Una resolución del  Juzgado Letrado de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo de 3er Turno  ordenó al Ministerio de Salud Pública informar por escrito a un ciudadano sobre la política de incorporación y adquisición de nuevos medicamentos antirretrovirales para el tratamiento del VIH.

Inicialmente los datos fueron solicitados  en vía administrativa por el peticionante  con el asesoramiento del Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo),  a través de un pedido de acceso a la información pública realizado en el marco de la ley 18.381 presentado a fines de diciembre de 2010.

Vencido el plazo legal para la entrega de la información (20 días hábiles) el Ministerio respondió en forma tardía e incompleta algunos puntos, mientras que en otros  negó el acceso a información indiscutiblemente pública.

La solicitud pretendió conocer la integración de la Comisión Asesora del Formulario Terapéutico Nacional de Medicamentos, es decir, quiénes cumplen la tarea de asesoramiento para que en definitiva se incluya o no un medicamento a la pauta que luego deben seguir las instituciones prestadoras de servicios de salud; cuáles son sus especialidades y competencias técnicas, cuál es el régimen de funcionamiento de dicha comisión; cuándo fue la última incorporación de medicamentos antirretrovirales y si el Ministerio de Salud Pública compra dos fármacos (TENOFOVIR Y ATAZANAVIR).

Ante esta situación,  CAinfo inició una acción judicial de acceso a la información pública tendiente a hacer efectivo el derecho a la información del solicitante.

En la audiencia de estilo celebrada éste lunes 21 de febrero, el ministerio aportó nueva información que había sido negada en principio y se mostró dispuesto a recabar la faltante, ante lo cual el titular de la sede, el Dr. Pablo Eguren, dispuso una prórroga de la audiencia hasta el próximo 1 de marzo y ordenó en su mérito al MSP  que “aclare en forma escrita lo peticionado por la parte actora con plazo de 48 horas”.