Uruguay registró 37 amenazas a libertad de expresión de periodistas

Uruguay registró 37 amenazas a libertad de expresión de periodistas

Uruguay registró 37 casos de amenazas a la libertad de expresión de periodistas durante el año 2014 y el primer trimestre de 2015, según los datos del informe “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay. Monitoreo de amenazas” realizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo), publicado este jueves 18.

De los 37 casos 25 ocurrieron en 2014 y 12 en el primer trimestre de 2015. Quince de los 37 episodios identificados no fueron denunciados ante ninguna instancia; 17 fueron denunciados a través de la prensa o en alguna instancia como APU, cuatro fueron objeto de denuncia policial y sólo uno ante la Justicia.

Según el nivel de gravedad, dos de los episodios fueron de nivel “Alto”, 25 de nivel “Medio” y 10 “Leves”. Si se desglosa la información por departamento, Montevideo es donde se produjeron más episodios (15 casos), mientras que en el interior los departamentos que presentaron la mayor cantidad fueron Soriano con siete y Colonia con cuatro. En la suma se produjeron 22 episodios de amenazas en el interior, lo cual confirma que resulta mucho más difícil el ejercicio de la profesión fuera de la capital.

La utilización de las demandas judiciales para amenazar a la libertad de expresión ha sido la modalidad más reiterada en el período analizado, con nueve casos registrados, cuatro de ellos en Montevideo, dos en Rocha y uno en Soriano, Colonia y Cerro Largo respectivamente.

Análisis cuantitativo de casos:

por categoria por denuncia por departamento por mes por nivel por responsable

Ver informe completo en la página web: monitoreo.cainfo.org.uy

Se publica mañana informe de amenazas a Libertad de Expresión de Periodistas

Se publica mañana informe de amenazas a Libertad de Expresión de Periodistas

El informe del primer Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión de los periodistas en Uruguay será publicado este jueves 18 de junio por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo). El reporte da cuenta del estado de situación durante el año 2014 y el primer trimestre de 2015 y presenta datos sobre distribución territorial de los episodios, nivel de gravedad, categorías, mes, departamento, responsable y cantidad de denuncias presentadas.

El monitoreo se enmarca en el proyecto “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay. Monitoreo de amenazas” que busca generar nuevas herramientas para la promoción y defensa de la libertad de expresión en el país a partir del desarrollo de una metodología de relevamiento y sistematización de información sobre la materia y de la puesta en línea de una plataforma digital para la recepción de denuncias, documentación y difusión de casos vinculados al ejercicio de este derecho por parte de los y las periodistas del país.

El relevamiento de la información se realizó durante ocho meses. Para su realización se contó con la contribución de una red de diez colaboradores en el interior del país, además de las filiales de APU en varios puntos del territorio. Asimismo un consultor realizó un relevamiento de denuncias publicadas en la prensa así como de los casos que terminaron tramitándose en el ámbito del Poder Judicial.

El derecho a la libertad de expresión cuenta en Uruguay de una amplia tutela convencional, constitucional y lega. Sin embargo, si bien el país ha incorporado los instrumentos en materia de libertad de expresión del Sistema Universal e Interamericano de protección de los Derechos Humanos, hasta el momento era uno de los pocos países de la región que no contaba con un monitoreo de cumplimiento de los estándares internacionales y regionales en esta materia, ya sea desde organismos oficiales o desde la sociedad civil organizada.

El trabajo fue coordinado por CAinfo y contó con la colaboración de la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) y el apoyo de la red de Intercambio Internacional para la Libertad de Expresión (IFEX, por su sigla en inglés), una plataforma global de organizaciones comprometidas con la defensa y promoción del derecho a la libertad de expresión en todo el mundo. CAinfo forma parte de IFEX-ALC, la alianza regional de IFEX en América Latina y el Caribe que trabaja para mejorar el impacto en la promoción y defensa del derecho a la libertad de expresión y darle visibilidad a este derecho con el fin de repercutir en la ciudadanía, los periodistas, los medios de comunicación y las autoridades.

Organizaciones sociales consolidan grupo de trabajo sobre Educación Inclusiva en Uruguay

Organizaciones sociales consolidan grupo de trabajo sobre Educación Inclusiva en Uruguay

Una decena de organizaciones sociales uruguayas firmaron una declaración de principios y se comprometieron a trabajar juntas con el propósito de incidir en la promoción y defensa del derecho humano a la educación inclusiva en Uruguay.

Las organizaciones, que conforman el Grupo de Trabajo sobre Educación Inclusiva (#GTEI), se comprometieron a aunar esfuerzos para generar cambios sociales para todas las personas que viven situaciones de discriminación por motivos de discapacidad.

