones, que ratificó la sentencia de primera instancia, sostuvo que la información requerida se encuentra “claramente cubierta por el secreto”, que incluso la compra del sistema se difundió incidentalmente y que su confidencialidad responde a razones de seguridad y protección de los derechos de los habitantes.

El 12 de junio, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) condenó las amenazas del empresario Carlos Bustin al semanario Búsqueda a raíz de un reportaje que involucra a la Presidencia de la República del país suramericano.

El 18 de junio, el Centro de Archivo y Acceso a la Información informó que registró 37 amenazas a la libertad de expresión, de los cuales 15 casos no fueron denunciados; 17 fueron denunciados a través de la prensa; 4 fueron objeto de denuncia policial y uno ante la justicia. Un 40% de estos casos se registró en Montevideo y el resto en el interior.

La metodología más usada para amenazar es la demanda judicial; además se registra hostigamiento físico, amenaza y obstrucción de la labor periodística.

El 1 de julio, ante la Comisión de Seguridad del Senado de la República, el Director Nacional de Policía, Julio Guarteche aseguró que en una investigación sobre un caso de secuestro de una médica ginecóloga, dispondría de la detención de periodistas porque estaban acosando y presionando a investigadores, a lo que calificó de “violencia privada”.

El 31 de julio, el diario El Telégrafo de Paysandú, con loable inquietud periodística, usó un dron para fotografiar desde el aire un galpón que se derrumbó en la planta de Alcoholes del Uruguay (Alur) vinculada a Ancap, ente monopólico de los combustibles en el Uruguay. Las fotos mostraron la gravedad del derrumbe en una construcción denunciada por sus sobre costos y que no luce demasiado sólida a pesar de lo invertido en ella.

La empresa, que no había informado oficialmente del accidente, denunció al periódico por el uso del aparato con fines periodísticos, concitando la denuncia y el apoyo de la SIP para el periódico.