“Todas las personas, incluidas las personas con discapacidad, tienen el derecho humano a asistir a centros educativos comunes”, sostiene el #GTEI en su declaración de principios. Para ello, el sistema educativo uruguayo debe realizar “profundos cambios a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos humanos en todos los niveles”.

Con este objetivo, las organizaciones se comprometieron a trabajar para incidir en la eliminación de “los obstáculos y barreras que impiden la participación efectiva de las personas con discapacidad en el sistema educativo común”.

“Un sistema educativo es inclusivo cuando valora y celebra la diversidad del alumnado, contempla sus necesidades y características individuales, y promueve el desarrollo pleno del potencial humano y sus capacidades”, señalan.

Recuerdan que a través de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad ratificada por Uruguay, la Ley N° 18.651 de Protección Integral de Personas con Discapacidad y la Ley General de Educación N°18.437, el Estado uruguayo está obligado a trabajar en este sentido.

Sin embargo, aún persisten muchos desafíos para que la educación inclusiva sea un hecho. Las organizaciones sostienen que es fundamental asegurar la inclusión efectiva de todas las personas con discapacidad en el sistema educativo común público y privado, formal y no formal, en la medida que “trae importantes beneficios para toda la comunidad educativa, y fomenta la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad en su ciclo de vida”.

Finalmente, las instituciones y organizaciones firmantes de la Declaración de Principios señalan que trabajarán para promover el derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad: “Queremos que el derecho sea un hecho”.

El #GTEI es coordinado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo). Adhirieron a la declaración de principios: Amnistía Internacional – Uruguay, el Comité de los Derechos del Niño/a – Uruguay, Defensa de Niñas y Niños Internacional – Uruguay, Federación Autismo Uruguay, Federación Uruguaya de Asociaciones de Padres de Personas con Discapacidad Intelectual, Infancia Adolescencia Ciudadana, Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo, Unión Nacional de Ciegos del Uruguay y el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública.

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Declaración de Principios #GTEI

Legisladores dispuestos a avanzar en regulación legal de la publicidad oficial

Legisladores dispuestos a avanzar en regulación legal de la publicidad oficial

CAinfo presentó ante partidos políticos, integrantes de la sociedad civil y asociaciones empresariales un ante proyecto de ley que busca regular la producción, planificación, contratación y distribución de la publicidad oficial.

La iniciativa, que se presentó este lunes 8 de junio en el foro “Regulación de la publicidad oficial”, fue valorada positivamente por los distintos panelistas. Los participantes coincidieron en destacar la necesidad de avanzar en una regulación legal y la oportunidad política que existe de hacerlo en esta legislatura.

Presentaron la inciativa Martín Prats (presidente CAinfo) y Gustavo Gómez (consultor). Participaron del foro Tania da Rosa (directora de CAinfo), Simone Reperger (directora FESUR, institución que co-organizó el evento), representantes de APU (Asociación de la Prensa del Uruguay), la Coalición por una Comunicación Democrática, así como de RAMI, CORI y OPI, organizaciones de medios del Interior.

Por parte de los partidos políticos, intervinieron los diputados Alejandro Sánchez (Frente Amplio), Pablo Abdala (Partido Nacional), Fitzgerald Cantero (Partido Colorado) e Iván Posadas (Partido Independiente).

A nivel general los legisladores marcaron su coincidencia con el ante proyecto de CAinfo y se comprometieron a trabajar internamente en sus bancadas con miras a habilitar el tratamiento parlamentario.

A su turno, las gremiales de medios del interior destacaron que son poco tenidos en cuenta a la hora de asignar publicidad oficial. Juan Brañas, representante de RAMI señaló que en 2012 los tres canales privados de televisión de Montevideo se llevaron más del 50% de la publicidad oficial.

Sobre el proyecto

El artículo 2 considera que la publicidad oficial es una herramienta de los organismos públicos para informar, comunicar y explicar a través de los medios de comunicación social respecto a los servicios que prestan y las políticas públicas que impulsan. La información que transmita la publicidad oficial debe ser veraz, objetiva, clara, transparente, necesaria, oportuna y relevante para la población.

El artículo 4 establece una serie de prohibiciones, como el uso de la publicidad oficial para presionar y castigar o premiar y privilegiar a comunicadores o medios; el uso para fines propagandísticos de los partidos políticos; o incluir la voz, imagen o cualquier otra referencia que individualice a funcionarios políticos que ocupen cargos electivos o de particular confianza en las piezas publicitarias de los organismos públicos.

También prohíbe realizar publicidad oficial durante las campañas electorales, salvo la información emitida por las autoridades electorales en relación a la organización de las elecciones, o en caso de emergencias.

El artículo 6 señala que los organismos públicos tendrán la obligación de publicar en forma completa, permanente y actualizada en su página web diferente tipo de información, como monto presupuestal total destinado a publicidad en todas sus formas, plan de inversión publicitaria aprobado por el organismo y monto de inversión ejecutada.

También se exige transparencia del mercado. Todos los medios de comunicación que reciben publicidad oficial deberán publicar información detallada que dé debida cuenta de los montos y características de la pauta publicitaria oficial recibida, establece el artículo 7. De la misma forma, las agencias de publicidad y centrales de medios deberán publicar información detallada del destino efectivo de los dineros asignados por los organismos públicos contratantes.

El proyecto incluye los criterios y procedimientos que deben adoptarse para la asignación de la publicidad. El principio general para la asignación de publicidad oficial será el procedimiento de licitación pública (artículo 8), mientras que el artículo 9 establece que los criterios para la selección de los medios para difundir a pauta serán, en primer lugar, la relación entre información o campaña y la población objetivo, luego los medios y programas de mayor audiencia, rating, tiraje y lectoría (atendiendo especialmente a los medios de exclusiva producción local) y, finalmente, el precio.

El artículo 10 establece que deberá destinarse al menos un 30% del monto total asignado de la publicidad oficial a medios de comunicación que estén radicados en localidades del interior cuando se trate de publicidad destinada al público general. En el artículo 11 se establece un fondo para la realización de encuestas y estudios tanto a nivel nacional como departamental, para contar con información suficiente y adecuada para una correcta asignación de la pauta oficial.

Vea el anteproyecto de ley completo elaborado por CAinfo.

CIDH advierte por situación dispar en la región de organismos encargados de controlar acceso a la información

CIDH advierte por situación dispar en la región de organismos encargados de controlar acceso a la información

Ya son más de 20 los países de la región que han aprobado leyes de acceso a la información pública. Sin embargo, no todas las instituciones encargadas de implementar y hacer cumplir estas leyes respetan los estándares interamericanos, advierte en su último informe la Relatoría para la Libertad Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En la última década 22 países del hemisferio han adoptado leyes para garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Para implementar y aplicar las leyes de acceso a la información de manera eficiente, idónea y adecuada, varios países de la región han creado mecanismos institucionales de supervisión.

La existencia de este tipo de mecanismos es clave tanto para hacer efectiva la implementación de las leyes de acceso a la información, asi como para satisfacer el derecho que tienen las personas de contar con un recurso de revisión sencillo, expedito y efectivo, ante la negativa a entregar información.

Las instituciones que se han creado en la región para garantizar la implementación y cumplimiento del derecho de acceso a la información tienen diseños institucionales y características poco uniformes y no todos cumplen con los estándares interamericanos en cuanto a su independencia, autonomía y poder para resolver controversias.

Una serie de países han creado organismos especializados en el cumplimiento del derecho a la información dotados de autonomía e independencia. En otros casos, se han nombrado comisionados o creado unidades especializadas en acceso a la información que fueron ubicados dentro de organismos ya existentes. Un tercer grupo de Estados ha optado por establecer autoridades o comisiones expertas en el derecho a la información, pero bajo la dependencia del Poder Ejecutivo o de alguna entidad controlada por éste.

Un asunto crítico en los diseños institucionales radica en las facultades atribuidas por ley a estos organismos para resolver controversias y si tienen el poder para ordenar a los sujetos obligados que liberen el acceso a informaciones que pretenden mantener en reserva.

Solo una minoría de los casos estudiados tienen el poder de emitir resoluciones vinculantes para las autoridades obligadas, como lo aconsejan los estándares internacionales.

En los casos de Canadá, Estados Unidos y Uruguay los órganos de supervisión del acceso a la información sólo pueden emitir recomendaciones destinadas a que los organismos públicos que se niegan a entregar información revisen sus decisiones. En estos casos, los solicitantes que quieran hacer cumplir su derecho a la información deberán acudir al Poder Judicial, con el costo transaccional que ello supone.

Los países de la región deben continuar avanzando en su obligación de implementar una cultura de la transparencia y garantizar el derecho de acceso a la información. Para ello es fundamental persistir en la construcción de entidades de supervisión robustas y con poder suficiente para darle vida y sentido a los mandatos de transparencia de las respectivas leyes de acceso a la información y adaptar la jurisprudencia internacional a las prácticas estatales.

Extracto del informe temático «El derecho al acceso a la información pública en las Américas: entidades especializadas para la supervisión y cumplimiento«).